III. Administración de Justicia De lo Social número Dos de Murcia 15738 Autos 345/2009. N.I.G.: 30030 44 4 2009 0002483 01000 Materia: Ordinario. Demandante: D. Francisco Morales Franco. Demandado/s: Fogasa Fondo de Garantía Salarial, Delta Tenerias S.L. Don Fernando Cabadas Arquero, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento demanda 345/2009 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de Francisco Javier Morales Franco contra la empresa Delta Tenerias S.L., sobre cantidad, en el que con fecha 8/2/10 y con n.º 50/10 se ha dictado Sentencia cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: Fallo. Que estimando la demanda formulada por D. Francisco Morales Franco y Otros, contra Delta Tenerias, S.L., y Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Delta Tenerias, S.L., a que por los conceptos antes expresados abone a los demandantes las siguientes cantidades más el 10% por mora en el pago: A don Bartolomé Martínez Rodríguez: 6.755,75 euros. A don Francisco Morales Franco y a don José Sánchez Martínez: 6.097,68 euros a cada uno de ellos. A don Sebastián Cuadrado Lario, don Bautista García Sánchez, don Manuel Campoy López y don Pedro Munuera Martínez: 5.897,45 euros a cada uno de ellos. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fogasa dentro de los límites legales. Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber el derecho que les asiste para recurrir contra la misma en recurso de suplicación, para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el plazo de cinco días a contar del siguiente al de su notificación, anunciándolo ante este Juzgado de lo Social. Y en cuanto a la condenada al pago (en el caso de que el recurrente sea la Empresa demandada) que para hacer uso de este derecho deberá ingresar la cantidad a que el Fallo se contrae, en la cuenta establecida por este Juzgado de lo Social en la O.P. del Banesto, c.c. número 3093.000065.0345.09 en esta Capital, sita en Avda. Libertad, s/n, Edf. Clara, acreditándolo mediante el oportuno resguardo. Asimismo deberá efectuar un depósito de ciento cincuenta con veinticinco euros (veinticinco mil pesetas), en la misma Entidad Bancaria, c.c. número 3093.000067.0345.09. Se advierte a las partes recurrentes y recurridas que deberá hacer constar, en los escritos de interposición del Recurso y de impugnación del mismo, un domicilio en la Sede de la Sala de lo Social, antes indicada, a efectos de notificación para dar cumplimiento al art. 196 de la vigente Ley de Procedimiento Laboral. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación: En la misma fecha fue leída y publicada la anterior resolución por el Ilmo. Sr/a. Magistrado que la dictó, celebrando Audiencia Pública. Doy fe. Diligencia: Seguidamente se procede a cumplimentar la notificación de la anterior resolución. Doy fe. Y para que le sirva de notificación en legal forma a Delta Tenerias S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. En Murcia a, 9 de septiembre de 2010.—El Secretario Judicial. A-180910-15738