¿OC¿ Notaría de don Tomás Michelena de la Presa ¿OF¿¿SUC¿ 12473 Acta de notoriedad para inscripción de exceso de cabida. ¿SUF¿¿TXC¿ Tomás Michelena de la Presa, Notario del Ilustre Colegio de Albacete, con residencia en Jumilla, distrito de Yecla. Hago constar Que en esta Notaría se tramita Acta de notoriedad para inscripción de exceso de cabida de finca en el Registro de la Propiedad, instada por «Copelina, S.L.», domiciliada en Elche, Ctra. Casa del León, km 2, Polígono Pinet, y con C.I.F. B53858189, y «Taldiz Inversiones, S.L.», domiciliada en Elche, calle Maestro Albéniz, 12, ático, y con C.I.F. B53677217, con el fin de inscribir el exceso de cabida de la siguiente finca: Rústica: Tres hectáreas y veinticuatro áreas, de cabida registral según el título, y cinco hectáreas, dos áreas, treinta y cinco centiáreas y noventa y ocho decímetros cuadrados, de cabida real según reciente medición pericial, de tierra secano blanca y con frutales, en el partido de la Casa de Juan Marcos, del término de Jumilla; linda: al Este, de Pascual López García, Pascuala López Domínguez y Pedro Ruiz Sierva; Sur, de Pedro Ruiz Sierva y camino de Almansa; Oeste, de Antonio López García; y Norte, monte público, en los mojones 16 y 17 del monte público número 100. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad de Yecla, con la indicada superficie registral, en el tomo 1.537, libro 654, folio 3, finca 15.569, inscripción 17.ª Referencia catastral: Es la parcela número 111 del polígono 7 del Catastro. Título: La adquirieron las expresadas Sociedades en escritura otorgada en Elche, ante el Notario don Carlos Monedero San Martín, el 23 de marzo de 2004, número 675 de protocolo, por compra a Francisco Carrión Lozano y Teresa Martínez Requena, que fue aclarada en otra escritura otorgada también en Elche, ante el mismo Notario, el día 21 de octubre de 2004, número 3.323 de protocolo. Extensión y linderos: A) Los propietarios aseveran en el acta, bajo su responsabilidad y juramento y bajo pena de falsedad en documento público, que la finca antes descrita no tiene la extensión superficial que figura en el Registro, de tres hectáreas y veinticuatro áreas, sino que realmente tiene la mayor de cinco hectáreas, dos áreas, treinta y cinco centiáreas y noventa y ocho decímetros cuadrados, de la que notoriamente son reputados como dueños. B) Que tal extensión está comprendida entre los linderos siguientes: Según la escritura y la certificación del Registro de la Propiedad: Al Este, de Pascual López García, Pascuala López Domínguez y Pedro Ruiz Sierva; Sur, de Pedro Ruiz Sierva y camino de Almansa; Oeste, de Antonio López García; y Norte, monte público, en los mojones 16 y 17 del monte público número 100. Y según el Catastro: Al Este, de Pedro Ruiz Sielva; Sur, de Francisco López García; Oeste, del Ayuntamiento de Jumilla, en los mojones 16 y 17 del monte público número 100; y Norte, de Pedro Ruiz Sielva, Ramón Val Rico y Juan Val Rico. C) Que se desconocen los domicilios de los expresados colindantes. Documentación acreditativa: Los propietarios han aportado los siguientes documentos: 1) Certificación del Registro de la Propiedad de Yecla, que expresa la descripción actual según el Registro y la última inscripción del dominio de la finca cuya extensión se trata de rectificar, de la que resulta que los titulares registrales son los propios dueños. 2) Certificación Catastral Descriptiva y Gráfica. Durante el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su publicación, podrán los interesados comparecer en mi Notaría, sita en Jumilla, Avenida de Levante, número 53, entresuelo, en horas de despacho, para oponerse a la tramitación de la misma o alegar y exponer lo que estimen oportuno en defensa de sus derechos. En Jumilla, 19 de septiembre de 2005.¿El Notario. ¿TXF¿ ¿¿