<AnuncioDTO><id>845838</id><sumario>Aprobación del padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2026 y apertura del periodo de su cobro en voluntaria.</sumario><historico>false</historico><fechaPublicacion>1792620000000</fechaPublicacion><fechaPublicacionLarga>jueves 22 de octubre de 2026</fechaPublicacionLarga><apartado>Administración Local</apartado><subApartado/><textoEmisor>Ricote</textoEmisor><categoriaCompleta/><numero>5156</numero><ano>2026</ano><numeroBoletin>244</numeroBoletin><html>&lt;p class="seccion">&lt;strong>IV. Administración Local&lt;/strong> &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="anunciante">Ricote &lt;/p>&#xd;
&lt;table class="tablaSumario">&#xd;
&lt;tr>&lt;td valign="top" width="8%">5156&lt;/td>&#xd;
&lt;td valign="top" width="92%"> Aprobación del padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas correspondiente al ejercicio 2026 y apertura del periodo de su cobro en voluntaria.&lt;/td>&#xd;
&lt;/tr>&#xd;
&lt;/table>&#xd;
&lt;p class="normal">Habiéndose aprobado por resolución de la Alcaldía n.º 328 de fecha 13 de octubre de 2026, el padrón del Impuesto de Actividades Económicas de este municipio correspondiente al ejercicio 2026, queda expuesto al público durante el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, a fin de que los interesados puedan examinarlo durante el mencionado plazo. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Contra la inclusión o exclusión en dicho listado cobratorio o contra las cuotas que en él se indican puede interponerse, ante el mismo órgano que lo ha dictado, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón, de conformidad con lo regulado en el art. 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de las Haciendas Locales. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Los contribuyentes afectados pueden realizar el ingreso de sus cuotas con los impresos remitidos (carta de pago) en las oficinas de las Entidades colaboradoras, Caixabank, Banco Sabadell y Banco Santander, así como en la Recaudación Municipal sita en este Ayuntamiento. Del mismo modo se comunica que, en caso de no recibir el impreso para efectuar el ingreso, y puesto que no es obligatorio remitirlo a los domicilios, se podrá solicitar un duplicado en la Recaudación Municipal, antes de finalizar el período de cobro en voluntaria, que queda fijado desde el 29 de octubre hasta el 29 de diciembre de este mismo año. Transcurrido dicho plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio, incurriendo las deudas no satisfechas en el recargo establecido en el Art. 127 de la Ley General Tributaria, con la advertencia de que devengarán intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Del mismo modo se hace saber a los contribuyentes que podrán hacer uso de la domiciliación de pagos a través de Entidades de Depósito sitas en la localidad conforme preceptúa el Art. 90 del Reglamento General de Recaudación. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">La publicación del presente anuncio surte los efectos de notificación al contribuyente de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria. &lt;/p>&#xd;
&lt;p class="normal">Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 24 del R.G.R., en Ricote, a 13 de octubre de 2026. El Alcalde-Presidente, Rafael Guillamón Moreno. &lt;/p>&#xd;
&lt;div align="left">&#xd;
&lt;p class="npe"> NPE: A-221026-5156 &lt;/p>&#xd;
&lt;/div>&lt;br>&#xd;
</html><suplemento>false</suplemento><bloqueoDatos>false</bloqueoDatos><npe>A-221026-5156</npe></AnuncioDTO>