III. Administración de Justicia Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Social de Murcia De lo Social número Cuatro de Murcia 2008 Despido/ceses en general 1.150/2010. NIG: 30030 44 4 2010 0008757 N28150 N.º Autos: Despido/Ceses en General 1.150/2010 Demandante/s: Aicha Abid, Bronius Guiga, Concepción Ros Pino, Fatiha Lahrir, Fátima Chaou, Gloria Janeth Pena Quintero, Hassania Fridy, Joaquina Rojo Sánchez, Karina Isabel Giler Saltos, Leonid Kireev, Luis Julián Sánchez Jaramillo, M.ª Del Rosario Rodríguez Seano, M.ª Encarnación Sánchez Lopez, M.ª Eugenia Atencia Yanza, M.ª Rosa Caravaca López, María Jiménez Moñino, Nazha Hilmi Ep Benjani, Olga Kireeva, Rosana Vanesa Parrales Morocho, Samira Fekkak, Vanesa Fenoll Lorente, Nadia Dahou Ep Roufi, Zahra Hajjoub, Richard EdixoN Campoverde Castro. Abogado/a: Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez, Alfredo Lorente Sánchez. Demandado/s: FOGASA Fondo de Garantía Salarial, Santomera Agrícola Export S.A. Doña María del Carmen Ortiz Garrido, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 1.150/2010 de este Servicio Común de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª Aicha Abid, Bronius Guiga, Concepción Ros Pino, Fatiha Lahrir, Fatima Chaou, Gloria Janeth Pena Quintero, Hassania Fridy, Joaquina Rojo Sánchez, Karina Isabel Giler Saltos, Leonid Kireev, Luis Julián Sánchez Jaramillo, M.ª del Rosario Rodríguez Seano, M.ª Encarnación Sánchez Lopez, M.ª Eugenia Atencia Yanza, M.ª Rosa Caravaca López, María Jiménez Moñino, Nazha Hilmi Ep Benjani, Olga Kireeva, Rosana Vanesa Parrales Morocho, Samira Fekkak, Vanesa Fenoll Lorente, Nadia Dahou Ep Roufi, Zahra Hajjoub, Richard EdixoN Campoverde Castro Contra La Empresa Fogasa Fondo de Garantía Salarial, Santomera Agriíola Export S.A., sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Acuerdo: - Admitir la demanda presentada. - Señalar para el próximo día7/03/2011 a las 11:55, para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a Judicial, y a las 12:00 para la celebración, en su caso, del acto de juicio. -Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el/la Secretario/a Judicial en el primer caso y el/la Magistrado/a Juez en el segundo, tener al actor por desistido de su demanda; y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía. - Respecto al Primer Otrosí, Se tienen por hechas las manifestaciones. - Respecto al segundo otrosí, que la mercantil demandada aporte: - Certificado de todos los días trabajados de los trabajadores que constan en el encabezamiento de la presente demanda, desde que empezaran su relación laboral con la empresa, hasta la fecha del despido. Todos los contratos de trabajo firmados entre la demandada y los actores. Primer certificado inicial de alta en la empresa. - Respecto al tercer otrosí, Confesión judicial en la persona del legal representante de la empresa demandada, teniéndose por manifestadas las de los apartados siguientes. sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, art. 87 de la LPL - Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a SSª del señalamiento efectuado. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Y para que sirva de notificación en legal forma a Santomera Agrícola Export S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a 1 de febrero de 2011.?El/La Secretario/a Judicial. A-100211-2008