I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 18720 Resolución de 18 de diciembre de 2012 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del ?Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y Microsoft Ibérica, S.R.L., para el apoyo al alumnado y al profesorado, con la realización de actividades educativas relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en Centros Educativos Dependientes de la Consejería de Educación, Formación y Empleo?. Con el fin de dar publicidad al ?Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y Microsoft Ibérica, S.R.L., para el apoyo al alumnado y al profesorado, con la realización de actividades educativas relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Formación y Empleo?, suscrito el 31 de octubre de 2012 por el Consejero de Educación, Formación y Empleo y teniendo en cuenta que tanto el objeto del Convenio como las obligaciones establecidas en el mismo regulan un marco de colaboración que concierne al interés público de esta Consejería, y a los efectos de lo dispuesto en el art. 14 del Decreto Regional 56/1996, de 24 de julio, sobre tramitación de los Convenios en el ámbito de la Administración Regional, Resuelvo Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia del ?Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y Microsoft Ibérica, S.R.L., para el apoyo al alumnado y al profesorado, con la realización de actividades educativas relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Formación y Empleo? que se inserta como Anexo. Murcia, 18 de diciembre de 2012.?El Secretario General, Manuel Marcos Sánchez Cervantes. Anexo Convenio Marco de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y Microsoft Ibérica, S.R.L., para el apoyo al alumnado y al profesorado, con la realización de actividades educativas relacionadas con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en Centros Educativos Dependientes de la Consejería de Educación, Formación y Empleo En Murcia, a 31 de octubre de 2012 Reunidos De una parte, el Excmo. Sr. D. Constantino Sotoca Carrascosa, Consejero de Educación, Formación y Empleo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en representación de ésta y en virtud del artículo 16.2.a) y ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, especialmente facultado para este acto en virtud de la autorización del Consejo de Gobierno, de fecha 21 de septiembre de 2012. De otra parte, D.ª María Luisa Garaña Corces, en su condición de Apoderada de la Entidad Mercantil de nacionalidad Española, denominada ?Microsoft Ibérica, S.R.L.? Unipersonal, con domicilio social en Pozuelo de Alarcón, Paseo del Club Deportivo, número 1, 28223 Madrid y C.I.F. número B78603495, haciendo uso de las facultades que se le tienen conferidas en escritura otorgada ante el Notario de Madrid D. José Manuel Rodríguez-Escudero Sánchez el cuatro de agosto de dos mil ocho, con el número 2.355 de su protocolo. Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto Manifiestan Primero.- La Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio de 1982, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, determina en su artículo 16.1 que ?corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, y sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 y de la alta inspección para su cumplimiento y garantía?. Mediante Real Decreto 938/1999, de 4 de junio se traspasan a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de Enseñanza no Universitaria. Segundo.- El Grupo Microsoft es un grupo empresarial de referencia a nivel mundial en lo que se refiere a la investigación, desarrollo e implantación de tecnologías de la información, que dedica especial interés y recursos a los aspectos de dichas tecnologías que se refieren a la educación. El Grupo Microsoft tiene asimismo el firme compromiso de colaborar activamente con los poderes públicos en la tarea de facilitar el acceso de los centros de enseñanza de la Región de Murcia a las últimas tecnologías y a programas, aplicaciones y servicios de Microsoft con el objetivo de combatir el fracaso escolar y aumentar los logros educativos del alumnado. Tercero.- El Gobierno de la Región de Murcia está llevando a cabo, a través de la Consejería de Educación, Formación y Empleo un conjunto importante de acciones que pretenden la integración de las tecnologías de la información y la comunicación en la comunidad educativa, tales como: 1. El despliegue de la red tecnológica educativa, que permite conectividad de banda ancha a todos los centros educativos. 2. Creación y desarrollo del portal educativo www.educarm.es y puesta a disposición de un amplio paquete de contenidos educativos digitales. En dichas acciones, la implantación de la denominada Sociedad de la Información en el ámbito educativo es un objetivo prioritario, en primer lugar, por la necesidad de que las nuevas generaciones que se forman en nuestros centros escolares dispongan de las cualificaciones técnicas que demanda el mundo laboral y, en segundo lugar, por las mejoras de la calidad de la enseñanza derivadas del uso de las nuevas tecnologías en el sistema educativo. La formación de los jóvenes es una autopista hacia el empleo de calidad y hacia la plena ciudadanía. Uno de los requisitos imprescindibles para que la sociedad murciana siga avanzando sin volver a perder el paso de las sociedades más desarrolladas es disminuir las tasas de fracaso y abandono escolar y facilitar el acceso a titulaciones posobligatorias. Cuarto.- Que, en este contexto, las partes desean sentar las bases de su colaboración en materia de educación y especialmente en la universalización del éxito escolar, contemplando la posibilidad de llevar a cabo diversos programas de ayuda a la dotación de infraestructura tecnológica de los centros educativos, así como diversos programas docentes y complementarios con los que se incentive el uso de las nuevas tecnologías en las aulas, se promueva la participación de los profesores en dichas tareas y se destine un esfuerzo especial en el fomento de la utilización de las nuevas tecnologías y plataformas educativas en los focos del alumnado con problemas de motivación, adaptación y atención; marginación o por las personas que, por razón de minusvalía o discapacidad, merecen una atención especial. Quinto.- Mediante Resolución 18 de junio de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo se hizo pública la licitación para la selección de entidad o entidades con el que suscribir un convenio en materia de educación, contemplando la posibilidad de llevar a cabo diversos programas de ayuda a la dotación de infraestructura tecnológica de los centros educativos, así como diversos programas docentes y complementarios con los que se incentive el uso de las nuevas tecnologías en las aulas, se promueva la participación de los profesores en dichas tareas y se destine un esfuerzo especial en el fomento de la utilización de las nuevas tecnologías en los focos de marginación o por las personas que, por razón de minusvalía o discapacidad, merecen una atención especial (BORM nº 144, de 23 de junio de 2012). Tras la tramitación del correspondiente procedimiento, mediante Orden del Consejero de Educación, Formación y Empleo de 19 de julio de 2012 la Entidad Mercantil ?Microsoft Ibérica, S.R.L.? ha resultado seleccionada. Sexto.- Que la Consejería de Educación, Formación y Empleo y Microsoft Ibérica, S.R.L., conscientes del especial interés y de la importancia de evaluar los objetivos a alcanzar, desean establecer fórmulas eficaces de colaboración estableciendo el marco en el que se desarrollarán en los Centros Educativos. Por cuanto antecede, se estima oportuna la suscripción del presente convenio marco, con arreglo a las siguientes Cláusulas Primera.- Objeto El objeto del presente Convenio Marco es: - Promover el desarrollo de la Sociedad del Conocimiento a través de un entorno educativo avanzado en los centros de enseñanza, la alfabetización digital como parte del currículum educativo y la formación profesional especializada en tecnologías de la información. - Estimular el avance y desarrollo de programas docentes en centros educativos, en relación con las últimas innovaciones de software en el sector de las tecnologías de la información que ayuden a * Detectar y apoyar precozmente los problemas de aprendizaje que puedan llevar al fracaso escolar. * Avanzar hacia una ?Educación Personalizada? * Sostener al alumnado con más dificultades. * Atender al alumnado con altas capacidades. Asimismo constituye objeto del presente Convenio el establecer las bases sobre las que la Consejería de Educación, Formación y Empleo y el Grupo Microsoft podrán desarrollar su intención de estudiar conjuntamente -y, si procede, llevar a cabo- las concretas acciones de colaboración que acuerden en cada caso. Con esta finalidad, personal de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y Microsoft Ibérica, S.R.L. iniciarán conversaciones, en el marco de la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta, tendentes a identificar más concretamente las acciones de colaboración que se juzguen más oportunas en cada momento. Las concretas acciones de colaboración que se deseen llevar a la práctica requerirán probablemente la firma de los correspondientes contratos o convenios específicos, de conformidad con la normativa que les sea de aplicación. En particular, estos contratos o convenios específicos habrán de ser firmados por la entidad que, dentro de la organización de cada parte, sea competente en cada caso. Eso podrá requerir, por lo que respecta a Microsoft, que el contrato o convenio específico sea firmado por Microsoft Ibérica o por otra entidad del Grupo Microsoft. A los efectos de este Convenio, las expresiones ?Microsoft? y ?Grupo Microsoft? se refieren indistintamente a la sociedad estadounidense Microsoft Corporation y/o a cualquiera de sus filiales y partners. En este Convenio, Microsoft Ibérica no está representando ni vinculando jurídicamente a ninguna entidad del Grupo Microsoft. Las obligaciones vinculantes que asuman estas entidades serán las que se estipulen en los mencionados contratos o convenios específicos. Segunda.- Áreas de colaboración. Las partes han identificado su interés común en estudiar la posibilidad de colaborar en las iniciativas que se expresan a continuación. La enumeración y descripción de estas iniciativas no excluirá en ningún caso que las partes puedan plantearse el análisis de otras posibles formas de colaboración en otro tipo de iniciativas o proyectos que puedan ser propuestos dentro del marco del presente Convenio Marco. 1. Facilitar la adquisición de las últimas versiones de software a los centros educativos Esta iniciativa tiene por objeto poner las últimas versiones del software de Microsoft a disposición de los centros educativos públicos que se encuentren bajo la competencia de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, mediante el contrato de licencia a celebrar con la correspondiente sociedad del grupo Microsoft. De este modo, cuando la Consejería de Educación, Formación y Empleo o los centros educativos bajo su competencia sean susceptibles de acceder a beneficios -en materia de precios o de cualquier otro extremo- previstos en una política general o especial de Microsoft o en un acuerdo alcanzado por Microsoft con otra Administración Pública, las partes estudiarán la posibilidad de dicho acceso de conformidad con los términos de la correspondiente política o acuerdo. 2. Formar profesores innovadores Esta iniciativa tiene por objeto ayudar a los profesores a utilizar la tecnología en las aulas y así incrementar su eficacia y mejorar la calidad de la experiencia educativa. En el contexto de esta iniciativa, se contempla la posible participación de la Consejería de Educación, Formación y Empleo en el Programa de Formación de Profesores de Microsoft, para aumentar su conocimiento respecto de nuevos productos y versiones, así como en otros programas innovadores de interés educativo incluidos en el catálogo de Microsoft. Igualmente se contempla la participación de personal de Microsoft en los congresos y citas del profesorado de la Región de Murcia mediante ponencias, cursos y laboratorios. Red de profesores innovadores En particular, Microsoft se compromete a crear una plataforma que soporte la red de profesores innovadores en la Región de Murcia con dos objetivos: · Formación de Profesores en la utilización de las herramientas incluidas en el acuerdo entre la Consejería de Educación y Microsoft. · Creación del grupo de Profesores Innovadores con capacidad de extender el conocimiento en los centros asignados. 3. Formación y certificación en materia de TI para estudiantes Para que los estudiantes de Ciclos Formativos puedan acceder a la formación oficial de Microsoft en ofimática y áreas de alta cualificación técnica (infraestructura TI, seguridad informática, bases de datos, sistemas de mensajería, herramientas y entornos de desarrollo, servicios en la nube, etc.), así como acceder a una certificación avalada por Microsoft que acredite a nivel de la industria sus conocimientos, Microsoft dispone del programa ?Microsoft IT Academy (ITA)?. ITA es un programa de suscripción anual que se adquiere mediante el contrato de licencia a celebrar con la correspondiente sociedad del grupo Microsoft. Hace posible que las instituciones educativas puedan incluir en el currículum de la enseñanza reglada y la formación oficial en tecnologías de Microsoft para estudiantes, y además ofrece una serie de recursos y beneficios relacionados con las tecnologías más punteras para el personal docente. A través del programa IT Academy, Microsoft pone a disposición de los centros los contenidos formativos e información que necesitan para poner en marcha las ofertas de cursos más adecuadas, alinearse con las necesidades de contratación de las empresa y ofrecer en definitiva una experiencia de formación dinámica a una comunidad de estudiantes heterogénea, todo ello en el contexto de una permanente demanda de profesionales formados en las tecnologías más innovadoras de Microsoft. El programa permite a los centros: ? Ofrecer un currículum en tecnologías reconocido a nivel mundial, que permite al estudiante adquirir conocimientos en TI de última generación, de la máxima relevancia de cara a su actividad laboral. ? Proporcionar recursos de formación online avanzados que permiten el desarrollo formativo en cualquier momento y lugar, tanto para el estudiante, con contenidos prácticos, como para el desarrollo profesional del profesor. ? Vincular la formación académica a las necesidades laborales reales lo que permite a los estudiantes finalizar sus ciclos formativos con los conocimientos en TI que necesitan para obtener el éxito en el mercado laboral actual. ? Crear una fuerza de trabajo de alto nivel para las empresas desarrollando una comunidad de candidatos disponibles con formación y conocimientos tecnológicos válidos para cubrir la demanda de las empresas ? Conectar a estudiantes y profesores con Microsoft para mantener un contacto duradero a nivel personal y profesional que permita el desarrollo permanente de sus habilidades y conocimientos tecnológicos. Las actuaciones de Microsoft para la realización de esta colaboración serán las siguientes: Microsoft apoyará la puesta en marcha del programa Microsoft IT Academy en la totalidad de Centros Educativos que imparte Ciclos Informativos de la familia de Informática de la Comunidad, a través del asesoramiento de su partner especializado en esta área, ProjecteUniversitat Empresa (PUE). PUE realizará una sesión de formación para los administradores del programa de los centros, y les orientará y asesorará sobre la forma de sacarle el mayor partido a los beneficios del programa para los centros. Conjuntamente con la Consejería de Educación, orientará a los centros sobre las opciones para incorporar los contenidos disponibles en ITA en su curriculum. Asimismo, a los centros que deseen ofrecer también exámenes de certificación para sus alumnos, les orientará sobre los mecanismos disponibles para hacerlo. 4. Software de desarrollo profesional gratuito para los estudiantes Con el objetivo de impulsar el acercamiento de los estudiantes en el área de las TI al entorno profesional y así facilitar su incorporación al mercado laboral y fomentar el espíritu emprendedor, Microsoft a través de su iniciativa DreamSpark proporciona: ? Acceso inmediato y gratuito a software profesional con fines educativos de herramientas de desarrollo, diseño y desarrollo de juegos de Microsoft ? Herramientas y recursos de autoformación ? Acceso gratuito al marketplace profesional de aplicaciones para Windows Phone, donde los estudiantes podrán comercializar sus aplicaciones El listado detallado de herramientas y recursos que los estudiantes podrán descargarse para prepararse para ser la siguiente generación de desarrolladores y diseñadores puede consultarse en www.dreamspark.com. 5. Facilitar el acceso a la Red de Profesores Innovadores de Microsoft Con esta iniciativa, Microsoft proveerá acceso a los profesores de la Región de Murcia una red internacional de intercambio de recursos educativos donde podrán acceder libremente a contenidos que puedan complementar su método de enseñanza, y podrán participar en la evolución y desarrollo de herramientas educativas y la aplicación de la tecnología de la información a la educación. 6. Creación de una Comunidad educativa en línea El objetivo de esta iniciativa es crear una comunidad educativa a nivel centro o inter centro que sirva como plataforma en línea para establecer usos colaborativos de las TIC en educación. De esta manera los alumnos podrán interactuar a través de foros. Y los profesores poner unidades didácticas o cualquier otro contenido a disposición de sus alumnos a través de espacios colaborativos creados a nivel asignatura, centro o cualquier otro criterio de categorización, pudiendo además incorporar en línea a los padres como agente activo. Office 365 En particular, Microsoft proporcionará gratuitamente a toda la comunidad educativa de la Región de Murcia un entorno de colaboración en la red con la plataforma Office 365 para Educación, Plan A2. Y la posibilidad de incorporar servicios para usuarios más avanzados a precios especiales para educación. Esta plataforma se desplegará en la nube de Microsoft, personalizada bajo la imagen y dominio de la Región de Murcia: ? Entorno multiplataforma accesible desde cualquier dispositivo, sistema operativo y navegador ? Plataforma que cumple con todas las garantías de seguridad y privacidad de la normativa aplicable sobre protección de datos, accesibilidad, fiabilidad de documentos, soporte 7x24 a nivel local y una rica funcionalidad. ? Base para la Comunidad Educativa Online y requerimiento para las demás iniciativas contempladas en el acuerdo ? Identidad Digital, Espacio de Almacenamiento Online y correo Exchange sin coste para todos los estudiantes y profesores de la Región de Murcia. ? Para evaluar Office 365 para Educación se incluirán usuarios de la comunidad educativa de la Región de Murcia dentro del piloto previsto para la implantación de Office 365 en el Gobierno de la Región de Murcia 7. Suministrar contenidos educativos digitales y las herramientas para creación de los mismos Esta iniciativa permitirá suministrar contenidos educativos digitales que sean relevantes como complemento en el proceso de enseñanza y aprendizaje. Así mismo se pondrá a disposición las herramientas propias para la creación de contenidos educativos digitales por parte de los profesores o los alumnos. Microsoft y su red de partners poseen plataformas de e-learning y contenidos digitales interactivos, y las herramientas para la creación de los mismos (managed learning system). Concretamente, participa en la implantación de pilotos con ATRIA (plataforma de contenidos digitales). Así, Microsoft asesorará a la Consejería de Educación, Formación y Empleo y le proporcionará la metodología para la creación y uso de los contenidos y la utilización de la red de profesores para la difusión de las mismas, y le da entrada a la participación en un piloto con ATRIA, en el que coparticiparán otras Comunidades Autónomas). Para evaluar la eficacia de las herramientas y el desempeño de los alumnos existen herramientas para la evaluación continua del progreso: ?pilsr?, sobre plataforma Microsoft, utilizadas en otros países y que Microsoft se compromete a facilitar el acceso de la consejería a las mismas. Finalmente, la Consejería de Educación, Formación y Empleo podrá disponer de una semana de consultor de Microsoft para análisis y evaluación 8. Facilitar el acceso a programas de alfabetización digital Con el fin de reducir la brecha digital en el contexto del personal docente, Microsoft pondrá a disposición los recursos para la alfabetización digital. Esta iniciativa está muy relacionada con el anterior porque necesita las herramientas de contenidos para llegar al mayor número posible de alumnos, incluyendo aquellos que opten por la educación a distancia o no presencial. 9. Introducir el modelo Learning Analitycs En particular, en este punto el valor añadido de Microsoft es el conocimiento de herramientas como el Sistema de Student Relationship Management, basada en Microsoft Dynamics CRM, para la detección precoz de alumnos con problemas de aprendizaje y que está siendo utilizada en pilotos en España. O la herramienta denominada Intelligent Intervention -Sistema de BI con factores de riesgo para anticipar el fracaso escolar (asistencia, socio-cultural, comportamiento?), y cuadro de mandos para apoyar la toma de decisiones (inversión de recursos, estudio de tendencias,?) y evaluación continua tanto del desempeño de alumnos como del profesorado. Microsoft colaborará para que la Consejería pueda evaluar la idoneidad de estas herramientas, observándolas en los colegios e institutos donde se están aplicando y facilitando los cauces de colaboración entre la consejería y los organismos que las están aplicando. La Consejería podrá disponer del servicio de consultoría de Microsoft para análisis y evaluación durante una semana. 10. Programa de Soporte a Emprendedores. Microsoft pone a disposición de los estudiantes el programa Bizspark, diseñado para ayudar a que los jóvenes emprendedores alcancen el éxito. Las empresas de nueva creación tendrán acceso gratuito a software Microsoft, tanto de desarrollo como de puesta en producción, soporte técnico oficial de Microsoft, conexión a una comunidad global de recursos especializados y visibilidad global en el sitio web que Microsoft ha para tal fin. El detalle del programa puede consultarse en www.microsoft.com/BizSpark. 11. Participación en actividades organizadas por la Consejería de Educación, Formación y Empleo. Microsoft participará en actividades organizadas por la Consejería de Educación, Formación y Empelo, cuyos contenidos sean de interés mutuo de las partes y apoyen el desarrollo de las iniciativas contenidas en este Convenio Marco. Por su parte, para la realización de las iniciativas de colaboración que se definan de mutuo interés para ambas partes, la Consejería de Educación, Formación y Empleo contemplará: - Asegurar que los Centros en los que se desarrollen las actividades cuenten con los elementos personales y materiales necesarios para la consecución de los objetivos que se establezcan. - Promover la participación de los coordinadores TIC de los centros en las iniciativas de formación que se establezcan, como apoyo a su formación y a la difusión del uso pedagógico de las TIC en el centro. - Crear grupos de animadores TIC que puedan recibir la primera fase de la formación y que puedan ser difusores de la Región de Murcia. - Establecer un plan de seguimiento de la instalación y soporte de las herramientas incluidas en el acuerdo y dotarlo de los recursos adecuados para asegurar el despliegue, el uso y la evaluación del mismo. Y, en general, ambas partes se comprometen a apoyar y promocionar de buena fe todas aquellas oportunidades de colaboración que pudieran redundar de manera inequívoca en la mejora de la calidad educativa de los centros a través del uso de las TIC. Tercera.- Financiación La suscripción del presente Convenio Marco no implicará coste alguno para la Administración Regional. Cuarta.- Comisión de Seguimiento Para el debido análisis, concreción y desarrollo de las iniciativas contempladas en este Convenio Marco, a partir de la firma del mismo las partes acuerdan crear una Comisión de Seguimiento y Control que esté formada por dos miembros de la Consejería de Educación Formación y Empleo y dos miembros de Microsoft Ibérica. Las partes designarán a sus representantes, en el bien entendido de que cualquiera de ellas podrá sustituir a sus representantes en cualquier momento, mediante la oportuna comunicación a la otra parte. Para cada materia objeto de trabajo por la Comisión, se establecerán los objetivos específicos, el plan de trabajo, el calendario de análisis y, en su caso, la relación de recursos humanos y materiales que puedan asignarse a él. La Comisión se reunirá, al menos, una vez al trimestre y cuantas veces se estime conveniente, siempre que lo soliciten más de la mitad de sus miembros, rigiéndose en su organización y funcionamiento por lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quinta.- Confidencialidad / Publicidad El contenido del presente convenio marco, así como la información que las partes se intercambien a su amparo, quedará protegida por el acuerdo de confidencialidad que las partes tengan en vigor en cada momento. Las partes se comprometen a que cualquier comunicación pública referida a este convenio, será previamente acordada entre ellas. Sexta.- Independencia de las partes Al amparo del presente convenio marco, las partes son y seguirán siendo colaboradores independientes, sin que -entre sí o con los empleados de la otra parte- se cree ninguna relación jurídica de naturaleza laboral societaria, asociativa, de joint venture o de agencia. Cada parte llevará a cabo sus compromisos bajo su propia responsabilidad, con sus propios medios y de acuerdo con la ley. El presente convenio marco no impone exclusividad a ninguna de las partes. Séptima.- Vigencia El presente convenio marco surtirá efectos desde la fecha de su firma y extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013, pudiendo ser prorrogado por plazos de un año, previo acuerdo expreso entre las partes. Los contratos o convenios específicos que se acuerden en desarrollo de las concretas acciones de colaboración tendrán su propio periodo de vigencia. La finalización del presente Convenio no afectará a dichos contratos o convenios específicos, salvo que en ellos se haya acordado expresamente lo contrario. Octava.- Extinción/Mecanismos de denuncia. El presente convenio marco podrá resolverse anticipadamente por cualquiera de las siguientes causas: a. Por acuerdo expreso de las partes. b. Por incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas u obligaciones. c. La celebración de un nuevo Convenio que lo sustituya. d. Cualquier otra causa prevista en la legislación vigente. En su caso, la Comisión de Seguimiento y Control adoptará las medidas necesarias para facilitar la liquidación de las obligaciones en curso, de acuerdo con la normativa vigente. Novena.- Naturaleza y jurisdicción. El presente convenio marco se regirá por las leyes españolas, y para cualquier cuestión que se suscite en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente Convenio, que no queden solventadas por la Comisión mixta de Seguimiento prevista, las partes se someten a los tribunales y juzgados de la Región de Murcia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle. Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio Marco por triplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados. Por el Gobierno de la Región de Murcia, el Consejero de Educación, Formación y Empleo, Constantino Sotoca Carrasco.?Por Microsoft Ibérica, S.R.L., la Apoderada, María Luisa Garaña Corces. A-271212-18720