IV. Administración Local Caravaca de la Cruz 3941 Aprobación de la relación de puestos de trabajo: Subinspector. Por el presente, se expone al público la creación de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, aprobada por Acuerdo Plenario de fecha 31 de marzo de 2025, en relación al puesto de jefe negociado de contabilidad y jefe negociado caja y bancos: Único.- Aprobar la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, que se expone a continuación: Se propone la modificación del puesto de Subinspector con respecto a la adecuación de funciones y del nivel de complemento de destino: Modificar las funciones del puesto de trabajo y el nivel de destino para adaptarlo a los niveles del Grupo B establecidos en la disposición transitoria sexta del Real Decreto-ley 6/2023 de 18 de diciembre: DENOMINACIÓN DEL PUESTO COMPLEMENTO ESPECÍFICO COMPLEMENTO DESTINO FORMA DE PROVISIÓN FUNCIONES Subinspector de Policía Local Grupo B Correspondiente a Rango n.º 7 Complemento de peligrosidad Complemento de Turnicidad (M/T/N) Complemento de Festividad Complemento de Nocturnidad Correspondiente a nivel 24 Concurso Según Anexo I 2.- Ajustar el complemento específico a los Subinspectores que se integren en el Grupo B, deduciendo de dicho complemento salarial la diferencia resultante entre el salario base que venían percibiendo del Grupo C1 y el salario base que percibirán del Grupo B, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición transitoria quinta de la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Anexo I 1.- Puesto: Subinspector: Puesto singularizado: Subinspector. Denominación del Puesto: Subinspector Naturaleza: Funcionarial Grupo: B. Nivel: 24. C. Específico: correspondiente al Rango n.º 7. Titulación académica requerida: Título de Técnico Superior Escala. Administración Especial Subescala: Servicios Especiales MISIÓN: Coordinación, programación y supervisión del trabajo del personal a su cargo, con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de los servicios encomendados, su calidad, eficacia y seguridad. FUNCIONES: Sin que la siguiente relación signifique una enumeración exhaustiva, y condicionado por las modificaciones que puedan establecerse en virtud de las atribuciones que en materia de organización y distribución del trabajo tienen atribuidos los órganos competentes del Ayuntamiento, a continuación se especifican las principales funciones inherentes al puesto: 1. Ordenación, distribución, impartición y comunicación de las tareas e instrucciones y comunicaciones del servicio diario al personal a su cargo, así como control o supervisión del libro registro de servicios. 2. Adopción de decisiones en relación con las incidencias y novedades que surjan durante la prestación del servicio, consultando o dando cuenta, en su caso a su superior. 3. Planificación y programación de la realización de los servicios de conformidad con sus mandos, teniendo en cuenta los medios disponibles, incidencias posibles y restricciones horarias. 4. Planificación u organización de la jornada de trabajo del personal a su cargo, descansos, turnos, etc.; así como de las modificaciones que se requieran por necesidades del servicio. 5. Realización de los servicios especiales que le encomienden sus superiores, personándose y dirigiendo las actuaciones en caso de conflicto, e informar a los mismos del resultado de su actuación. 6. Supervisión de las actuaciones del personal a su cargo, actuando directamente en caso de incidencias, y toma de las decisiones pertinentes en caso de ausencia de su superior. 7. Inspección diaria del personal a sus órdenes, tanto en cuanto a la realización de las funciones que le son propias, como en cuanto al material asignado en orden a la debida presentación, mantenimiento y conservación. Corrección de las deficiencias que observe. 8. Información a sus superiores de las actuaciones meritorias y destacadas del personal a sus órdenes, así como de las posibles infracciones que pudieran cometer. 9. Resolución de los problemas operativos y contingencias del personal a su cargo, responsabilizándose de su productividad y eficacia. 10. Planificación de dispositivos de riesgo previsible con ocasión de eventos que se tienen que plasmar en órdenes de servicio operativas basadas en el análisis previo de debilidades, amenazas, fortalezas y oportunidades, su posterior implementación con los recursos materiales y humanos necesarios, previa comunicación y autorización del superior jerárquico, finalizando una vez desarrollado con un análisis de resultados y propuestas de mejora. 11. Las funciones establecidas en la Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. 12. Sustitución accidental de su superior jerárquico por periodos de corta duración, permisos reglamentarios y vacaciones. 13. Realización además de todas aquellas tareas análogas y complementarias que le sean asignadas por su superior, relacionadas con la misión del puesto. Condiciones laborales del puesto: Exclusividad: No Disponibilidad I: No Disponibilidad II: No Turnicidad M/T/N: Sí Turnicidad M/T: No Peligrosidad: SÍ Festividad: Sí Nocturnidad: SÍ Jornada partida: No Flexibilidad: No Mayor dedicación I: No Mayor dedicación II: No Servicio de especial dedicación: Sí Puesto del que depende jerárquicamente: Escala superior o Jefe de la Policía Puestos directamente subordinados: Agente. Contra el acuerdo de modificación puntual de la relación de puestos de trabajo podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento Pleno, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación del Acuerdo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También podrán interponer alternativamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Murcia, en el plazo de dos meses. En Caravaca de la Cruz, a fecha de firma electrónica, el Sr. Alcalde Presidente, José Francisco García Fernández. En Caravaca de la Cruz, a 17 de julio de 2025.—El Alcalde, José Francisco García Fernández. A-080825-3941