¿OC¿ Murcia ¿OF¿¿SUC¿ 6018 Convocatoria de Oposición para proveer una plaza de Operador de Sala de Control del S.E.I.S. ¿SUF¿¿TXC¿ La Comisión de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión de 23 de mayo de 2001, acordó convocar Oposición libre para proveer en propiedad una plaza vacante de Operador de Sala de Control del S.E.I.S., incluida en la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2000, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento. La convocatoria se regirá por las siguientes B A S E S PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA Es objeto de esta convocatoria la provisión en propiedad, mediante Oposición libre, de una plaza de Operador de Sala de Control del S.E.I.S., vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, dotada con los emolumentos correspondientes al Grupo D, código 515 del Catálogo de Puestos, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente a 2000, con la clasificación y denominación siguiente: Grupo: D (según art.º 25 de la Ley 30/84) Escala: Administración Especial Subescala: Servicios Especiales Clase. Cometidos Especiales Denominación: Operador de Sala de Control del S.E.I.S. A los titulares de la misma incumbirá el desempeño de las siguientes funciones: - Realizar turnos rotativos de mañana, tarde y noche, entre los de su categoría, en las Salas de Control de los Parques de Bomberos de Murcia. - Atender durante su turno de trabajo todos los equipos de la Sala de Control: emisoras, teléfonos, megafonía, ordenadores, etc. - Deberán cumplir exactamente lo estipulado en la H.D.F. de Operador de Sala de Control del S.E.I.S., así como las órdenes particulares o generales que en cada momento sean dictadas por la Jefatura para un correcto funcionamiento del Servicio. SEGUNDA. PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA. La convocatoria se publicará íntegra en el Boletí­n Oficial de la Región de Murcia y un extracto de la misma en el Bolet­ín Oficial del Estado. TERCERA. PARTICIPACIÓN EN LA CONVOCATORIA. A. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en la Oposición será necesario: - Ser español. - Tener la edad de 18 años y no haber cumplido los 55, en la fecha en que finalice el plazo de admisión de instancias. A estos efectos, se aumentará el límite de edad de 55 años, según los años de servicios prestados como funcionario de carrera en la Administración Pública. - Estar en posesión del Título de Graduado Escolar o equivalente. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. - No padecer enfermedad ni defecto fí­sico que le inhabilite para el ejercicio de las funciones del cargo, o poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del puesto, en el caso de aquellas personas que tengan reconocida la condición legal de minusválido. A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos a reconocimiento por los servicios médicos municipales antes de su toma de posesión. Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria. B.- INSTANCIAS. Las instancias, cuyo modelo se facilitará en el Excmo. Ayuntamiento, serán dirigidas al Ilmo. Sr. AlcaldePresidente y se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, en el plazo de veinte d­ías naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Bolet­ín Oficial del Estado. Para ser admitido y tomar parte en la práctica de las pruebas selectivas, bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de la misma, uniendo a la instancia el documento acreditativo de haber ingresado en la Depositaría Municipal, la cantidad de 1.500 pesetas, en concepto de derechos de examen. Quedarán exentos del ingreso por derechos de examen todas las personas que acrediten junto a la instancia, con certificación del INEM, que son demandantes de empleo y que se encuentran en esta situación durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de finalización del plazo de instancias de la presente convocatoria. Será requisito para el disfrute de la exención que, en el citado plazo, no hayan rechazado oferta de empleo adecuado ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. C. ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Expirado el plazo de presentación de instancias la Corporación Municipal dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en el Bolet­ín Oficial de la Región de Murcia con indicación del plazo de subsanación que se concede a los excluidos, y determinando el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios. CUARTA. TRIBUNAL. PRESIDENTE: La Presidencia del Tribunal corresponderá al AlcaldePresidente del Excmo. Ayuntamiento de Murcia, pudiendo delegar en miembros de la Corporación. VOCAL 1: - Director de Personal o persona en quien delegue. VOCAL 2: - El Jefe del Servicio correspondiente, persona en quien delegue. VOCAL 3: - Vocal propuesto por la Comunidad Autónoma de Murcia. VOCAL 4: - Vocal propuesto por la Consejería de Educación y Universidades. VOCAL 5: - Vocal propuesto por la Junta de Personal. VOCAL 6: VOCAL-SECRETARIO: - El Secretario General de la Corporación, o persona en quien delegue. ASESORES: El Tribunal podrá nombrar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. El proceso de selección podrá incluir pruebas psicoté­cnicas, que se realizarán en el momento que decida el Tribunal. A efectos de percepción de asistencias por los miembros del Tribunal se fijan las establecidas en el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnización por razón del servicio: y Resolución de 22 de marzo de 1993, conjunta de las Subsecretarías de Economía y Hacienda y para las Administraciones Públicas, por la que se revisa el importe de las indemnizaciones establecidas en el mismo. QUINTA. PRUEBAS SELECTIVAS A. COMIENZO Y DESARROLLO DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS Las pruebas selectivas darán comienzo una vez transcurrido al menos un mes desde la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La práctica de los ejercicios que no se realicen conjuntamente dará comienzo por los aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra M, siendo convocados en único llamamiento, por lo que deberán optar por uno sólo de ellos si se originara incompatibilidad horaria en la práctica de los ejercicios de distintas pruebas selectivas. Para el desarrollo de la fase de Oposición, y siempre que las características de los ejercicios a realizar lo permitan, el Tribunal, en aplicación del Acuerdo de Pleno de este Ayuntamiento de 28 de octubre de 1993, procurará garantizar el anonimato de los aspirantes para la corrección de las pruebas realizadas. . Las comunicaciones correspondientes a la convocatoria se expondrán en el Tablón de Anuncios de la Concejalía de Personal del Excmo. Ayuntamiento de Murcia; Glorieta de España, 1, segunda planta. B.- FASE DE OPOSICION Los ejercicios de la fase de Oposición consistirán en lo siguiente: PRIMER EJERCICIO: Este ejercicio constará de dos partes: A). Primera parte. -Realización de un dictado determinado por el tribunal. -Resolución de cuatro problemas a nivel de Graduado Escolar. B) Segunda parte: - Contestar por escrito a las preguntas cortas y/o tipo test que sobre el temario que figura como Anexo I a esta convocatoria formule el Tribunal. La duración de cada una de las partes de este ejercicio será determinada por el Tribunal. SEGUNDO EJERCICIO: Pruebas de aptitud psicotécnica. Este ejercicio constará de pruebas aptitudinales, de personalidad y de una entrevista personal con los aspirantes, e irá dirigido a determinar la actitud psicológica y adecuación al perfil del puesto de Operador de Sala de Control del S.E.I.S. TERCER EJERCICIO: Consistirá en una prueba práctica con ordenador donde el aspirante demuestre los conocimientos que posee sobre los programas Microsoft: Word,Access y Excel. C.- CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS. Los ejercicios serán eliminatorios y calificados cada uno de ellos como sigue: Los ejercicios primero y tercero serán calificados de cero a diez puntos, siendo preciso alcanzar cinco puntos en cada uno de ellos para ser aprobado. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios será de cero a diez puntos. El segundo ejercicio será calificado como ¿Apto¿ o ¿No Apto¿, siendo imprescindible obtener calificación de ¿Apto¿ para poder continuar en el proceso selectivo. Las calificaciones serán adoptadas sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación del ejercicio. E.- PERIODO EN PRÁCTICAS. El aspirante que mayor calificación haya obtenido en la Oposición deberá superar un periodo de prácticas. Durante dicho periodo el aspirante propuesto ostentará la condición de funcionario en prácticas con los derechos económicos que le correspondan. Dicho aspirante y previo a su nombramiento en práctica, aportará ante la Administración Municipal, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria dentro del plazo de veinte días naturales desde la notificación de la propuesta del Tribunal. Si dentro del plazo indicado no presentara la documentación, no podrá ser nombrado, quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia. En el supuesto de tener la condición de funcionario público, estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo de quién dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Durante la realización del periodo de prácticas, que tendrá una duración de tres meses como máximo, el aspirante propuesto, ya funcionario en prácticas, estará obligado a cumplir el régimen horario y realización de servicios que se determinen, bajo la supervisión directa del Jefe del S.E.I.S., de cara a posibilitar la adquisición de conocimientos necesarios para lograr una rápida adaptación al puesto al que opta. Finalizado el periodo de prácticas, el Jefe del S.E.I.S. emitirá informe sobre los conocimientos adquiridos y desarrollados por el funcionario en prácticas que elevará al Tribunal. SEXTA. RELACIÓN DE SELECCIONADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRAMIENTO. El Tribunal a la vista del informe del Jefe del S.E.I.S. hará pública la calificación definitiva del aspirante, que elevará al Ilmo. Sr. Alcalde al objeto de que se lleve a cabo el nombramiento correspondiente si es apto. Si la calificación del Tribunal fuera de no apto el opositor será automáticamente eliminado sin que le corresponda derecho alguno. En este caso el Tribunal propondrá al opositor que haya quedado segundo en la Oposición para su nombramiento como funcionario en prácticas. Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 107 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los aspirantes propuestos aportarán ante esta Administración, en el plazo de veinte dí­as naturales desde que se haga pública la resolución sobre el nombramiento, los documentos acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria. En el caso de las personas que tengan reconocida la condición legal de minusválido, deberán acreditar dicha condición, así como su capacidad para desempeñar las tareas o funciones del puesto, mediante la oportuna certificación expedida por el INSERSO. Si dentro del plazo indicado no presentaran la documentación no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia. En el supuesto de tener la condición de funcionario público, estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u Organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. SÉPTIMA. INCIDENCIAS. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la Oposición en todo lo no previsto en las presentes bases, y siempre que no se opongan a las mismas. OCTAVA. RECURSOS. La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de é­sta y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Excmo. Ayuntamiento de Murcia. ANEXO I TEMARIO PARTE GENERAL TEMA 1.- La Constitución Española de 1978. Principales derechos y deberes de los españoles contenidos en la Constitución. TEMA 2.- La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. TEMA 3.- El Municipio. Concepto y elementos del municipio. El Ayuntamiento Pleno. La Comisión de Gobierno. Competencias municipales. TEMA 4.- Personal al servicio del Municipio. Funcionarios. Personal Laboral. Derechos y deberes. Sindicación. Seguridad Social y derechos pasivos. PARTE ESPECÍFICA TEMA 1.- Fundamentos básicos de las radiocomunicaciones. Equipos y sistemas. redes. TEMA 2.- Las comunicaciones en situaciones de emergencia. Protocolos. Lenguajes radiotelefónicos. TEMA 3.- Protocolos de aviso en emergencia de: Los Parques de bomberos. Terremotos. Inundaciones. Plan Infomur. Mercancías Peligrosas. Valle de Escombreras. TEMA 4.- Escalas. Concepto de croquis, mapas y planos. Interpretación de planos y mapas. Datos que puede facilitar un mapa. Curvas de nivel. Datos que puede facilitar un plano de callejero. TEMA 5.- Funcionamiento de la Sala de Control en el Parque de Bomberos de Murcia. TEMA 6.- La Región de Murcia: Situación. Límites. Extensión. Las montañas. La costa. Clima. Vegetación. Los Ríos. Aprovechamiento del agua. TEMA 7.- Autopistas, autovías y carreteras nacionales de la Región. Ciudades que comunican esta red de carreteras. TEMA 8.- Carreteras comarcales de la Región. Ciudades que comunica esta red. TEMA 9.- Aeropuertos civiles y militares de la Región. Situación y accesos. Líneas de ferrocarril de la Región. Ciudades que comunican estas líneas. TEMA 10.- Situación y coberturas de los Parques Municipales de Murcia y Cartagena y del CREI según su estructura funcional y distancia aproximada que los separa de las distintas ciudades con Ayuntamiento. TEMA 11.- Pedanías del término municipal de Murcia. Recorridos desde cada uno de los Parques de Bomberos de Murcia a las distintas pedanías del término municipal. TEMA 12.- Ríos Segura y Guadalentín. Cursos en el término municipal. Red de acequias en el término municipal. Situación. TEMA 13.- Distribución agraria del término municipal: Areas forestales, montes, pastizales y áreas agrícolas. Superficies, ubicación y principales especies. TEMA 14.- Industria. Principales áreas industriales del término municipal. Centros importantes de almacenamiento de productos inflamables y químicos. (Butano, propano, gasolina, etc.) TEMA 15.- Calles de los Barrios: La Flota, Vistalegre, Santa María de Gracia, San Basilio, La Paz, Vistabella, La Fama, Santa Eulalia, San Lorenzo, San Juan, San Bartolomé y Catedral. Sentido del tráfico en calles de una dirección; vías con un carril de circulación en cada sentido; vías con dos o más carriles en ambos sentidos. TEMA 16.- Calles de los Barrios: Santa Catalina, San Miguel, San Pedro, San Nicolás, San Antolín, San Andrés, San Antón, El Carmen, San Pío X, Barriomar, Buenos Aires, Nuestra Señora de la Fuensanta, Infante Don Juan Manuel y Santiago el Mayor. Sentido del tráfico en calles de una dirección; vías con un carril de circulación en cada sentido; vías con dos o más carriles en ambos sentidos. Murcia a 23 de mayo de 2001.¿El Alcalde. ¿TXF¿ ¿¿