I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Consumo Servicio Murciano de Salud 4625 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se convoca un puesto de Jefe de Sección de Ginecología del Hospital Universitario ?Santa María del Rosell?. En la actualidad se encuentra vacante un puesto de Jefe de Sección de Ginecología del Hospital Universitario ?Santa María del Rosell?. Como consecuencia de ello, y para asegurar el normal funcionamiento del citado centro, se considera conveniente cubrir el mismo mediante una convocatoria pública que asegure el cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad en el acceso a los puestos de trabajo públicos. A la vista de lo expuesto, previo informe de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 7.2.g) de la Ley 5/2001 de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, Resuelvo 1.º) Convocar, para su provisión en los términos establecidos en la presente convocatoria, un puesto de trabajo de Jefe de Sección de Ginecología del Hospital Universitario ?Santa María del Rosell?. 2.º) La presente convocatoria se regirá por la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, por las siguientes bases específicas, y en su defecto, por la Orden de 7 de noviembre de 2007, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (B.O.R.M. 23.11.2007), Bases específicas 1.ª) PARTICIPANTES. Podrá participar en el presente concurso: a) El personal estatutario fijo perteneciente a las categorías de FEA de Obstetricia y Ginecología y Facultativo Sanitario Especialista/Opción Ginecología, que se encuentre desempeñando o tenga reservada plaza en centros dependientes de los Servicios de Salud que integran el Sistema Nacional de Salud. b) El personal funcionario de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo/Opción Ginecología. c) El personal estatutario y funcionario de las categorías y cuerpos citados en los apartados anteriores, en situación distinta a la de activo y sin reserva de plaza, si reúne los requisitos para incorporarse al servicio activo a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2.ª) SOLICITUDES, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. 2.1. Modelo de solicitud. Para participar en la presente convocatoria se utilizará el modelo de solicitud que figura como anexo I, que será facilitado en cualquiera de las Gerencias de Área, de Atención Primaria y Especializada del Servicio Murciano de Salud, así como en las dependencias de los Órganos Centrales del Servicio Murciano de Salud, ubicadas en la C/ Pinares, n.º 4, planta baja, y Ronda de Levante, n.º 11 planta baja y C/Madre Paula Gil Cano, s/n. Edificio Torre Jemeca, de Murcia. 2.2. Lugar de presentación. Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de las Gerencias de Área, de Atención Primaria y Especializada del Servicio Murciano de Salud, en los Registros Generales del Servicio Murciano de Salud ubicados en la c/ Pinares, n.º 4, planta baja y Ronda de Levante, n.º 11, planta baja, y C/ Madre Paula Gil Cano, s/n. Edificio Torre Jemeca,de Murcia, así como en cualquiera de los órganos y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. A tal efecto, tendrán la consideración de Gerencias del Servicio Murciano de Salud las siguientes: - Hospital Universitario ?Virgen de la Arrixaca? (Ctra. Madrid-Cartagena, km. 7, El Palmar, Murcia) - Hospital General Universitario ?José Mª Morales Meseguer? (Avda. Marqués de los Vélez, s/n, Murcia) - Hospital General Universitario ?Reina Sofía? (Avda. Intendente Jorge Palacios Murcia) - Hospital Psiquiátrico ?Román Alberca? (Ctra de Mazarrón, s/n, El Palmar, Murcia) - Centro Regional de Hemodonación (Ronda Garay, s/n, Murcia) - Gerencia de Atención Primaria de Murcia (Escultor José Sánchez Lozano, 7, Murcia) - Gerencia de Emergencias Sanitarias del 061 (Escultor José Sánchez Lozano, 7, Murcia) - Hospital Universitario ?Santa María del Rosell? (Paseo Alfonso XIII, 61, Cartagena) - Gerencia de Atención Primaria de Cartagena (C/ Cabrera, s/n, Cartagena) - Hospital ?Los Arcos? (Paseo de Colón, 54. Santiago de la Ribera, San Javier) - Gerencia del Área de Salud de Lorca (Hospital ?Rafael Méndez?, Ctra. Nacional 340, km. 589, Lorca) - Gerencia del Área de Salud del Noroeste (Hospital Comarcal del Noroeste, Avda. Miguel Espinosa, 1, Caravaca) - Gerencia del Área de Salud del Altiplano (Hospital ?Virgen del Castillo?, Avda. de la Feria, s/n, Yecla). 2.3. Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes, así como el de la totalidad de los méritos, será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. No obstante, el Proyecto Técnico de Gestión, regulado en el apartado C del anexo II, podrá ser presentado posteriormente, concediéndose a los aspirantes un plazo máximo adicional de 10 días para hacerlo, desde que sean requeridos fehacientemente por la Comisión de Selección para ello. 3.ª) ADMISIÓN DE ASPIRANTES 3.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes al que se refiere la Base 2.ª en su punto 3, el órgano convocante dictará una resolución en el plazo máximo de 20 días, sin perjuicio de las ampliaciones que en su caso procedan, declarando aprobada la correspondiente lista de admitidos y excluidos que será expuesta en los Registros Generales del Servicio Murciano de Salud (sitos en Ronda de Levante n.º 11, en C/ Pinares n.º 4 y C/ Madre Paula Gil Cano, s/n. Edificio Torre Jemeca, de Murcia) y en los Tablones de Anuncios de las Gerencias de Atención Especializada de los hospitales siguientes: Hospital General Universitario ?Reina Sofía?; Hospital ?Los Arcos?; Hospital Universitario ?Virgen de la Arrixaca?; Hospital Universitario ?Santa María del Rosell?; Hospital ?Virgen del Castillo?; Hospital ?Rafael Méndez? y Hospital Comarcal del Noroeste. 3.2. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la exposición de la citada Resolución, para subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión u omisión. 3.3. Las reclamaciones a la lista de admitidos y excluidos se resolverán mediante resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se apruebe, con carácter definitivo, la relación de aspirantes admitidos y excluidos. Dicha resolución será expuesta en los tablones de anuncios a los que se refiere el apartado 1.º de la presente base. 3.4. Contra esta última resolución, los aspirantes excluidos podrán interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Consumo, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su exposición. 4.ª) COMISIÓN DE SELECCIÓN. Para la evaluación de los méritos alegados por los aspirantes admitidos se constituye una Comisión de Selección, que estará compuesta por: - Presidente: - Titular: D.ª Josefa García García - Suplente: D. Manuel Ángel Moreno Valero - Vocal 1.º: - Titular: D. Diego Rodríguez López - Suplente: D. Cristóbal Fábregas Belver - Vocal 2.º: - Titular: D. Vicente Herrero Sagastume - Suplente: D. Francisco Barado Sánchez - Vocal 3.º : - Titular: D. Juan José Parrilla Parice - Suplente: D. Francisco Meseguer Peña - Vocal 4.º: - Titular: D. Javier Buitrago Michel - Suplente: D. Ginés Martínez Sánchez - Secretario: - Titular: D.ª Carmen García Hernández - Suplente: D. Ángel García González 5.ª) VALORACIÓN DE MÉRITOS Y RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE LA CONVOCATORIA. 5.1. El procedimiento de selección constará de dos fases, consistentes en: a) Valoración de los méritos contenidos en el curriculum profesional de los aspirantes, relacionados con el perfil del puesto. Dicha valoración se realizará atendiendo al baremo contenido en los apartados A (Formación académica y postgraduada) y B (Méritos profesionales) del anexo II. Dichos méritos se valorarán con referencia al momento de publicación de la convocatoria. b) Valoración de un Proyecto Técnico de Gestión de la Jefatura de Sección de Ginecología del Hospital Universitario ?Santa María del Rosell?, conforme a lo establecido en el apartado C del anexo II. 5.2. Una vez finalizada la fase de valoración, la Comisión de Selección, en el plazo de 2 meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, dictará resolución provisional, en la cual se indicará la puntuación obtenida por cada aspirante y se propondrá para cada puesto de trabajo al candidato que haya obtenido mayor puntuación. En caso de empate, se acudirá para dirimirlo a la puntuación otorgada a los méritos enunciados en el anexo II de la presente convocatoria, acudiendo en primer lugar a los Méritos Profesionales; en segundo al Proyecto Técnico de Gestión y en tercer lugar a la Formación Académica y Postgraduada, siguiendo dentro de cada apartado el orden expresado en el anexo II. Si tras la aplicación de los criterios anteriores continuara el empate en la puntuación, se atenderá a la mayor edad del aspirante y si continuase se desempatará por sorteo. 5.3. La citada resolución provisional será expuesta en los lugares previstos en la base 3.1. Contra la misma, podrán formularse reclamaciones que se dirigirán a la Comisión en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución. A tales efectos, la sede de la Comisión de Selección se fija en la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud (C/ Madre Paula Gil Cano, s/n. Edificio Torre Jemeca, 30009 Murcia) 5.4. Las reclamaciones formuladas contra la resolución provisional serán rechazadas o admitidas por medio de la resolución definitiva de la convocatoria, debiendo la Comisión de Selección dar traslado a los reclamantes de lo acordado por la misma en relación con cada una de las cuestiones planteadas. 6.ª) RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA, NOMBRAMIENTOS Y TOMA DE POSESIÓN. 6.1. La resolución definitiva que dicte la Comisión de Selección constituirá la propuesta de adjudicación y se elevará al Director Gerente del Servicio Murciano de Salud que, conforme a la misma, y en el plazo máximo de quince días, dictará la resolución por la que se nombre al candidato propuesto por la Comisión de Selección para el puesto convocado, resolviendo de esta manera, y con carácter final, la convocatoria. 6.2. La resolución dictada por el Director Gerente del Servicio Murciano de Salud será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en los lugares previstos en la base 3.1 de la convocatoria. 6.3. Conforme a lo dispuesto en el artículo 46.5 de la Ley 5/2001, de 5 de diciembre, de personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, el candidato que resulte seleccionado obtendrá un nombramiento por un período de cuatro años, trascurrido el cual, la Administración, previa evaluación del trabajo desarrollado por su titular, optará por renovar o no el nombramiento por idéntico período, incluyendo la plaza, en este último caso, en una próxima convocatoria. 6.4. Una vez adjudicado, no se podrá renunciar al mismo, salvo que la renuncia viniera motivada por la obtención de otra plaza en virtud de la resolución de otro procedimiento de movilidad voluntaria. 6.5. El plazo para tomar posesión será de tres días si no implica cambio de residencia del interesado y de un mes en caso contrario. Este último plazo se aplicará igualmente cuando el interesado se halle en una situación distinta a la de activo o proceda de otro servicio de salud y no se encuentre ya incorporado a éste por medio de comisión de servicios. Como excepción a esta regla, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 37.3 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el plazo de cese del personal que provenga de otro servicio de salud será de tres días. 6.6. El período de toma de posesión será retribuido, a excepción del fijado para el personal que se halle en una situación distinta a la de activo. 6.7. Dicho plazo se iniciará el día siguiente al del cese, que tendrá lugar, en todo caso, al día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se nombre al candidato seleccionado. 6.8. Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular quien no se incorpore al destino obtenido dentro del plazo establecido o de la prórroga del mismo. No obstante, a petición del interesado, y cuando concurran causas suficientemente justificadas, la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud podrá ampliar el plazo de cese y de toma de posesión. En tal caso, el interesado permanecerá en su puesto de trabajo de origen hasta el día inmediatamente anterior a su incorporación a su nuevo destino. 7.ª NORMA FINAL Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Sanidad y Consumo, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Murcia, 9 de marzo de 2009.?El Director Gerente, José Manuel Allegue Gallego. OJO PDF Anexo II BAREMO DE MÉRITOS APLICABLE A LA CONVOCATORIA DE UN PUESTO DE JEFE DE SECCIÓN DE DE GINECOLOGÍA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO SANTA MARÍA DEL ROSELL. Á) FORMACIÓN ACADÉMICA Y POSTGRADUADA. (Los méritos contenidos en este apartado deberán guardar relación con el puesto a proveer). PUNTUACIÓN MÁXIMA: 40 PUNTOS. Mérito Puntuación máxima Forma de justificación A1. Expediente académico. La valoración de este apartado será el resultado de dividir el total de puntos que se obtenga de conceder a las asignaturas exigidas para la obtención del título de Licenciado exigido en la convocatoria, por el valor que a continuación se indica, por el total de asignaturas. A tales efectos se concederá la siguiente puntuación: - Matrícula de Honor.... 4 puntos. - Sobresaliente.... 3 puntos. - Notable.............. 2 puntos. 4 puntos Certificación académica personal o fotocopia compulsada. A2. Premio extraordinario fin de carrera correspondiente al título exigido en la convocatoria:..... 1 punto. 1 punto Certificación académica personal o fotocopia compulsada. A3. Grado de licenciado: 0,5 puntos. Se añadirá 0,50 puntos más si se hubiera obtenido la calificación de sobresaliente o premio extraordinario. 1 punto Certificación académica personal o fotocopia compulsada. A4. Doctorado. Por haber superado las asignaturas o los cursos monográficos de doctorado o disponer de los créditos que permiten la presentación de la tesis doctoral..... 1 punto. Por el grado de doctor.. 2 puntos. Por el grado de doctor con la calificación de sobresaliente o ?cum laude?...... 3 puntos. (Los distintos subapartados de este mérito son incompatibles entre sí). 3 puntos Certificación académica personal o fotocopia compulsada del título. A5. Formación continuada. Realización de cursos que reúnan alguno de los siguientes requisitos: - Que hayan sido impartidos por la Administración Pública u organismos dependientes de la misma. - Que lo hayan sido por otras entidades distintas a las anteriores, siempre que haya existido participación de la Administración Pública o de los organismos dependientes de la misma a través de cualquier tipo de colaboración. - Que hayan sido impartidos por Sociedades Científicas. - Que hayan sido declarados de interés científico o sanitario por cualquier Administración Pública. Se otorgará 1 punto por cada 100 horas lectivas. Las fracciones de dicha cifra se valorarán de forma proporcional. 5 puntos - Diploma o certificado expedido por el organismo que organizó el curso en el que se acredite la realización del mismo, o fotocopia compulsada. A6. Por haber obtenido el título de especialista correspondiente al puesto al que se opta tras haber superado el período completo de formación como residente o bien un período equivalente de formación en centro con programa reconocido para la docencia de postgrado, de conformidad todo ello con la Directiva 93/16 CE, de 5 de abril...... 10 puntos. 10 puntos - Certificado de haber realizado el período de formación como residente. A7. Por haber obtenido el título de especialista correspondiente al puesto al que se opta por un procedimiento distinto al anterior. 3 puntos - Título académico o fotocopia compulsada. A8. Presentación de ponencias o comunicaciones. - Por cada ponencia o comunicación sobre materias sanitarias, presentada a Congresos, Jornadas o Reuniones Científicas convocadas por entidades oficiales nacionales o extranjeras: - Hasta el tercer firmante.... 0,10 puntos. - A partir del cuarto firmante...0,05 puntos. 3 puntos - Certificado del organismo encargado de la organización del Congreso, Jornada o Reunión Científica o fotocopia compulsada. A9. Publicaciones científicas relativas a la especialidad de que se trate, de acuerdo a las siguientes reglas: a) En revistas no incluidas en repertorios bibliográficos internacionales (SCI): - Hasta el tercer firmante....0,20 - A partir del cuarto firmante...0,10 b) En revistas incluidas en repertorios bibliográficos (SCI): - Hasta el tercer firmante...0,40 - A partir del cuarto firmante..0,30 Se añadirá a la puntuación un 10% del factor de impacto de las publicaciones. c) Por cada capítulo de libro sobre la especialidad publicado y distribuido por empresas editoriales de ámbito nacional o internacional (ISBN): - Hasta el tercer firmante....0,30. - A partir del cuarto firmante...0,20 d) Por cada libro que reúna los requisitos antes citados: - Como primer autor o director:.... 2 puntos. - Resto de autores.... 1 punto. 10 puntos Ejemplares correspondientes. (Los trabajos científicos pendientes de publicación se justificarán mediante el certificado de aceptación del editor de la publicación). A10. Por participación en proyectos y becas de investigación, 0,65 puntos por año. - Por cada premio de investigación.... 0,20 puntos y 0,40 puntos si figura como investigador principal. 2 puntos Certificados expedidos por el organismo correspondiente. A11. Otros méritos académicos o científicos no valorados en apartados anteriores. 3 puntos Por cualquiera de los medios que permita justificar la existencia del mérito alegado. B) MÉRITOS PROFESIONALES. MÁXIMO: 60 PUNTOS. Mérito Puntuación máxima Forma de justificación B1. Por cada mes de servicios prestados como Facultativo Especialista de Área o Médico Adjunto en cualquier Administración Pública en la especialidad correspondiente al puesto a cubrir..... 0,15 puntos. 40 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal del organismo correspondiente. (Se valorarán de oficio, sin necesidad, por lo tanto de que los interesados aporten ningún documento acreditativo, los servicios prestados para el Servicio Murciano de Salud, incluidos los correspondientes a los centros transferidos del Insalud por medio del R.D. 1474/2001, de 27 de diciembre). B2. Por cada mes de servicios prestados como Jefe de Sección en cualquier Administración Pública en la especialidad correspondiente al puesto a cubrir... 0,30 puntos. 40 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal del organismo correspondiente. (Se valorarán de oficio, sin necesidad, por lo tanto de que los interesados aporten ningún documento acreditativo, los servicios prestados para el Servicio Murciano de Salud, incluidos los correspondientes a los centros transferidos del Insalud por medio del R.D. 1474/2001, de 27 de diciembre). B3. Por cada mes de servicios prestados como Jefe de Servicio en cualquier Administración Pública en la especialidad correspondiente al puesto a cubrir 0,40 puntos. 40 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal del organismo correspondiente. (Se valorarán de oficio, sin necesidad, por lo tanto de que los interesados aporten ningún documento acreditativo, los servicios prestados para el Servicio Murciano de Salud, incluidos los correspondientes a los centros transferidos del Insalud por medio del R.D. 1474/2001, de 27 de diciembre). B4) Por cada mes de servicios prestados en la modalidad de cupo en puestos correspondientes a la especialidad del puesto convocado..... 0,05 puntos por mes. 10 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal del organismo correspondiente. (Se valorarán de oficio, sin necesidad, por lo tanto de que los interesados aporten ningún documento acreditativo, los servicios prestados para el Servicio Murciano de Salud, incluidos los correspondientes a los centros transferidos del Insalud por medio del R.D. 1474/2001, de 27 de diciembre). B5. Por cada mes de servicios prestados en puestos de naturaleza directiva (Director Gerente, Subdirector Gerente, Director Médico, Subdirector Médico u otros de naturaleza análoga) en cualquier Administración Pública...... 0,30 puntos por mes. 25 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal del organismo correspondiente. (Se valorarán de oficio, sin necesidad, por lo tanto de que los interesados aporten ningún documento acreditativo, los servicios prestados para el Servicio Murciano de Salud, incluidos los correspondientes a los centros transferidos del Insalud por medio del R.D. 1474/2001, de 27 de diciembre). B6. Por cada mes de servicios prestados como Profesor Titular o Ayudante en cualquier Universidad Pública... 0,15 puntos por mes. (En caso de que dicho período coincida con la prestación de servicios en un hospital público como Facultativo Especialista de Área, Médico Adjunto, Jefe de Sección o Jefe de Servicio vinculado al amparo de convenios suscritos por aplicación del R.D. 1558/1986, de 28 de junio, se valorará únicamente la puntuación que corresponda por los apartados B1,B2 o B3). 40 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal de la Universidad correspondiente. B7. Por cada mes de servicios prestados como Catedrático en cualquier Universidad Pública.... 0,40 puntos. (En caso de que dicho período coincida con la prestación de servicios en un hospital público como Facultativo Especialista de Área, Médico Adjunto, Jefe de Sección o Jefe de Servicio vinculado al amparo de convenios suscritos por aplicación del R.D. 1558/1986, de 28 de junio), se valorará únicamente la puntuación que corresponda por los apartados B1, B2 o B3). 40 puntos. - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal de la Universidad correspondiente. B8. Por cada mes de servicios como Profesor Asociado en cualquier Universidad Pública..... 0,05 puntos por mes. 10 puntos - Certificado expedido por el responsable de la gestión de personal de la Universidad correspondiente. C) PROYECTO TÉCNICO DE GESTIÓN CORRESPONDIENTE AL PUESTO DE JEFE DE SECCIÓN DE GINECOLOGÍA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO SANTA MARÍA DEL ROSELL. PUNTUACIÓN MÁXIMA: 60 PUNTOS. El proyecto se valorará atendiendo, principalmente, a los siguientes criterios: - Grado de liderazgo del candidato en el proyecto. - Grado de coherencia del proyecto y su integración en los objetivos y estrategias del hospital y del Servicio Murciano de Salud. - Estructura lógica en su planteamiento. - Definición y desarrollo de los procesos propuestos. - Relevancia del proyecto para los ?grupos de interés? (pacientes y usuarios, profesionales, administración, proveedores, sociedad, etc.). - Sistema de despliegue e implantación. - Grado de documentación del proyecto. - Claridad en la exposición. A-250309-4625