Consejería de Universidades, Empresa e Investigación 1851 Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación y el Parque Tecnológico de Fuente Álamo para la información, promoción y difusión de las actividades tecnológicas y de innovación del citado Parque, en el marco del Plan de Ciencia y Tecnología 2007-2010, autorizado por el Consejo de Gobierno en sesión de 7 de noviembre de 2008. Visto el Convenio de colaboración suscrito entre la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, el Instituto de Fomento de la Región de Murcia y el Parque Tecnológico de Fuente Álamo, de conformidad con la autorización otorgada por el Consejo de Gobierno en sesión de 7 de noviembre de 2008 y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Regional 56/1.996, de 24 de julio, sobre tramitación de los convenios en el ámbito de la Administración Regional Resuelvo Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación y el Parque Tecnológico de Fuente Álamo para la información, promoción y difusión de las actividades tecnológicas y de innovación del citado Parque, en el marco del Plan de Ciencia y Tecnología 2007-2010, autorizado por el Consejo de Gobierno en sesión de 7 de noviembre de 2.008. Murcia, 26 de enero de 2009.?El Secretario General, Antonio S. Sánchez-Solís de Querol. Murcia, 10 de diciembre de 2008 Reunidos De una parte, el Excmo. Sr. D. Salvador Marín Hernández, Consejero de Universidades, Empresa e Investigación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en representación de ésta, que ostenta a tenor del artículo 16.2.a) de la Ley 7/2004 de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, especialmente facultado para este acto en virtud de autorización del Consejo de Gobierno de fecha 7 de noviembre de 2008. y de otra: D. Joaquín Juan Agüera, mayor de edad, con domicilio a efectos presentes en el Parque Tecnológico de Fuente Álamo, carretera El Estrecho-Lobosillo, Km.2,5, 30320, Fuente-Álamo, (Murcia), con D.N.I. núm. 22928174-A, en nombre y representación de la Sociedad Parque Tecnológico de Fuente Álamo, S.A., con CIF A-30745004, en su calidad de Director General, nombramiento aprobado en el Consejo de Administración de la Sociedad celebrado el 15 de mayo de 2007 y según poderes otorgados y elevados a Escritura Pública ante el Notario don Antonio Izquierdo Rozalén, n.° 2634 de 2 de julio de 2007, con facultades para suscribir el presente convenio, Intervienen en nombre de las instituciones que representan y Manifiestan 1. Que La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, conforme establece su Estatuto de Autonomía en el artículo 10.1.15 tiene la competencia exclusiva en el fomento de la cultura y de la investigación científica y técnica, en coordinación con el Estado, especialmente en materias de interés para la Región de Murcia. En su desarrollo, la Ley 8/2007, de 23 de abril, de Fomento y Coordinación de la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, regula la actuación de la Comunidad Autónoma en ese ámbito, con el fin de impulsar el desarrollo económico, social y cultural de la Región de Murcia, teniendo entre sus fines la efectiva cooperación y coordinación en materia de I+D+i entre las administraciones públicas, las empresas, las universidades y los centros de investigación radicados en la Región. En la referida Ley se establece que la Comunidad Autónoma articulará mecanismos específicos para fomentar y apoyar las actuaciones de empresas, universidades, centros de investigación y centros tecnológicos, promoviendo la financiación adecuada a tales fines. 2. Que la ordenación, sistematización y coordinación de las actuaciones de la Comunidad Autónoma en materia de I+D+I se realizará a través del Plan Regional de Ciencia y Tecnología, con el objetivo básico la mejora del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación. A través de convenios de colaboración con los agentes del sistema de ciencia y tecnología se promoverá la coordinación y cofinanciación de actividades en torno a los objetivos definidos en el citado Plan. 3. Que el Plan de Ciencia y Tecnología Región de Murcia 2007-2010, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma el 19 de enero de 2007, en su Eje de Actuación 3 ?Murcia Investiga?, Programa 3.3. ?Infraestructuras de investigación? contempla, entre sus acciones prioritarias el fomento de los Parques Científicos y Tecnológicos, como espacios de innovación compactos dedicados a promover el desarrollo tecnológico y la innovación territorial, fomentar el flujo de conocimiento y tecnología entre las universidades y otros agentes del sistema y las empresas. 4. Que en el mismo Plan, en el Eje de Actuación 4 ?Murcia Innova?, Programa 4.1 ?Innovación Empresarial?, se determina que la interconexión de las cadenas de valor y la creación de nuevos entornos de colaboración entre el sector productivo y los distintos agentes del sistema regional de ciencia- tecnología-empresa, resulta decisiva para el desarrollo de estrategias tecnológicas bien definidas, siendo uno de sus objetivos estrechar los vínculos de las empresas con los centros de producción del conocimiento, a través, entre otras acciones prioritarias, de la cooperación innovadora. Las sinergias entre el entorno productivo y los otros agentes del Sistema de I+D+i de la Región de Murcia, resultan decisivas para incrementar la productividad del sector empresarial y la competitividad, siendo los Parques Tecnológicos el lugar idóneo para establecer esas sinergias, fomentando el flujo de conocimiento y tecnología. 5. Que el Parque Tecnológico de Fuente Álamo es una Sociedad Anónima, que tiene por objeto el desarrollo y promoción de un Parque Tecnológico, estando involucrado activamente en el desarrollo de la capacidad de I+D+I de la Región de Murcia como agente del Sistema Ciencia, Tecnología e Innovación para la ejecución del Plan de Ciencia y Tecnología Región de Murcia 2007-2010. 6. Que la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, es el departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia competente para proponer, desarrollar y ejecutar las funciones y directrices del Gobierno, en materia de fomento y coordinación de la investigación científica y uno de los órganos encargados de la gestión y ejecución del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2007-2010 aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 19 de enero de 2007. 7. Que la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación y el Parque Tecnológico de Fuente Álamo es de especial importancia para la realización y cumplimiento de sus respectivas funciones y fines en el campo de la de investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica y, además, se enmarca dentro de los objetivos del Plan de Ciencia y Tecnología 2007-2010, buscando potenciar el desarrollo de proyectos de innovación, a través de las empresas tecnológicas del Parque, especialmente en las áreas estratégicas definidas en el Plan y fomentando la difusión y promoción de la investigación y la innovación. 8. Que por decreto n.º 428/2008, de 7 de noviembre, se han establecido las normas especiales reguladoras de la concesión directa de una subvención al Parque Tecnológico de Fuente Álamo a través de un Convenio, para colaborar en la información, promoción y difusión de las actividades tecnológicas y de innovación del mismo, en el marco del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2007-2010. Teniendo en cuenta todo lo que antecede, las partes firmantes suscriben el presente convenio de colaboración con arreglo a las siguientes Cláusulas Primera. Objeto. 1. El objeto del presente convenio es establecer la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación y el Parque Tecnológico de Fuente-Álamo, para colaborar en las acciones de información, promoción y difusión de las actividades tecnológicas y de innovación del mismo, en el marco de las actuaciones del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2007-2010. 2. Las acciones contempladas en este convenio están destinadas a promocionar y difundir los procesos de innovación, los proyectos de investigación, las actividades de formación en el ámbito de las empresas tecnológicas ubicadas en el Parque, constituyendo además un punto de información, dirigido a las empresas, de las actuaciones y convocatorias del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2007-2010. Segunda. Compromisos de las partes. - El Parque Tecnológico de Fuente-Álamo, para el cumplimiento de los fines señalados, se compromete a: 1. Crear en las instalaciones del Parque un punto de información sobre la investigación y los procesos de innovación que se llevan a cabo en las empresas tecnológicas en él ubicadas. 2. Difundir y promocionar entre las empresas ubicadas en el Parque las acciones del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia 2007-2010. 3. Realizar actividades de promoción y difusión de la ciencia, la tecnología y la innovación producida en las empresas y centros ubicados en el Parque, así como de los procesos de transferencia de tecnología. 4. Realizar acciones de formación en gestión de la transferencia de tecnología y de la innovación. 5. Hacer constar expresamente en todos los soportes publicitarios, en los documentos y publicaciones sobre las acciones amparadas en este Convenio, la colaboración en la financiación del mismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, en el marco del Plan Regional de Ciencia y Tecnología 2007, con los correspondientes logos corporativos. 6. Suministrar a la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, a través de la Dirección General de Universidades y Política Científica, toda la información que precise, a los efectos de estudios de prospectiva y estadística. - La Consejería de Universidades, Empresa e Investigación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para el cumplimiento de los fines señalados se compromete a: 1. Transferir a la firma del presente convenio al Parque Tecnológico de Fuente Álamo, CIF: A 30745004, la subvención de 50.000 euros, imputándose el gasto a la partida 15.07.00.542E.477.99, proyecto 38.941 (subproyecto 038941080001), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2008. 2. Realizar las labores de seguimiento de las actuaciones que le corresponden. Tercera. Pago. El pago de la dotación de este convenio se hará por una sola vez tras la concesión de la subvención; previamente el Parque Tecnológico de Fuente Álamo, S.A. tendrá que haber presentado a la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, a través de la Dirección General de Universidades y Política Científica, un Programa de las actuaciones contempladas en el presente Convenio. Cuarta. Comisión de evaluación y seguimiento. La Comisión de Evaluación y Seguimiento creada en el artículo 9.º del citado Decreto n.º 428/2008, de 7 de noviembre, además de todas las funciones que éste le atribuye, interpretará las dudas que puedan surgir respecto al contenido de presente convenio, y velará por la coordinación, desarrollo y ejecución de las actuaciones previstas. La comisión de evaluación y seguimiento estará integrada por dos representantes de cada una de las partes, designados respectivamente por el Consejero de Universidades, Empresa e Investigación y por el Director General del Parque Tecnológico de Fuente Álamo. Dicha comisión será presidida por el Director General de Universidades y Política Científica. La Comisión se reunirá cuando así lo solicite alguna de las partes. Quinta. Vigencia. El presente convenio será efectivo desde la fecha de su firma, y extenderá su vigencia hasta el 30 de marzo de 2009, sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas séptima y octava del mismo. Sexta. Justificación. El plazo para la justificación de la ayuda concedida será de tres meses a contar desde el 30 de marzo de 2009, fecha del final del período de imputación de los gastos. El Parque Tecnológico de Fuente Álamo, S.A. deberá presentar ante la Dirección General de Investigación y Política Científica, la siguiente documentación: 1. Relación detallada de las facturas, o documentos contables de valor probatorio equivalente, justificativas del gasto realizado. 2. En el caso de contratación de personal para la ejecución de las actuaciones previstas en el presente convenio, copia de los contratos y de los documentos justificativos del pago a la Seguridad Social. 3. Dos ejemplares de toda la publicidad que generen las actuaciones previstas en el Convenio. La subvención percibida se justificará en la forma y plazo señalados en el artículo 8 del mencionado Decreto n.º 428/2008, de 7 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de esta subvención. El Parque Tecnológico de Fuente Álamo, S.A. quedará, en todo caso, sujeto a las obligaciones impuestas por el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en lo regulado en el artículo 11 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Séptima. Causas de resolución. El presente Convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas: - Por mutuo acuerdo expreso de las partes. - Por incumplimiento o irregularidades graves en la ejecución del Convenio. - Por las demás establecidas en la legislación vigente. En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso. Octava. Normativa aplicable. Al presente Convenio son aplicables las normas contenidas en el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, en particular, el capítulo V del título II y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Novena. Jurisdicción. El presente Convenio tiene carácter administrativo, por lo que cualquier cuestión litigiosa que pudiera surgir entre las partes en cuanto a su interpretación y cumplimiento, podrá ser resuelta, en última instancia, ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. El desarrollo de los compromisos que figuran en el presente convenio se regirán por el principio de buena fe, y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, por cuadriplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. El Consejero de Universidades, Empresa e Investigación, Salvador Marín Hernández.?Por el Parque Tecnológico de Fuente Álamo, Joaquín Juan Agüera. ??