¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 6802 ORDEN de 6 de junio de 2000, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ La Ley 3/1986, de 19 de marzo, de la Función Pública de la Región de Murcia, así como la normativa reglamentaria que desarrolla, en especial el Decreto 46/90, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. Estableciendo, asimismo, el carácter público y precisando el contenido necesario de las mismas. Por Orden de 30 de mayo de 1997, de la Consejería de Presidencia, se aprobó la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (suplemento n.º 4 del B.O.R.M. n.º 131, de 10 de junio). Por Orden de 22 de enero de 1999, de la Consejería de Presidencia, por la que se modifica la Relación de puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (B.O.R.M. n.º 36, de 13 de febrero), se hizo pública la misma adaptada al modelo establecido por el Decreto 32/1998, de 4 de junio. El Decreto 30/2000, de 5 de mayo (B.O.R.M. n.º 104, de 6 de mayo), procede a reorganizar la Administración Regional, diseñando un nuevo modelo que permita la mejor gestión de las competencias atribuidas a la misma con una mayor coordinación, eficacia y economía. Por lo anteriormente expuesto, vistos los Decretos Regionales por los que se establecen los órganos directivos de las Consejerías afectadas por la reorganización administrativa citada, así como el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de mayo de 2000, por el que se crea la Sección Presupuestaria 19, los Servicios 01, 02, 03, 04, 05 y el Programa de Gasto 751B y se adscribe a los programas presupuestarios la estructura orgánica correspondiente. En virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 19.5 de la Ley 3/1986, de 19 de marzo, de la Función Pública de la Región de Murcia, DISPONGO: Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia, adscribiendo los puestos de trabajo de los centros directivos que se relacionan en el Anexo de esta Orden, a los centros que asimismo se especifican. El personal que figure adscrito a los puestos de trabajo de dichos centros directivos, continuará en su desempeño con el mismo carácter con que lo tuviese atribuido. El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán. ANEXO MODIFICACIONES Consejería de Educación y Universidades. Los puestos de trabajo adscritos a la extinta Consejería de Educación y Cultura, deben entenderse adscritos a la Consejería de Educación y Universidades, excepto los puestos adscritos a la Dirección General de Cultura, que se adscriben a la Consejería de Turismo y Cultura. Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio. Los puestos de trabajo adscritos a la extinta Consejería de Industria, Comercio, Turismo y Nuevas Tecnologías, deben entenderse adscritos a la Consejería de Tecnologías, Industria y Comercio, excepto los puestos adscritos a la Dirección General de Turismo que se adscriben a la Dirección General de Promoción Turística, dependiente de la Consejería de Turismo y Cultura. Los puestos de trabajo dependientes de la Dirección General de Nuevas Tecnologías y Telecomunicaciones, se adscriben a la Dirección General de Tecnologías y Telecomunicaciones, asignándole la misma denominación del centro de destino 30560. Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente. Los puestos de trabajo dependientes de la Dirección General de Medio Ambiente, se adscriben a la Dirección General del Medio Natural, asignándosele la misma denominación al centro de destino 30850.