¿OC¿ Consejería de Trabajo y Política Social ¿OF¿¿SUC¿ 13244 Anexo de ampliación de Plazas a la Prórroga para el año 2005 del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Trabajo y Política Social y la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz», para la atención de Personas Mayores en la Residencia de San Pedro del Pinatar. ¿SUF¿¿TXC¿ Visto el texto del Anexo de ampliación de Plazas a la Prórroga para el año 2005 del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Trabajo y Política Social y la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz», para la atención de Personas Mayores en la Residencia de San Pedro del Pinatar, suscrito por la Consejera de Trabajo y Política Social en fecha 9 de noviembre de 2005 y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional. Resuelvo Publicar en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» el texto del Anexo de ampliación de Plazas a la Prórroga para el año 2005 del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Trabajo y Política Social y la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz», para la atención de Personas Mayores en la Residencia de San Pedro del Pinatar. Murcia, 10 de noviembre de 2005.¿El Secretario General, Constantino Sotoca Carrascosa. Anexo de ampliación de Plazas a la Prórroga para el año 2005 del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Trabajo y Política Social y la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz», para la atención de Personas Mayores en la Residencia de San Pedro del Pinatar. Murcia, 9 de noviembre de 2005 Intervienen De una parte la Excma. Sra. D.ª Cristina Rubio Peiró, Consejera de Trabajo y Política Social, en representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia según acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 14 de octubre de 2005. De otra, D. Agustín García Belzunce, Representante Legal de la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz», con C.I.F. G-81594962, facultado para suscribir el presente Anexo de Prórroga de Convenio mediante acuerdo de la Junta Directiva, en reunión celebrada el día 22 de junio de 2005. Exponen Que con fecha 30 de diciembre de 2003 fue suscrito entre las partes un Convenio para hacer frente a las necesidades de ingreso en residencia, de personas mayores, a través de los Servicios de que dispone la citada Entidad, en el Centro denominado «Residencia de San Pedro del Pinatar», sito en la calle Víctor Pradera, s/n, de San Pedro del Pinatar, cuya titularidad pertenece a la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz». Dicho Convenio fue prorrogado con fecha 30 de Diciembre de 2004, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005. Que la cláusula Segunda del Convenio, establece que de prorrogarse el presente Convenio en ejercicios sucesivos, el ISSORM podrá aumentar o disminuir tanto el número como el tipo de plazas convenidas, con las limitaciones recogidas en el Decreto 56/1996 que resulten de aplicación. Teniendo en cuenta la importancia del sector de las personas mayores en el ámbito de los Servicios Sociales durante este periodo, y con el fin de incrementar el grado de protección social y atender sus necesidades al ritmo que sigue el crecimiento demográfico, y teniendo en cuenta las directrices del plan gerontológico, es objetivo prioritario la creación de nuevas plazas residenciales para personas mayores dependientes o asistidas. La ampliación de plazas ubicadas en diferentes puntos de la Región de Murcia garantiza el poder prestar la atención especializada que necesitan nuestros mayores en esta nueva etapa, dentro de su entorno habitual, donde han desarrollado su vida cerca de sus familiares. Y con estos antecedentes, Acuerdan - Incrementar en cinco el número de plazas asistidas convenidas con la «Asociación Edad Dorada Mensajeros de la Paz», en el Centro denominado «Residencia de San Pedro del Pinatar», desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2005. - respecto al precio a abonar por el ISSORM para las plazas incrementadas, se mantendrá el establecido en la prórroga de Convenio firmada con fecha 30 de Diciembre de 2004. - respecto al coste total del presente aumento se establece en un máximo de veintitrés mil quinientos veinte y uno euros con sesenta céntimos (23.521,60 ¿), según el siguiente detalle: Residencia: San Pedro del Pinatar Número de plazas: Válidos: -- ; Asistidos: 5 Costo total Convenio: 23.521,60 Aportación Residentes: 6.780 Aportación ISSORM: 16.741,60 El presente Anexo se incorpora al Convenio prorrogado. Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Acuerdo, en triplicado ejemplar, en las fechas que se expresan. Por la Comunidad Autónoma, la Consejera de Trabajo y Política Social, Cristina Rubio Peiró.¿Por la Asociación, el Representante Legal, Agustín García Belzunce. ¿TXF¿ ¿¿