Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes 10058 Convenio de colaboración entre la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes y Fenebus¿Murcia, en el marco de las políticas de Fomento y Promoción del Transporte Público. Visto el Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y Fenebus-Murcia para subvencionar la puesta a disposición de varias jornadas de transporte público regular de viajeros de uso general con carácter gratuito, suscrito el día 10 de julio de 2008, y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público, y a los efectos de lo dispuesto en el art. 8 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Resuelvo Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto del Convenio descrito anteriormente. Murcia, a 17 de julio de 2008.¿El Secretario General, José María Bernabé Tomás. Convenio de colaboración entre la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes y Fenebus¿Murcia, en el marco de las políticas de fomento y promoción del transporte público. En Murcia, a 10 de julio de 2008. Reunidos De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, D. José Ballesta Germán, nombrado por Decreto de la Presidencia número 29/2007, de 2 de julio (BORM n.º 151, de 3 de julio) y autorizado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 13 de junio de 2008. De otra, D. José Luís Sánchez Ruíz, Presidente de Fenebus¿Murcia, autorizado para este acto en virtud del artículo 26 de los Estatutos Sociales de la asociación. Ambas las partes en la representación que ostentan, se reconocen mutuamente con capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente Convenio. Antecedentes Constituye una preocupación creciente de las Administraciones Públicas el facilitar el ejercicio efectivo del derecho a la movilidad de la ciudadanía y el fomento del transporte público como medio de combinar el derecho a la movilidad con el respeto del medio ambiente, sin olvidar la contribución del transporte colectivo a la disminución de la congestión de las ciudades. La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, a través de la Dirección General de Transportes y Carreteras, como órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia de transporte, tiene entre sus líneas de actuación desarrollar y colaborar en aquellos programas dirigidos al fomento de los servicios públicos de transporte de viajeros y mercancías. En el marco de estas actuaciones, es de interés de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, la celebración de un convenio de colaboración con Fenebus-Murcia, para la realización de actuaciones encaminadas a la promoción del transporte público regular de viajeros por carretera de uso general cuyas concesiones sean titularidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. A tal efecto y por la concurrencia de las voluntades de ambas partes, formalizan el presente Convenio con arreglo a las siguientes, Cláusulas Primera: El presente Convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre la Consejería de Obras públicas, Vivienda y Transportes y Fenebus¿Murcia, para la realización concertada de una serie de actuaciones encaminadas a la promoción del transporte público regular de viajeros por carretera de uso general cuyas concesiones sean de la titularidad de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Las actuaciones a desarrollar se concretan en la puesta a disposición de los usuarios, durante las jornadas correspondientes a los cinco domingos del mes de junio de 2008, desde las 0¿00h a las 24¿00h, con carácter gratuito, los autobuses urbanos e interurbanos con servicio regular en la Región. Segunda: El presupuesto estimado de las actuaciones previstas, según el coste de estimación media del número de viajeros transportados un domingo o día festivo presentada por Fenebus¿Murcia, asciende a 266.748,85 euros (doscientos sesenta y seis mil setecientos cuarenta y ocho euros con ochenta y cinco céntimos), cuyo cuadro de previsión se incluye como Anexo I. Tercera: La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes se compromete a abonar a Fenebus¿Murcia el importe de la recaudación media estimada, hasta cuantía máxima del crédito disponible que asciende 266.748,85 euros (doscientos sesenta y seis mil setecientos cuarenta y ocho euros con ochenta y cinco céntimos) a con cargo a la partida presupuestaria 14.03.00.513A.477.60 del ejercicio 2008. Cuarta: Fenebus¿Murcia se compromete a la realización de los servicios ordinarios de transporte que tengan autorizados así como a poner a disposición los refuerzos que sean necesarios para la plena satisfacción de la demanda que genere la materialización de los objetivos del presente Convenio. Quinta: La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes emitirá el título de transporte válido para los domingos 1, 8, 15 22 y 29 del mes de junio de 2008, que será distribuido por las empresas concesionarias de transporte regular de viajeros a los usuarios. El título de transporte será gratuito y garantizará la cobertura exigida por el seguro obligatorio de viajeros. Sexta: El abono de la cantidad comprometida por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Transportes con cargo a sus presupuestos se hará efectivo, en la cuenta habilitada al efecto por Fenebus¿Murcia, previa justificación del cumplimiento de la finalidad del presente Convenio. La justificación se realizará mediante la presentación del Registro de Servicio, correspondiente a los días 1, 8, 15, 22 y 29 del mes de junio de 2008, regulado en el artículo 4 de la Orden FOM/3398/2002, de 20 de diciembre, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de viajeros por carretera. Séptima: Para el desarrollo del presente Convenio y resolución de cuestiones de toda índole que surjan durante la vigencia del mismo, se constituirá una Comisión Mixta estará integrada por dos representantes de cada una de las partes colaboradoras, cuya composición se determinará una vez suscrito el presente Convenio. Dicha comisión se reunirá dentro del plazo de los diez días siguientes a la finalización de la vigencia del presente Convenio. Octava: El incumplimiento de las cláusulas del presente Convenio por cualquiera de las partes firmantes, podrá dar lugar a la denuncia y resolución del mismo. Novena: El presente Convenio estará en vigor el día de su firma, si bien sus efectos se producirán desde el 1 de junio del 2008 y extenderán su vigencia hasta el 30 de julio 2008. Décima: Para la resolución de los litigios que se susciten durante la vigencia del presente Convenio, las partes acuerdan someterse a los jueces y tribunales de la jurisdicción contencioso-administrativa, que es la competente para ello. Ambas partes manifiestan su conformidad con el contenido íntegro de las cláusulas de este Convenio, y para que conste y surta efecto lo firman y rubrican, en quintuplicado ejemplar, en la fecha y lugar al inicio referidos. El Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Transportes, José Ballesta Germán.¿El Presidente de Fenebus¿Murcia, José Luis Sánchez Ruiz. ANEXO I Previsión del número de viajeros transportados un domingo o día festivo del mes de junio de 2008 Número Nombre de la Concesión Empresa Número de viajeros Importe de la recaudación. (¿) MUR-003 Balsicas - San Pedro del Pinatar Autocares La Inmaculada, S.L. 136 144,00 MUR-043 Lorca-Murcia Transp. Perifericos Murcianos, S.A. 546 1.653,95 MUR-025 Calasparra-Caravaca-Murcia Líneas Costa Calidad, S.L. 947 3.386,43 MUR-014 Galifa-Cartagena Transp. Urbanos de Cartagena, S.A. 307 307,00 MUR-028 Cartagena-Comarcas Transp. Urbanos de Cartagena, S.A. 5.037 6.044,40 MUR-036 Cartagena-El Algar Autocares Paterna, S.A. 150 173,00 MUR-056 Aledo-Totana Autocares Espuña, S.L. 25 25,00 MUR-005 Puerto Lumbreras-Cartagena Transp. Alsina Graells Sur, S.A. 512 1.050,00 MUR-070 Lorca-Puntas de Calnegre Autocares Gómez, S.A. 7 19,16 Grupo Latbus 15.966 23.407,00 Líneas y Autocares, S.A. 3.075 12.350,13 Murcia Bus S.L. Autocares de Murcia S.A. Autoc. Justo Martínez S.L. 420 560,00 Transporte Urbano de Cartagena Transp. Urbano de Cartagena S.A. 3.510 3.404,70 Transporte Urbano de Lorca Autobuses Urbanos B. Muñoz, S.L. 700 490,00 Transporte Urbano de Águilas Águilas Turismo Bus, S.L. 423 335,00 Suma 31.761 53.349,77