III. Administración de Justicia De lo Social número Veintiséis de Madrid 16346 Demanda 661/2012. N.I.G.: 28079 4 0028332 /2012 07410 N.° Autos: Demanda 661/2012. Materia: Despido. Demandante: Frida Muntion Villoslada. Demandado/s: Antonio Hipólito Agulló de la Prida Cesser Informática y Organización S.L., Multiservicios Telemáticos S.L. Don Fernando Alonso de Lera, Secretario del Juzgado de lo Social n.° 26 de Madrid. Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D.ª Frida Muntion Villoslada contra Antonio Hipólito Agulló de la Prida Cesser Informática y Organización S.L., Multiservicios Telemáticos S.L., en reclamación por despido, registrado con el n.° 661/2012 se ha acordado citar a Multiservicios Telemáticos S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 12 diciembre 2012 a las 10:30 horas, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio,que tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 26 sito en C/ Princesa 3-8.°, Madrid debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento. Y para que sirva de citación a Multiservicios Telemáticos S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios. En Madrid a 23 de octubre de 2012. N.I.G.: 28079 4 0028332 /2012 07320 N.° Autos: Demanda 661 /2012. Materia: Despido. Demandante: Frida Muntion Villoslada. Demandado/s: Cesser Informática y Organización S.L., Multiservicios Telemáticos S.L. Fecha de juicio: 12 diciembre 2012 a las 10:30 horas. Cédula de citación En Madrid a 8 de junio de 2012. En el proceso tramitado por este Juzgado de lo Social en base a la demanda presentada por D.ª Frida Muntion Villoslada contra Cesser Informática y Organización S.L., Multiservicios Telemáticos S.L., en materia de despido se ha dictado resolución de esta misma fecha cuya copia literal se acompaña. De conformidad con los Art. 82.3 y 83 de la L.R.J.S., se hace constar que los actos de conciliación y juicio no podrán suspenderse por incomparecencia del demandado, así como que los litigantes han de concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intentan valerse. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía. Y para que sirva de notificación y citación a V.d., expido la presente en Madrid, 8 junio 2012.?El Secretario Judicial. Advertencia.- Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que le ocasionen. N.I.G.: 28079 4 0028332 /2012 YM374 N.° Autos: Demanda 661 /2012. Materia: Despido. Demandante: Frida Muntion Villoslada. Demandado/s: Cesser Informática y Organización S.L., Multiservicios Telemáticos S.L. Diligencia.- En Madrid, a 8 de junio de 2012. La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que con fecha 6/6/2012 ha correspondido a este Juzgado de lo Social, por el turno de reparto, la demanda presentada por D.ª Frida Muntion Villoslada contra Cesser Informática y Organización S.L.,, Multiservicios Telemáticos S.L., en materia de despido. De lo que doy cuenta a S.Sª. Doy fe. Decreto: Secretario Judicial D. Fernando Alonso de Lera. En Madrid, a ocho de junio de 2012. Antecedentes de hecho Primero.- En fecha 6/6/2012 ha tenido entrada en esta oficina demanda presentada a instancia de D.ª Frida Muntion Villoslada frente a Cesser Informática y Organización S.L., y Multiservicios Telematicos S.L. Fundamentos de derecho Primero.- Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados que la parte demandante reúne formalmente los requisitos de capacidad y/o representación, necesarios para comparecer en juicio, conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la L.E.C, así como las requeridas en el art. 80 de la LRJS. Segundo.- Por lo expuesto, procede la admisión a trámite de la demanda y dése traslado y cítese a las partes, señalándose día y hora para la vista. Y habiéndose solicitado la Documental. Tercero.- Conforme al art. 90.3 de la LRJS, las partes podrán solicitar, al menos con cinco días de antelación a la fecha del juicio, aquellas pruebas que, habiendo de practicarse en el mismo, requieran diligencias de citación o requerimiento siendo labor del Secretario Judicial facilitar la admisión y práctica en el acto del juicio de los medios de prueba anunciados por la parte. Parte dispositiva Acuerdo: 1.- Admitir a trámite la demanda presentada a instancia de Frida Muntion Villoslada frente a Cesser Informática y Organización S.L., y Multiservicios Telemáticos S.L., en materia de despido que se sustanciará por las reglas de la demanda. 2.- Requerir la documental solicitada en la demanda sin perjuicio de criterio de S.S.ª el/la Magistrado en el acto del juicio y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el próximo día 12 diciembre 2012 a las 10:30 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado sita Madrid, C/ Princesa, 3 8.ª planta. En la cédula de citación a las partes se consignarán las siguientes advertencias y apercibimientos: A la parte demandante, que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda. A la parte demandada, que conforme a lo preceptuado en el art. 21.2 de la LRJS, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda. Asimismo, el demandado pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse. Se indicará también a las partes, que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de cinco días anteriores a la fecha de juicio, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al art. 90.3 de la LRJS. Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la L.E.C.). Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (Artículo 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).?El Secretario. A-141112-16346