I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio 15954 Resolución de la Directora General de Transportes y Puertos, por la que se autoriza el establecimiento de un servicio de transporte regular de viajeros por carretera de uso general entre Cobatillas y campus universitario de Espinardo, en condiciones especiales de prestación, como parcial de la concesión Murcia-Cercanías (MUR-093). Visto el escrito de fecha 27 de enero de 2009, presentado por D. Francisco Fenoll Olivares, Alcalde Pedáneo de Cobatillas y D. Ángel Pérez Martínez, Presidente de la Junta Municipal de el Esparragal, en el que solicitan el establecimiento de una línea de autobús que una la pedanía de Cobatillas y las Urbanizaciones de Villa de la Plata y Montepinar de El Esparragal con el Campus de Espinardo. Y teniendo en cuenta los siguientes Antecedentes de hecho Primero: Don Francisco Fenoll Olivares, Alcalde Pedáneo de Cobatillas y D. Ángel Pérez Martínez, Presidente de la Junta Municipal de el Esparragal, presentan con fecha dos de febrero de 2009, escrito en el que solicitan la implantación de un transporte de viajeros por carretera que una ambas pedanías con el Campus Universitario de Espinardo. Segundo: Una vez trasladada la solicitud a la empresa concesionaria del servicio, Transporte de Viajeros de Murcia, S.L.U., esta presenta con fecha seis de marzo de 2009 un proyecto para el establecimiento de un servicio de transporte público de viajeros entre Cobatillas y Campus Universitario de Espinardo, parcial de la concesión Murcia?Cercanías MUR.093, en condiciones especiales de prestación. Tercero: El proyecto presentado, propone el establecimiento de un servicio de transporte regular de viajeros entre Cobatillas y el Campus Universitario de Espinardo, pasando por las Urbanizaciones Villa de la Plata y Montepinar, ubicadas en la localidad de el Esparragal, servicio que se solicita en condiciones especiales de prestación, según dispone el artículo 100 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, mediante el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Itinerario: Entre Cobatillas y las Urbanizaciones Villa de la Plata y Montepinar, ubicadas en el Esparragal, por la N-340 y la RM-04. Entre Urbanización Montepinar y Campus Universitario de Espinardo por la RM-04 y la A-7, con un recorrido total de 12,1 Km. Calendario y horarios: El servicio se prestará de lunes a viernes durante los días lectivos en el Campus Universitario de Murcia, con los horarios siguientes: Salida de Cobatillas: 8:30 horas Salida del Campus de Espinardo: 13:45 horas Repercusión económica y tarifaria La tarifa a aplicar será la misma que se aplica en el resto de la concesión Billete ordinario 1,15 ? Bono Trasbordo 20 ? 17 viajes Bono Trasbordo Escolar: 15 ? 14 viajes Unibono: 20 ? mensuales sin límite de viajes Material móvil Se utilizará el mismo material móvil que esta adscrito a la concesión MUR-093 Cuarto: La Comisión Permanente del Consejo Asesor de Transportes, en reunión del día 14 de julio de 2009, emite informe favorable. A estos hechos le son de aplicación los siguientes Fundamentos de Derecho Primero: La competencia para dictar la presente resolución corresponde a la Directora General de Transportes y Puertos en virtud de lo dispuesto en el Decreto 328/2008, de 3 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los órganos Directivos de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio. Segundo: El artículo 100.1 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, establece que aquellos servicios permanentes de uso general en los que por falta de rentabilidad no sea posible su establecimiento, o no aparezca garantizada su adecuada realización y continuidad, manteniendo las exigencias generales establecidas en este Reglamento en relación con las concesiones administrativas, podrán ser prestados de acuerdo con condiciones más flexibles, según lo previsto en este artículo, por las personas que obtengan la necesaria autorización administrativa especial que habilite para dicha prestación. En virtud del artículo 10.1.4 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia; la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; el Reglamento de su aplicación, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre y la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Resuelvo Primero.- Autorizar a la empresa Transporte de Viajeros de Murcia, S.L.U., el establecimiento del servicio propuesto de transporte de viajeros de uso general entre Cobatillas y Campus de Espinardo, en condiciones especiales de prestación, como parcial de la concesión Murcia-Cercanías MUR-093, por el período de duración de un año prorrogable, y con un plazo máximo de cinco años. Segundo.- Notificar la presente resolución a los interesados en procedimiento, y publicarla en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para general conocimiento. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes desde la recepción de la misma, sin perjuicio de la posibilidad del interesado de interponer cualquier otro recurso que resulte procedente. Murcia, 16 de septiembre de 2009.?La Directora General de Transportes y Puertos, Carmen María Sandoval Sánchez. A-191009-15954