Colegio Oficial de Farmacéuticos de la Región de Murcia 9917 Notificación incoación expediente traslado voluntario definitivo oficina de Farmacia ¿¿MU-4-F, establecida en el término municipal de Murcia. Referencia: T-26/2006. Asunto: Comunicando incoación expediente Traslado Voluntario Definitivo Oficina de Farmacia MU-4-F, establecida en el término municipal de Murcia. Habiéndose intentado notificación personal sin resultado, por el presente se comunica a doña Manuela Molina Giménez que vista la instancia suscrita por nuestra colegiada doña María Angeles Molina Nicolás el día 28 de diciembre de 2006, solicitando autorización para el Traslado Voluntario Definitivo de su Oficina de Farmacia MU-4-F, sita en el término Municipal de Murcia, de su actual ubicación en Plaza San Pedro, n.º 2, a un local sito en Travesía Santo Domingo, esquina Calle San José, Barriada de San Antonio, de la misma localidad; solicitud que formula al amparo de lo prevenido por la Consejería de Sanidad y Consumo en el artículo 35 y concordantes del Decreto 17/2001, de 16 de febrero, pongo en su conocimiento: que se ha ordenado la incoación del oportuno expediente y se comunica a doña Manuela Molina Giménez, a la Excma. Sra. Consejera de Sanidad, a la peticionaria y a los farmacéuticos interesados, y en cumplimiento de lo establecido en dicho Decreto, en la Ley 3/97, de 28 de mayo, de Ordenación Farmacéutica de la Región de Murcia, y la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concede a doña Manuela Molina Giménez un plazo de diez días hábiles, para que, si lo desea, pueda personarse en el expediente y ser considerada como tal a efectos del procedimiento. Le significamos que, caso de personarse, deberán adjuntar al escrito correspondiente, justificación de haber abonado la Tasa 811 prevista en la vigente Ley de Tasas y Precios Públicos, para la tramitación de expedientes de aperturas de Oficina de Farmacia, ascendente a 90,07 euros. El abono de dicha tasa ha de realizarse a través de la Consejería de Sanidad de la Región de Murcia, planta la, oficina de Tasas, donde se hará la oportuna liquidación, ingresándose a continuación su importe en las siguientes Entidades Colaboradoras según los correspondientes Códigos de Transacción: Banco Central Hispano, R.E.T.O. Cajamurcia TRANS 290; Banco Popular Español, CbrTrbCCAA Caja de Ahorros Mediterráneo 430; Banco Santander, R.E.T.O La Caixa RCA (F5); Argentaria (BEX, Caja Postal), T041,OC40 Caja Rural Central TLPVT555; Bankinter, A228 Caja Rural Almeria HACIEN; Banco Bilbao Vizcaya, TRN 1375; Cajamadrid, TX117. En el supuesto de personación colectiva, esta tarifa será de aplicación única, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. En el supuesto de no cumplimentar lo requerido en el apartado anterior en el plazo de diez días que por el presente se le concede, su personación será inadmitida. Asimismo, de conformidad a lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, según redacción dada por la Ley 4/99, le comunicamos que el plazo para la Resolución del presente procedimiento es de seis meses, teniendo el silencio administrativo efecto desestimatorio. Murcia, 2 de julio de 2007.¿El Secretario, Carlos Moreno Bravo. ¿¿