I. Comunidad Autónoma 4. Anuncios Consejería de Agricultura y Agua 10225 Anuncio de notificación de la Orden, de fecha 11 de marzo de 2009, resolutoria del recurso de reposición interpuesto por D. Faustino Pérez Pardo, en nombre y representación de Agromirador, S.L., contra la Orden del Consejero de Agricultura y Agua de fecha 12 de septiembre de 2008. Iniciada sin efecto, domiciliariamente, la presente notificación, de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento, por este medio, a Agromirador, S.L., cuyo último domicilio conocido es Avd. de Murcia, 22, 30709 Roldán. Torre Pacheco - Murcia, que con fecha 11 de marzo de 2009 el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Agua ha dictado la siguiente Orden: ?Visto el escrito presentado por D. Faustino Pérez Pardo en representación de Agromirador S.L. con CIF/NIF n.º B 30438022, por el que interpone recurso de reposición contra la Resolución del Director de Industrias y Asociacionismo Agrario, de fecha 12 de septiembre de 2008, recaída en el expediente de ayuda para la renovación del parque nacional de maquinaría agrícola, el informe emitido por el centro directivo, así como la demás documentación obrante en el expediente y considerando los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de Derecho: Antecedentes de hecho Primero.- Mediante la resolución referenciada se declara desistido de su solicitud y se acuerda el archivo del expediente al no aportar la documentación que le fue requerida. Segundo.- Contra dicha Orden, notificada al interesado con fecha 27 de octubre de 2008, se interpone por éste recurso de alzada, en el que, en síntesis, alega lo que estima oportuno a su derecho. Tercero.- El referido recurso, junto con el expediente y preceptivo informe es remitido, para su resolución, por el Centro Directivo, autor del acto recurrido, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Fundamentos de Derecho Primero.- Examinado el expediente se comprueba que se le requirió para que aportará la cédula catastral actualizada o contrato de arrendamiento liquidado de impuestos donde figurarán las parcelas que constituyen la explotación del solicitante, aportándose por el interesado un contrato de arrendamiento sin que se especificarán las parcelas que constituían su explotación. Con el recurso se aporta una nota informativa en relación con los datos catastrales de dicha finca, pero el art. 112 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, establece que ?no se tendrán en cuenta en la resolución de los recursos, hechos, documentos o alegaciones del recurrente, cuando habiendo podido aportarlos en el trámite de alegaciones no lo haya hecho?. Segundo.- La competencia de esta Consejería para resolver el referenciado recurso viene delimitada en el artículo 16.2.f) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia Tercero.- En la tramitación del presente recurso se han tenido en cuenta las normas procedimentales contenidas en los artículos 107 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás disposiciones concordantes de pertinente aplicación, he resuelto la desestimación del recurso de alzada interpuesto por D. Faustino Pérez Pardo en representación de Agromirador S.L. con CIF/NIF n.º B 30438022, contra la Resolución del Director de Industrias y Asociacionismo Agrario, de fecha 12 de septiembre de 2008, recaída en el expediente de ayuda para la renovación del parque nacional de maquinaría agrícola.? Lo que en cumplimiento del artículo 58 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notifica a Vd. significándole que la citada Orden resolutoria pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, establecido en el art. 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) sin perjuicio de que ejercite cualquier otro que estime oportuno. Murcia, a 11 de junio de 2009.?La Vicesecretaria, Ana M.ª Méndez Bernal. A-230609-10225