Murcia 7023 Notificación a interesados. A los efectos de notificación previstos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y ante la imposibilidad de poder practicar directamente la notificación en el domicilio que figura en el expediente, se lleva a cabo la notificación mediante publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento, comunicando al interesado el Decreto de Resolución dictado por el Concejal Delegado de Sanidad, Consumo y Cooperación de fecha 23 de octubre de 2006, relativo al expediente sancionador 137/2005 IC. Con fecha de 23 de octubre de 2006, el Concejal Delegado de Sanidad, Consumo y Cooperación, por delegación de la Alcaldía, el siguiente Decreto: ¿Que por Decreto de fecha 12 de mayo de 2006, se inició el expediente sancionador n.º: 137/2005, imputándose a D. Antonio Pérez Sánchez con NIF 22472736 B, titular de "Bar Rancho Grande", en C/ Rambla del Carmen de Cabezo de Torres, Murcia, la comisión de una infracción a lo establecido en R. Decreto 3484/2001, de 29 de diciembre, "Normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas" (¿Boletín Oficial del Estado¿ N.º:11 de 12/01/01) artículo 3 y artículo 12, R. Decreto 2207/1995, de 28 de diciembre, por el se establecen las "Normas de higiene relativas a los productos alimenticios" (¿Boletín Oficial del Estado¿ del 27 de febrero de 1996) artículo 3.3 Anexo Capitulo VI y Capitulo IX y R. Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las "Infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria" (¿Boletín Oficial del Estado¿ de 15/07/1983) artículo 2.1, 2.2 y 10.1. Por las siguientes deficiencias: 1. D.ª Juana Pérez Sánchez carece de carné de manipulador de alimentos en vigor. 2. Existen tres arcones congeladores y una cámara frigorífica sin termómetros visible. 3. Carece de cubo para residuos sólidos con tapadera a pedal. 4. En el almacén existen cajas en el suelo. Resultando que finalizada la fase instructora y verificado el trámite de audiencia, dentro del plazo concedido al tal efecto por el instructor, se formuló propuesta de resolución notificada a la hermana del interesado el día 22 de agosto del 2006, doña Juana Pérez Sánchez; para que en el plazo de 15 días, pudiera alegar lo que estimara oportuno en su defensa. Resultando que el interesado no ha efectuado alegaciones en el plazo legal concedido al efecto. Considerando que dichas infracciones se consideran infracciones sanitarias leves y la cuantía de la sanción que corresponde a dichas infracciones sería de multa hasta 601.01 ¿. Considerando que el artículo 127. 1 1) de la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, atribuye a la Junta de Gobierno Local el ejercicio de la potestad sancionadora. Vengo en disponer: Ordenar, en el uso de las competencias que legalmente me están conferidas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 28 de enero de 2004, Decreto del Alcalde de 26 de enero de 2004. La imposición de una sanción de 300 ¿ a D. Antonio Pérez Sánchez NIF: 22472736 B, titular de "Bar Rancho Grande", en C/ Rambla del Carmen de Cabezo de Torres, Murcia. Lo que le traslado para su conocimiento y demás efectos oportunos. Contra la precedente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a aquel en que reciba la presente notificación, al amparo del artículo 14.2 de la Ley 39/1998, de Haciendas Locales. El Director de la Oficina del Gobierno Municipal, José Antonio de Rueda y de Rueda. Plazos de pago El ingreso se efectuará en la Depositaría Municipal del Ayuntamiento de Murcia, en Plaza de Belluga, n.º 1, una vez recogida la carta de pago en Intervención General, siendo los plazos; las notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, y las notificadas entre el día 16 y último de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior; transcurridos los cuales sin producirse el pago, se procederá a su exacción por vía de apremio con el 20% de recargo (Art. 21 de R.D. 320/94, de R.G.R. y otras disposiciones). ¿¿