¿ O C ¿ De lo Social número Uno de Murcia ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 4808 Autos demanda 757/1999. Ejecución número 1/2000. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ Doña María Ángeles Arteaga García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia. Hago saber: Que en proceso seguido ante este Juzgado de lo Social número Uno, registrado con número 757/99, ejecución número 1/2000, a instancia de Rafael Bedmar Giménez, contra Claudio J. y Barranda, S.L., Maderas Alcantarilla, S.L., en reclamación sobre ordinario, en providencia de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, por término de veinte días, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada cuya relación y tasación es la siguiente: Bienes que se subastan y valoración Lote único: - 1 báscula de 1.500 Kg. - 2 moldes de montar palets. - 3 recortadoras de tacos. - 1 bocilladora. - 1 afiladora marca Winter CNNS - 1 afiladora marca Vollmer CNH 1996. - 1 triscadora marca Jouse Tribo (3670724) NR. - 1 máquina de soldar por alambre. - 1 máquina de afilar discos. - 1 didrado de sierra Mariano Boo. - 1 didrato de sierra Armentia y Corres. - 1 didrato de sierra Barton (108930) NR MOD. SDD 1100. - 1 retestadora Barton (1289) NR MOD. AR2 1800. - 2 transportadoras de cadena de 5 mts. - 1 aparato de sierra Mena Claramunt. - 1 aparato de sierra Bort. - 1 retestadora. - 1 preparadora de madera Bonany, mod. B12/BM NR (05/ 4450/509). - 1 tonzeadora. - 1 peladora Talleres Bar-Gar, S.L. - 1 báscula. - 1 carretilla elevadora Tecnocar, mod. FD25 R1786, de 2.500 Kg., y 3,30 m. de elevación (20222668). Valor efectos subasta: Seis millones setecientas veinte mil pesetas. ¿CPI¿¿PC¿ Página 5560 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 5 de mayo de 2000 ¿ F F ¿ ¿ N C ¿ Número 103 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿ N I F ¿ Condiciones de la subasta: Tendrá lugar en la Sala de Audiencia de este Juzgado sito en Murcia en primera subasta el día 7-6-2000. Caso de no haber licitadores o siendo inadmisibles sus posturas, se celebrará segunda subasta el día 7-7-2000. Si en ésta volvieran a darse esas circunstancias se celebrará la tercera subasta el día 7-9- 2000. Todas ellas se celebrarán a las once treinta horas de la mañana. Si por causa de fuerza mayor se suspendiese cualquiera de ellas, se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar, y en días sucesivos, si se repitiera o subsistiese dicho impedimento. Las subastas se celebrarán bajo las condiciones siguientes: Primera.- Antes de verificarse el remate podrá el deudor liberar sus bienes, pagando principal y costas. Segunda.- Los licitadores deberán depositar previamente en el establecimiento bancario B.B.V., número de cuenta 3092.0000.64.0757/99, el 20% del valor del lote por el que vayan a pujar en primera subasta, y el 15% (20% del tipo de la segunda subasta) de su valor en las otras dos, lo que acreditarán en el momento de la subasta (artículo 1.500.1.º LEC). Tercera.- En todas las subastas, desde el presente anuncio hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, que se presentarán en la Secretaría del Juzgado, depositando en la citada entidad bancaria y número de cuenta antes citados el 20% (primera subasta) o el 15% (segunda y tercera subasta) del valor del lote (20% del tipo de la segunda subasta) por el que vayan a pujar, acompañando resguardo de haberlo efectuado. Dicho pliego cerrado se conservará cerrado por el Secretario Judicial y serán abiertos en el acto del remate al publicarse las posturas. Cuarta.- El ejecutante podrá tomar parte en las subastas y mejorar las posturas que se hicieran sin necesidad de consignar depósito (artículo 1.501 LEC). Quinta.- Las subastas se celebrarán por el sistema de pujas a la llana y en la primera no se admitirán posturas que no cubran las 2/3 partes de la valoración. Sexta.- En segunda subasta, en su caso, los bienes saldrán con rebaja del 25% del tipo de tasación y por tanto no se admitirán posturas que no cubran el 50% de la valoración (artículo 1.504 LEC). Séptima.- En la tercera subasta, si fuera necesario celebrarla, no se admitirán posturas que no excedan del 25% de la valoración del lote (artículo 261 a LPL). Si hubiera postor que ofrezca suma superior se aprobará el remate. De resultar desierta esta última tendrán los ejecutantes o en su defecto los responsables legales solidarios o subsidiarios el derecho de adjudicarse los bienes por el 25% del avalúo, dándoseles a tal fin el plazo común de 10 días. De no hacerse uso de este derecho se alzará el embargo. Octava.- En todo caso queda a salvo el derecho de la parte ejecutante de pedir la adjudicación o administración de los bienes subastados en la forma y con las condiciones establecidas en la vigente legislación procesal. Novena.- Los remates podrán ser a calidad de ceder a terceros, si la adquisición ha sido practicada en favor de los ejecutantes o de los responsables legales solidarios o subsidiarios (artículo 263 LPL). Décima.- Si la adquisición en subasta o adjudicación del bien se realiza en favor de parte de los ejecutantes (si hubiere varios) y el precio de la adjudicación es suficiente para cubrir todos los créditos de los restantes acreedores, los créditos de los adjudicatarios sólo se extinguirán hasta la concurrencia de la suma que sobre el precio de adjudicación debería serles atribuida en el reparto proporcional. De no ser inferior al precio deberán los acreedores adjudicatarios abonar el exceso en metálico (artículo 262 de la L.P.L.). Decimoprimera.- El precio del remate deberá consignarse en el plazo de 3/8 días (según se trate de subasta de bienes muebles o inmuelbes) siguientes a la aprobación del mismo. Decimosegunda.- Los bienes embargados están depositados en Camino de los Abelchites, s/n, de Las Torres de Cotillas (Murcia), domicilio de «Maderas Alcantarilla, S.L.» a cargo de José Gomariz Freixinos y Juan Jesús Jiménez Aroca. Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular, una vez haya sido publicado en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en cumplimiento de lo establecido en las leyes procesales, expido la presente en Murcia a siete de abril de dos mil.¿El Secretario Judicial.