IV. Administración Local Cehegín 3046 Edicto publicación resoluciones de Alcaldía de delegación de competencias en Concejales 2025. Mediante Resoluciones de Alcaldía que se relacionan a continuación, se han adoptado los siguientes acuerdos en materia de organización municipal: “Por Resolución de Alcaldía número 2025-263 de fecha 06-02-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Delegar las competencias de “Energías Renovables y Eficiencia Energética, urbanismo, Nuevas Tecnologías y Agricultura” en don Pedro Lorencio Pérez. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por el Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia Energías Renovables y Eficiencia Energética, Urbanismo, Nuevas Tecnologías y Agricultura don Pedro Lorencio Pérez. Delegar en el Concejal de Energías Renovables y Eficiencia Energética, Urbanismo, Nuevas Tecnologías y Agricultura don Pedro Lorencio Pérez, las siguientes facultades, con capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros: - Resolver en materia de concesión de Licencias de Obras Menores, comunicaciones previas y declaraciones responsables, en esta materia. - Resolver en materia de concesión de Licencias de Obras Mayores, así como la liquidación de los tributos que se apliquen a los proyectos de éstas. Segundo: Permanezcan inalteradas las Resoluciones 1770/2024 y 1774/2024 en lo no afectado por la presente. Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Se notificará a los interesados y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad, desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-1784 de fecha 16-07-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Visto que si bien por las Resoluciones de la Alcaldía número 2023-1896, de 18-10-2023 y número 2024-1761 de 31 de julio de 2024, se consideraban miembros de la Junta de Gobierno Local, los Concejales que en ellas aparecen, se considera necesario a partir de ahora proceder a modificar tal composición de la Junta de Gobierno Local tras la renuncia de un concejal y la toma posesión de otro. Segundo: Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales y que la compondrán, junto con esta Presidencia: D. José Antonio Zafra Corbalán D.ª María José Sáez García D. Bartolomé Alejandro García Collado D.ª Ana Plasencia Caballero D. Rosendo Ciudad de Maya Se deja sin efecto cualquier Resolución de la Alcaldía que contradiga el contenido de la presente. Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Cuarto: La presente Resolución se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-1787 de fecha 16-07-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Dejar sin efecto desde el día de la firma de la presente los nombramientos realizados por la Resolución número 2024-1761, de 31 de julio de 2024. Segundo: Nombrar Tenientes de Alcalde de este Ayuntamiento, con el contenido y alcance que determinan los artículos 47 y 48 del ROF a los siguientes concejales, miembros de la Junta de Gobierno Local: Primer Teniente de Alcalde: D. José Antonio Zafra Corbalán Segundo Teniente de Alcalde: D.ª María José Sáez García Tercer Teniente de Alcalde: D. Bartolomé Alejandro García Collado Cuarto Teniente de Alcalde: D.ª Ana Plasencia Caballero Quinto Teniente de Alcalde: D. Rosendo Ciudad de Maya Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Cuarto: La presente Resolución se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-1789 de fecha 17-07-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Modificar la delegación de competencias en concejales según las Resoluciones de la Alcaldía números 1770-2024 de fecha 31 de julio de 2024, y 1774-2024 de fecha 31 de julio de 2024, quedando las delegaciones de competencias en concejales tras esta modificación y después de las sucesivas modificaciones que ha habido en las mismas, de la siguiente forma: “Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán. Incluyendo la delegación al Concejal de Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán la facultad específica de resolver frente a terceros respecto de la tramitación de expedientes sancionadores en materia de tráfico y concesión de vados permanentes. Incluyendo la delegación al Concejal de Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán, la terminación de expedientes de devolución de ingresos indebidos, como consecuencia de actuación de la grúa municipal. Así como de autorizaciones sobre utilización y uso de la vía pública con publicidad y venta menor. Igualmente, se incluye la facultad de dictar actos que afecten a terceros en la materia específica de autorización de uso de la Casa de Europa, sin perjuicio de las facultades no delegables de la Alcaldía en esta materia. Delegar en el Concejal de Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán, las siguientes facultades, con capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros: - Resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, los expedientes de ruina que se tramiten. - Resolver en materia de concesión de Bajas, Altas y Modificaciones en la utilización de los distintos servicios municipales, que su concejalía tiene delegados genéricamente. - Resolver en materia de devoluciones de fianzas depositadas por particulares para la realización de obras. Promoción Económica, Empleo e Industria, Mujer y Asociacionismo, Igualdad y Personas Mayores, doña María José Sáez García. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor de la Concejal-Delegada de la Alcaldía en materia de Promoción Económica, Empleo e Industria, Mujer y Asociacionismo, Igualdad y Personas Mayores doña María José Sáez García. Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collado. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia de Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collado. Incluyendo la delegación a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia de Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collado. Incluyendo la delegación a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia de Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collados de la representación del Ayuntamiento, a efectos de suscripción de contratos y/o convenios, en materia de festejos, sin perjuicio esto de las facultades no delegables de la Alcaldía respecto a la tramitación y firma de los mismos que ser reserva la misma. Política Social y Familia, Educación, Sanidad y Casco Antiguo y Patrimonio, doña Ana Plasencia Caballero. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor de la Concejal-Delegada de la Alcaldía en materia de Política Social y Familia, Educación, Sanidad y Casco Antiguo y Patrimonio, doña Ana Plasencia Caballero. Incluyendo la delegación a favor de la Concejal-Delegada de la Alcaldía en materia de Política Social y Familia, Educación, Sanidad y Casco Antiguo y Patrimonio, doña Ana Plasencia Caballero, el impulso del servicio de patrimonio, incluyendo la tramitación de los procedimientos reglamentariamente previstos para la gestión del mismo y el Inventario Municipal de Bienes, así como la defensa, rehabilitación y conservación del patrimonio histórico, artístico y cultural, mueble e inmueble de propiedad municipal, en los niveles de actuación previstos por la normativa aplicable, con atención a nuestro casco histórico, sin perjuicio de su coordinación con las concejalías competentes en materia de cultura y urbanismo. Se exceptúan de esta delegación la autorización de uso de dominio público o uso público, que correspondan a esta Alcaldía legalmente. Contratación, Urbanismo, Energías Renovables y Eficiencia Energética, Turismo, Pedanías y Agricultura don Rosendo Ciudad de Maya. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por el Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia Contratación, Urbanismo, Energías Renovables y Eficiencia Energética, Turismo, Pedanías y Agricultura don Rosendo Ciudad de Maya. Se exceptúa de la delegación de la competencia de contratación, las atribuciones o competencias que corresponden a la Alcaldía como Órgano de Contratación que ostentará la Alcaldesa, y se exceptúa también las que se hayan delegado en materia de contratación o como Órgano de Contratación en Junta de Gobierno Local, y permanezcan vigentes.” Delegar en el Concejal de Contratación, Urbanismo, Energías Renovables y Eficiencia Energética, Turismo, Pedanías y Agricultura don Rosendo Ciudad de Maya, las siguientes facultades, con capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros: - Resolver en materia de concesión de Licencias de Obras Menores, comunicaciones previas y declaraciones responsables, en esta materia. - Resolver en materia de concesión de Licencias de Obras Mayores, así como la liquidación de los tributos que se apliquen a los proyectos de éstas.” No se delegan por ser indelegables las competencias ex artículo 21.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, y ex artículo 43.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Segundo: Quedando las competencias en materia de “Comunicación” y “Nuevas Tecnologías” en la ALCALDÍA-PRESIDENCIA. Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Se notificará a los interesados y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad, desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-2635 de fecha 12-11-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Visto que si bien por las Resoluciones de la Alcaldía número 2023-1896, de 18-10-2023 y número 2024-1761 de 31 de julio de 2024, número 2025-1784 de 16 de julio de 2025, se consideraban miembros de la Junta de Gobierno Local, los Concejales que en ellas aparecen, se considera necesario a partir de ahora proceder a modificar tal composición de la Junta de Gobierno Local tras la renuncia de un concejal y la toma posesión de otro. Segundo: Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales y que la compondrán, junto con esta Presidencia: D. José Antonio Zafra Corbalán D. Bartolomé Alejandro García Collado Dª Ana Plasencia Caballero D. Rosendo Ciudad de Maya D.ª Juana Valero de Maya Se deja sin efecto cualquier Resolución de la Alcaldía que contradiga el contenido de la presente. Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Cuarto: La presente Resolución se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-2636 de fecha 13-11-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Dejar sin efecto desde el día de la firma de la presente los nombramientos realizados por la Resolución número 2025-1787, de 16 de julio de 2025. Segundo: Nombrar Tenientes de Alcalde de este Ayuntamiento, con el contenido y alcance que determinan los artículos 47 y 48 del ROF a los siguientes concejales, miembros de la Junta de Gobierno Local: Primer Teniente de Alcalde: D. José Antonio Zafra Corbalán Segundo Teniente de Alcalde: D. Bartolomé Alejandro García Collado Tercer Teniente de Alcalde: D.ª Ana Plasencia Caballero Cuarto Teniente de Alcalde: D. Rosendo Ciudad de Maya Quinto Teniente de Alcalde: D.ª Juana Valero de Maya Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Cuarto: La presente Resolución se notificará a los interesados a los efectos de su aplicación y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-2638 de fecha 13-11-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: Modificar la delegación de competencias en concejales según las Resoluciones de la Alcaldía números 1770-2024 de fecha 31 de julio de 2024, 1774-2024 de fecha 31 de julio de 2024, y 2025-1789 de 17 de julio de 2025, quedando las delegaciones de competencias en concejales tras esta modificación y después de las sucesivas modificaciones que ha habido en las mismas, de la siguiente forma: “Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán. Incluyendo la delegación al Concejal de Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán la facultad específica de resolver frente a terceros respecto de la tramitación de expedientes sancionadores en materia de tráfico y concesión de vados permanentes. Incluyendo la delegación al Concejal de Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán, la terminación de expedientes de devolución de ingresos indebidos, como consecuencia de actuación de la grúa municipal. Así como de autorizaciones sobre utilización y uso de la vía pública con publicidad y venta menor. Igualmente, se incluye la facultad de dictar actos que afecten a terceros en la materia específica de autorización de uso de la Casa de Europa, sin perjuicio de las facultades no delegables de la Alcaldía en esta materia. Delegar en el Concejal de Obras y Servicios, Parques y Jardines, Comercio, Hostelería y Consumo, Medio Ambiente y Montes, Protección Animal, Deportes y Seguridad Ciudadana, don José Antonio Zafra Corbalán, las siguientes facultades, con capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros: --Resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, los expedientes de ruina que se tramiten. --Resolver en materia de concesión de Bajas, Altas y Modificaciones en la utilización de los distintos servicios municipales, que su concejalía tiene delegados genéricamente. --Resolver en materia de devoluciones de fianzas depositadas por particulares para la realización de obras. Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collado. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia de Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collado. Incluyendo la delegación a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia de Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collado. Incluyendo la delegación a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia de Economía y Hacienda, Personal y Formación, Cultura, Juventud, Festejos y Transparencia, don Bartolomé Alejandro García Collados de la representación del Ayuntamiento, a efectos de suscripción de contratos y/o convenios, en materia de festejos, sin perjuicio esto de las facultades no delegables de la Alcaldía respecto a la tramitación y firma de los mismos que ser reserva la misma. Política Social y Familia, Educación, Sanidad y Casco Antiguo y Patrimonio, doña Ana Plasencia Caballero. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor de la Concejal-Delegada de la Alcaldía en materia de Política Social y Familia, Educación, Sanidad y Casco Antiguo y Patrimonio, doña Ana Plasencia Caballero. Incluyendo la delegación a favor de la Concejal-Delegada de la Alcaldía en materia de Política Social y Familia, Educación, Sanidad y Casco Antiguo y Patrimonio, doña Ana Plasencia Caballero, el impulso del servicio de patrimonio, incluyendo la tramitación de los procedimientos reglamentariamente previstos para la gestión del mismo y el Inventario Municipal de Bienes, así como la defensa, rehabilitación y conservación del patrimonio histórico, artístico y cultural, mueble e inmueble de propiedad municipal, en los niveles de actuación previstos por la normativa aplicable, con atención a nuestro casco histórico, sin perjuicio de su coordinación con las concejalías competentes en materia de cultura y urbanismo. Se exceptúan de esta delegación la autorización de uso de dominio público o uso público, que correspondan a esta Alcaldía legalmente. Contratación, Urbanismo, Energías Renovables y Eficiencia Energética, Turismo, Pedanías y Agricultura don Rosendo Ciudad de Maya. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por el Teniente de Alcalde correspondiente, a favor del Concejal-Delegado de la Alcaldía en materia Contratación, Urbanismo, Energías Renovables y Eficiencia Energética, Turismo, Pedanías y Agricultura don Rosendo Ciudad de Maya. Se exceptúa de la delegación de la competencia de contratación, las atribuciones o competencias que corresponden a la Alcaldía como Órgano de Contratación que ostentará la Alcaldesa, y se exceptúa también las que se hayan delegado en materia de contratación o como Órgano de Contratación en Junta de Gobierno Local, y permanezcan vigentes. Delegar en el Concejal de Contratación, Urbanismo, Energías Renovables y Eficiencia Energética, Turismo, Pedanías y Agricultura don Rosendo Ciudad de Maya, las siguientes facultades, con capacidad de dictar actos administrativos que afecten a terceros: --Resolver en materia de concesión de Licencias de Obras Menores, comunicaciones previas y declaraciones responsables, en esta materia. --Resolver en materia de concesión de Licencias de Obras Mayores, así como la liquidación de los tributos que se apliquen a los proyectos de éstas. Promoción Económica, Empleo e Industria, Mujer y Asociacionismo, Igualdad y Personas Mayores, doña Juana Valero de Maya. Incluyéndose la delegación de la firma de actos de trámite de competencia de esta Alcaldía, que no determinen la imposibilidad de continuar los respectivos procedimientos ni puedan crear indefensión a los interesados, para los casos de ausencia de la misma, sin que se haya producido delegación o asunción de sus funciones por la Teniente de Alcalde correspondiente, a favor de la Concejal-Delegada de la Alcaldía en materia de Promoción Económica, Empleo e Industria, Mujer y Asociacionismo, Igualdad y Personas Mayores doña Juana Valero de Maya. No se delegan por ser indelegables las competencias ex artículo 21.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, y ex artículo 43.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.” Segundo: Quedando las competencias en materia de “Comunicación” y “Nuevas Tecnologías” en la ALCALDÍA-PRESIDENCIA. Tercero: De la presente Resolución se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre, para su conocimiento y efectos oportunos. Se notificará a los interesados y se publicará en el BORM, sin perjuicio de su efectividad, desde el día siguiente a la fecha de la presente.” “Por Resolución de Alcaldía número 2025-105 de fecha 16-01-2025, se han adoptado los siguientes acuerdos en relación a las delegaciones de competencias: Primero: AVOCAR, las competencias para resolver, delegadas en el concejal de energías renovables y eficiencia energética, urbanismo, nuevas tecnologías y agricultura D. Pedro Lorencio Pérez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 40/2015 régimen jurídico del sector público. En relación a la concesión de la licencia urbanística con número LU-19/2024.” Lo que se hace público a los efectos oportunos efectos de general conocimiento, en virtud de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y el Real Decreto 2568/1986, de Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Cehegín, 23 de febrero de 2026.—La Alcaldesa-Presidenta, Maravillas Alicia del Amor Galo. A-250626-3046