III. Administración de Justicia Primera Instancia número Tres de Cartagena 11189 Procedimiento ordinario 1.502/2012. N28040 N.I.G.: 30016 42 1 2010 0007360 Procedimiento ordinario 1.502/2010 Sobre otras materias De doña Isabel Meroño Roselló Procurador Sr. Diego Frías Costa Contra Playa Honda, S.A., J. Morales y Construcciones, S.L. Don José Miguel García Pérez, Secretario Judicial, del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Cartagena, por el presente, En el presente procedimiento seguido a instancia de Isabel Meroño Roselló frente a Playa Honda, S,A,, J. Morales y Construcciones, S.L. se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente: S e n t e n c i a En Cartagena, a cinco de junio de dos mil doce. Vistos por Doña Rosario Gómez Soto, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Cartagena, los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado a instancia de doña Isabel Meroño Roselló representada por el Procurador don Diego Frías Costa y defendida por la Letrada doña Ana Mourenza Vázquez contra Playa Honda, S.A. y J. Morales y Construcciones, S.L. en situación de rebeldía procesal, sobre acción declarativa de dominio. Parte dispositiva 1.- Se estima la demanda interpuesta por el Procurador D. Diego frías Costa en nombre y representación de doña Isabel Meroño Roselló contra Playa Honda, S.A. y J. Morales y Construcciones, S.L., declarando la adquisición del dominio de la finca urbana sita en la Urbanización Playa Honda, de Cartagena, descrita en el fundamento de derecho primero de la presente resolución, e inscrita como finca registral n.º 16.854 del Registro de la Propiedad nº 2 de La Unión, a favor de Doña Isabel Meroño Roselló, ordenando la inscripción registral de la finca a favor de la demandante, condenando a la mercantil J. Morales y Construcciones, S.L. a estar y pasar por la anterior declaración, así como a abstenerse de realizar actos que puedan perturbar la titularidad y la posesión de la demandante. 2.- Se imponen las costas causadas en el presente procedimiento a la parte demandada. Y encontrándose dicho demandado, Playa Honda, S.A., J. Morales y Construcciones, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo. Cartagena, 28 de junio de 2012.?El Secretario Judicial. A-180712-11189