Murcia 7226 Anuncio de subasta de bienes inmuebles El Jefe del Servicio de Recaudación del Excmo. Ayuntamiento de Murcia. Hace saber; que en los procedimientos administrativos de apremio que se instruyen en este Servicio, con los siguientes números de expediente: NIF DEUDOR EXPEDIENTE 22367517V ALCARAZ MOLINA, PEDRO 2001EXP06014832 27450017T GARCÍA CONDE, FRANCISCO 2006EXP18677635 22394019T CLARES ORTIZ, JOSÉ MARÍA 2006EXP18682377 22465724Z PIÑERA GALINDO, PASCUAL 2006EXP18680657 A30111918 CONSTRUCCIONES DIJJUSA S.A. 2001EXP06028103 Les fueron embargados bienes inmuebles, habiéndose dictado en fecha 14 de mayo de 2008 acuerdo de enajenación mediante subasta pública debiendo observarse en su trámite y realización las prescripciones establecidas en los artículos 101, 102, 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101.4 del citado Reglamento, se publica el presente anuncio y se advierte a quienes deseen formar parte en la subasta como licitadores lo siguiente: 1.º- En el acuerdo de enajenación se ha señalado para la celebración de la Subasta Pública el día 23 de Julio de 2008 a las 12:00 horas, en el local sito en Plaza Cardenal Belluga s/n, Sala A, del Edificio Anexo del Ayuntamiento. 2.º- Los bienes objeto de enajenación, así como la situación jurídica de éstos, las posibles cargas o gravámenes que pudieran quedar subsistentes y el tipo de subasta que rigen la enajenación de cada bien responden al siguiente detalle: Lote 1.- Finca 17335 del Registro de la Propiedad de Murcia n.º 5 Sección 8.ª, Tomo 2976, Libro 196, Folio 16. Municipio: Murcia. Naturaleza de la Finca: Rústica Ubicación: Paraje La Albatalía (La Albatalía) Superficie útil: treinta y dos áreas, noventa y siete centiáreas. Linderos: Norte: Finca las Peretas de don Juan Gómez Ruiz, carril por medio. Sur, Parcelas de don Manuel Guillen Martínez y Catalina Morales Cánovas. Este, Tierras de Herederos de Antonio Martínez, regadera por medio. Oeste, Trozo de la mayor de que ésta es resto, vendida a los cónyuges D. Francisco Javier Andreu Andreu y Dña. María de Carmen Pianello Capel. Otros: los Andreos. Titularidad: Alcaraz Molina, Pedro, con el 100% de pleno dominio por título de compraventa. Al tratarse de enajenación de finca rústica, conforme al artículo 1.523 del Código Civil, existe derecho de retracto a favor de los propietarios de las tierras colindantes. Cargas: libre de cargas Valoración del lote: 270.015,00 ¿. Tipo de subasta: 270.015,00 ¿ Tramos para licitar a este lote n.º 1: 3.000,00 ¿ Lote 2.- Finca 7718 del Registro de la Propiedad de Murcia n.º 6, Sección 9.ª, Tomo 1754, Libro 87, Folio 161. Municipio: Murcia. Naturaleza de la Finca: Vivienda Ubicación: Calle Antonio Mora, La Alberca. C.P. 30150 Superficie: Área útil 83,74 m2 Descripción: Urbana Once, vivienda en planta primera alta, a la derecha conforme se sube a la escalera segunda, del edificio sito en término de Murcia, partido de La Alberca, con fachada principal a Canino de la Paloma y con fachada también a Calle Antonio Mora. Es de tipo C. Su superficie útil es de ochenta y tres metros, setenta y cuatro decímetros cuadrados. Titularidad: García Conde, Francisco, con el 100% del pleno dominio, con carácter privativo por título de compraventa. Cargas: Anotación de embargo administrativo a favor de Tesorería General de la Seguridad Social de Murcia por un importe global de 14.638,05 ¿ en procedimiento administrativo de apremio n.º 300150506032600206. Las cargas y gravámenes anteriores quedarán subsistentes sin aplicar a su extinción el precio del remate (art. 97.6 RGR) Valoración del lote: 129.710,00 ¿ Tipo de subasta: 115.071,95 ¿ Tramos para licitar a este lote n.º 2: 3.000,00 ¿ Lote 3.- Finca 1479 del Registro de la Propiedad de Murcia n.º 6, Sección 10.ª, Tomo 2253, Libro 118, Folio 93. Municipio: Murcia Naturaleza de la finca: Rústica Ubicación: La Raya Superficie: área del terreno: 1.458 m2; área edificada construida: 72 m2. Descripción: Trozo de tierra a hortalizas y cereales con algunos árboles, riego de la acequia de Benavia, en término de Murcia, partido de La Raya, de cabida según el título una tahúlla, dos ochavas y tres brazas, equivalentes a 14 áreas, 11 centiáreas y 11 decímetros cuadrados, de ellos inscritos 11 áreas, 32 centiáreas y 2 decímetros, pero de reciente medición y según catastro, tiene 14 áreas y 58 centiáreas. Dentro de esta finca y aunque no consta en el título, existe, desde hace más de treinta años, una casa que ocupa una superficie de setenta y dos metros cuadrados. Linderos: Norte: hoy carretera que la separa del Río Segura, antes Azarbón de la acequia de su riego que ha desaparecido al quitar las curvas y darle nuevo cauce al Río. Poniente: la de Pedro López Martínez y de Miguel Manzanera Gómez, senda por medio con aquél y en parte con éste y además interiormente y por sus cuatro puntos cardinales con otra finca, hoy esta finca está ocupada por la carretera antes referida. Levante: otra de herederos de Juan de la Cierva. Mediodía: don Francisco Hernández. Atraviesa esta finca en dirección de Levante a Poniente, el brazal de herederos por donde circula el agua para su riego. Titularidad: Clares Ortiz, José María, casado con Salvadora Tudela Miñarro, con el 100% del pleno dominio con carácter ganancial por título de compraventa. Al tratarse de enajenación de finca rústica, conforme al artículo 1.523 del Código Civil, existe derecho de retracto a favor de los propietarios de las tierras colindantes. Cargas: libre de cargas Valoración del lote: 154.710,00 ¿ Tipo de subasta: 154.710,00 ¿ Tramos para licitar a este lote n.º 3: 3.000,00 ¿ Lote 4.- Finca 10017 del Registro de la Propiedad de Murcia n.º 4, Sección 1.ª, Tomo 2907, Libro 265, Folio 36. Municipio; Murcia Naturaleza de la Finca: Ubana; Vivienda. Ubicación: Calle Barítono Marcos Redondo, n.º 3, Planta 9, Murcia. Superficie construida: 165,24 m2. División Horizontal: cuota: cuatro enteros, noventa y cinco centésimas por ciento. Número de orden: 22 Servidumbres: Por razón de procedencia tiene la siguiente: Bajo la Finca 919 del Registro de la Propiedad de Murcia n.º 4, figura la casa número 12 de la calle del Porcel de esta Ciudad, colindante a la que ocupa el presente número, según las inscripciones cuarta y siguientes se hace constar en la descripción del inmueble que sobre la casa que ocupa esta finca vierte por medio de una canal las aguas de varias cubiertas, y además tiene servidumbre de luces contra la misma casa establecida por medio de tres ventanas una en cada uno de los tres pisos de que consta dando todas ellas al patio de esta finca. Titularidad: Piñera Galindo, Pascual, con el 100% del pleno dominio con carácter privativo, adquirida por título de compraventa. Cargas: Hipoteca a favor de Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona, por importe de 113.750,39 ¿ de capital pendiente, con un capital vencido impagado de 210,06 ¿ y 574,27 ¿ de intereses ordinarios y demora. Las cargas y gravámenes anteriores quedarán subsistentes sin aplicar a su extinción el precio del remate (art. 97.6 RGR) Valoración del lote: 497.372,00 ¿ Tipo de subasta: 382.837,28 ¿ Tramos para licitar a este lote n.º 4: 3.000,00 ¿ Lote 5.- Finca 22561 del Registro de la Propiedad de Murcia n.º 2, Sección 8.ª, Libro 388, Folio 123. Municipio: Murcia. Naturaleza de la Finca: Solar. Ubicación: Partido de San Benito. C.P. 30011. Superficie: 1.267 m2 Descripción: Rústica. Tierra riego moreral, de la acequia de Alfande, en término de Murcia, partido de San Benito, de cabida doce áreas y sesenta y siete centiáreas. Linderos: Norte: Tierras de don Antonio Sánchez Escribano. Sur: Tierras de Juan Belmonte Llor y resto de la finca matriz de donde se segrega. Oeste: Tierras de don Antonio Muñoz, brazal regador por medio, y resto de la finca matriz de donde se segrega. Este: don Joaquín García, carril de la amargura y escorredor de desagüe por medio. Titularidad: Bulevar Infante, S.L., con el 100% del pleno dominio por título de cesión. Al tratarse de enajenación de finca rústica, conforme al artículo 1.523 del Código Civil, existe derecho de retracto a favor de los propietarios de las tierras colindantes. Cargas: libre de cargas. Valoración del lote: 153.941,00 ¿ Tipo de subasta: 153.941,00 ¿ Tramos para licitar a este lote n.º 5: 3.000,00 ¿ 3.º- Los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros, encontrándose de manifiesto aquellos en la Oficina Tributaria que tiene a su cargo la gestión de los expedientes, hasta una hora antes de la señalada para la enajenación. 4.º- En el tipo de subasta no se incluyen los impuestos indirectos que graven la transmisión de dichos bienes. Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. La Administración no se hará cargo de otras posibles cargas y gravámenes reales no registrales que pudieran afectar al bien. Respecto al estado de deudas que pudieran existir con la comunidad de propietarios, de la vivienda o local, el adjudicatario exonera expresamente al Ayuntamiento de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago. 5.º- Los licitadores tienen la obligación de constituir ante la Mesa de subasta con anterioridad a su celebración un depósito del 20% del tipo de subasta señalado para cada uno de los bienes o lotes, con la advertencia de que, si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, dicho depósito se aplicará a la cancelación de la deuda, sin perjuicio de las responsabilidades en que puedan incurrir por los perjuicios que origine la falta de pago del precio del remate. El depósito deberá constituirse mediante cheque que además de reunir los requisitos generales exigidos por la legislación mercantil, deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 35 del Reglamento General de Recaudación. 6.º- Se advierte a todos los interesados que la subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes, si se hiciese efectivo el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento. 7.º- Las cargas anteriores que afecten a los bienes objeto de enajenación, que han quedado reseñadas quedarán subsistentes en las cuantías expresadas, sin aplicarse a su extinción el precio de remate obtenido en la subasta. 8.º- El adjudicatario deberá entregar en el acto de la adjudicación de los bienes o dentro de los quince días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. 9.º- Los licitadores según lo previsto en el artículo 103.4 del Reglamento General de Recaudación podrán enviar o presentar sus ofertas en un sobre cerrado desde el anuncio de la subasta hasta una hora antes del comienzo de la misma. El licitador deberá indicar nombre y apellidos o razón social o denominación completa, número de identificación fiscal y domicilio. Dichas ofertas tendrán el carácter de máximas, serán presentadas en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Murcia y deberán ir acompañadas de cheque conformado por importe del depósito para licitar, extendido a favor del Ayuntamiento de Murcia. 10.º- La Mesa se reserva el derecho de realizar una segunda licitación al finalizar la primera si así lo estima pertinente, fijando como tipo de subasta el 75% del tipo fijado en primera licitación y siguiendo el procedimiento regulado en el artículo 104 del Reglamento General de Recaudación. 11.º- Tratándose de bienes o derechos respecto de los que, según la legislación aplicable, existan interesados que tienen derechos de retracto o adquisición preferente, acordada la adjudicación, esta se comunicará a dichos interesados. La adjudicación definitiva quedará en suspenso durante el plazo en el que, según la legislación aplicable, los interesados puedan ejercer su derecho. 12.º- Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento a la Mesa de subasta. El precio mínimo en adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación. Cuando se hayan celebrado dos licitaciones no habrá precio mínimo; no obstante si la Mesa estimase desproporcionada la diferencia entre el valor asignado a los bienes o lotes por tasación y el precio ofrecido por cualquier persona interesada, con el fin de no favorecer el enriquecimiento injusto del comprador en detrimento del propietario de los bienes, podría declarar inadmisible la oferta, no accediendo a la formalización de la venta. Las ofertas se presentarán en sobre cerrado en la Oficina de Recaudación, sita en Murcia, c/ Puerta Nueva, n.º 10, en horas de 9.00 a 14.00. El sobre debe contener escrito firmado por el ofertante o representante con poder suficiente y bastante, en el que debidamente identificado, se indique el precio de la oferta para la adjudicación directa del bien o lote al que desee optar. En función de las ofertas presentadas se formulará, en su caso, propuesta de adjudicación, que se formalizará mediante acta. Podrá exigirse a los interesados para la adjudicación directa un depósito en la cuantía que se estime adecuada, que se indicará convenientemente cuando se anuncie el trámite por adjudicación directa, advirtiéndoles que si no satisface el precio de remate en el plazo establecido al efecto, se aplicará el importe del depósito que, en cu caso, hubiera constituido a la cancelación de las deudas objeto del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades en que pueda incurrir por los perjuicios que ocasione la falta de pago del precio de remate. Los bienes serán entregados al adjudicatario una vez haya sido hecho efectivo el importe procedente. Transcurrido el plazo máximo de seis meses sin haberse dictado acuerdo de adjudicación, se dará por concluido dicho trámite, iniciándose los trámites de adjudicación de los bienes o derechos no adjudicados al Ayuntamiento acreedor conforme a los artículos 108 y 109 del Reglamento General de Recaudación. No obstante, se adjudicará el bien o derecho a cualquier interesado que satisfaga el importe del tipo de la última subasta celebrada antes de que se acuerde la adjudicación de los bienes o derechos a la Hacienda Local. 13.º- Tanto los acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos quedan notificados en plena virtualidad legal por medio del presente anuncio. 14.º- En lo no dispuesto en el presente anuncio de subasta, se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación. 15.º- Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa podrá interponer interponer, cualquiera de los siguientes recursos: - Recurso de reposición, de carácter potestativo, ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Entendiéndose desestimado, este recurso, si transcurre un mes desde su interposición sin que se notifique expresamente su resolución. Contra la resolución expresa de este recurso podrá interponer reclamación económico-administrativa (en los plazos que se indican a continuación) previa a la via contencioso-administrativa, ante el Consejo Económico-Administrativo de Murcia. En el supuesto de resolución presunta el plazo de interposición de la reclamación económico-administrativa comenzará a contar el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. - Reclamación económico-administrativa ante el Consejo Económico-Administrativo de Murcia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Durante el mes de plazo de interposición de la reclamación económico-administrativa, se le informa, que tendrá de manifiesto el expediente en la oficina gestora del mismo al objeto de que pueda examinar las actuaciones llevadas a cabo y preparar la reclamación Contra la resolución expresa o presunta de la reclamación económico administrativa, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que le sea notificada dicha resolución, si ésta es expresa, o en el plazo de seis meses desde el día siguiente a aquel en que se cumpla el de tres meses para la resolución de la reclamación económico-administrativa, habiendo operado el silencio administrativo. Murcia, 14 de mayo de 2008.¿La Tesorera General. ¿¿