<AnuncioDTO><id>845042</id><sumario>Anuncio de aprobación de padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, y tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos segundo semestre, correspondiente al ejercicio 2026 y apertura de su cobro en voluntaria.</sumario><historico>false</historico><fechaPublicacion>1789077600000</fechaPublicacion><fechaPublicacionLarga>viernes 11 de septiembre de 2026</fechaPublicacionLarga><apartado>Administración Local</apartado><subApartado/><textoEmisor>Ricote</textoEmisor><categoriaCompleta/><numero>4360</numero><ano>2026</ano><numeroBoletin>210</numeroBoletin><html>&lt;p class="seccion">&lt;strong>IV. Administración Local&lt;/strong> &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="anunciante">Ricote &lt;/p>&#xd;
&lt;table class="tablaSumario">&#xd;
&lt;tr>&lt;td valign="top" width="8%">4360&lt;/td>&#xd;
&lt;td valign="top" width="92%"> Anuncio de aprobación de padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, y tasa por el servicio de recogida de residuos sólidos segundo semestre, correspondiente al ejercicio 2026 y apertura de su cobro en voluntaria.&lt;/td>&#xd;
&lt;/tr>&#xd;
&lt;/table>&#xd;
&lt;p class="normal">Habiéndose aprobado por resolución de la Alcaldía n.º 301 de fecha 1 de septiembre de 2026, los padrones fiscales que se detallan: &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">*Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, ejercicio 2026. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">*Impuesto sobre Bienes Inmueble de Naturaleza Rústica, ejercicio 2026. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">*Tasa por el Servicio de Recogida de Residuos Sólidos segundo semestre, ejercicio 2026. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Dichos padrones quedan expuestos al público durante el plazo de treinta días hábiles, contado a partir del siguiente a aquel en el que se publique el presente edicto en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, a fin de que los interesados puedan examinarlo durante el mencionado plazo. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Contra la inclusión o exclusión en dicho listado cobratorio o contra las cuotas que en él se indican puede interponerse, ante el mismo órgano que lo ha dictado, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón, de conformidad con lo regulado en el art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Los contribuyentes afectados pueden realizar el ingreso de sus cuotas con los impresos remitidos (carta de pago) en las oficinas de las Entidades colaboradoras, Caixabank, Banco Sabadell y Banco Santander, así como en la Recaudación Municipal sita en este Ayuntamiento. Del mismo modo se comunica que, en caso de no recibir el impreso para efectuar el ingreso, y puesto que no es obligatorio remitirlo a los domicilios, se podrá solicitar un duplicado en la Recaudación Municipal, antes de finalizar el período de cobro en voluntaria, que queda fijado desde el 2 de octubre al 2 de diciembre de este mismo año. Transcurrido dicho plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio, incurriendo las deudas no satisfechas en el recargo establecido en el art. 127 de la Ley General Tributaria, con la advertencia de que devengarán intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Del mismo modo se hace saber a los contribuyentes que podrán hacer uso de la domiciliación de pagos a través de Entidades de Depósito sitas en la localidad conforme preceptúa el art. 90 del Reglamento General de Recaudación. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">A los contribuyentes que tengan domiciliado el pago de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tanto de naturaleza rústica como urbana, dependiendo de las cuantías de dichos recibos, se les aplicarán los siguientes fraccionamientos que será puestos al cobro en las fechas que se indican: &lt;/p>&#xd;
&lt;div align="center">&#xd;
&lt;table class="table table-bordered">&#xd;
&lt;tr valign="top" class="tablaAnuncio">&#xd;
&lt;td >&lt;strong>Recibos de IBI, importe&lt;/strong>&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >&lt;strong>Número de fraccionamiento&lt;/strong>&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >&lt;strong>Fecha cobro de la domiciliación&lt;/strong>&lt;/td>&#xd;
&lt;/tr>&#xd;
&lt;tr valign="top">&#xd;
&lt;td >Inferiores a 100 euros (1 plazo)&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >--&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >15.10.26&lt;/td>&#xd;
&lt;/tr>&#xd;
&lt;tr valign="top">&#xd;
&lt;td >Superiores a 100 euros (2 plazos)&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >1.º Plazo (1/2)&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >15.10.26&lt;/td>&#xd;
&lt;/tr>&#xd;
&lt;tr valign="top">&#xd;
&lt;td >&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >2.º Plazo (1/2)&lt;/td>&#xd;
&lt;td align="center" >15.11.26&lt;/td>&#xd;
&lt;/tr>&#xd;
&lt;/table>&#xd;
&lt;/div>&#xd;
&lt;br>&#xd;
&lt;br>&#xd;
&lt;p class="normal">La publicación del presente edicto surte los efectos de notificación al contribuyente de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 24 del R.G.R., en Ricote, a 2 de septiembre de 2026. El Alcalde-Presidente, Rafael Guillamón Moreno. &lt;/p>&#xd;
&lt;div align="left">&#xd;
&lt;p class="npe"> NPE: A-110926-4360 &lt;/p>&#xd;
&lt;/div>&lt;br>&#xd;
</html><suplemento>false</suplemento><bloqueoDatos>false</bloqueoDatos><npe>A-110926-4360</npe></AnuncioDTO>