I. Comunidad Autónoma 4. Anuncios Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio 15980 Edicto por el que se notifica resolución definitiva del expediente sancionador SAC.00006/2012 por no poderse practicar la notificación en el domicilio obrante en el expediente. En uso de las competencias atribuidas por el artículo 256.3 del Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de Junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, en relación con el artículo 189 del Reglamento de Costas, la Dirección General de Transportes y Puertos ha acordado la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe, en el expediente sancionador SAC00006/2012 por infracción a la Legislación de Costas, incoado a D. Berbel Berbel, Antonio, cuyo último domicilio conocido es en Cl., la Paz 3.º B 30150 La Alberca, Murcia. Asimismo, y para que conste y sirva de notificación legal en los términos del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de la resolución del referido expediente sancionador, puesto que se ha intentado la notificación sin efecto, se inserta el presente en el BORM, haciendo saber al interesado que contra la resolución que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio en el plazo de un mes, computado a partir del dia siguiente de la publicación del presente Edicto. Parte dispositiva ?Primero.- Imponer a D. Berbel Berbel, Antonio, una multa de 1.571,35 euros. Segundo.- Una vez firme la presente Resolución, se dictará la oportuna Liquidación, indicando el plazo de ingreso en periodo voluntario y forma de hacerlo, por lo que no debe proceder al ingreso de la sanción-multa hasta no recibir la notificación de la citada Liquidación. Tercero.- Requerir a D. Berbel Berbel, Antonio para que en el plazo de diez días a un mes, presente solicitud de legalización de las obras efectuadas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 de la Ley de Costas y 48 del Reglamento, o en caso contrario, deberá proceder en igual plazo a la demolición de las obras efectuadas, advirtiéndole que en caso contrario, podrá acordarse la ejecución por cualquiera de los medios previstos en el artículo 107 de la Ley de Costas?. Murcia, a 22 de octubre de 2012.?El Director General de Transportes y Puertos, Antonio Sergio Sánchez-Solís de Querol. A-081112-15980