III. Administración de Justicia Servicio Común Procesal de Ejecución Social y Contencioso-Administrativo de Murcia De lo Social número Dos de Murcia 7781 Ejecución de títulos judiciales 15/2012. N.I.G: 30030 44 4 2011 0003738 N28150 N.º autos: Ejecución de títulos judiciales 15/2012. Demandante: Aziz Sabri. Abogado: José María Ippólito Jiménez. Demandado/s: Nuevo Empleo ETT, S.L. Doña Concepción Montesinos García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 15/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Aziz Sabri contra la empresa Nuevo Empleo ETT. S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Decreto: Secretaria Judicial D.ª Concepción Montesinos García. En Murcia, a 10 de mayo de 2012. Parte dispositiva En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - El embargo telemático de las posibles devoluciones pendientes de la Agencia Tributaria de Murcia a la ejecutada Nuevo Empleo ETT. S.L., para asegurar su responsabilidad hasta cubrir las cantidades reclamadas. - El embargo de los vehículos matrículas 4483FCZ, 2647FPY y 5933FNS propiedad de la ejecutada Nuevo Empleo ETT. S.L., librándose mandamiento por duplicado al Registro de Bienes Muebles de Almería para su efectividad. - El embargo de las cuentas corrientes que la ejecutada Nuevo Empleo ETT. S.L., tenga en las entidades bancarias que a continuación se dirán, librándose los despachos necesarios para ello: Unicaja Banco, S.A., cuenta/s n.º 2103-0868-85-0030003087. Caixabank S.A., cuenta/s n.º 2100-2476-20-6200001175. - El embargo de los créditos que la ejecutada Nuevo Empleo ETT. S.L., tenga frente a las mercantiles, organismos públicos o personas físicas que a continuación se dirán, por relaciones comerciales, trabajos realizados, servicios prestados o cualquier otro concepto, librándose los despachos necesarios para su efectividad: Cítricos de Almenara S.L., con C.I.F nº B96423983, Ctra. del Jimenado, km 1, 30700 Torre Pacheco. Exportaciones Agrícolas Aldenor S.L., con C.I.F. n.º B04059606, y con domicilio en lugar Hornillos-Norias Daza, 04716, El Ejido (Almería). García Aranda S.L., con C.I.F. n.º B30000574, y con domicilio en C/ Lorca, 22, 30120, El Palmar (Murcia). - El embargo de la totalidad del pleno dominio de la Finca de Almería n.º 3429 propiedad de la ejecutada Nuevo Empleo ETT. S.L., inscrita en el Registro de la Propiedad nº 2 de Almería al Tomo 1679 Libro 63 Folio 132, librándose mandamiento por duplicado al citado Registro para su efectividad. - Para el caso de pago se designa la cuenta de depósitos y consignaciones correspondiente a la UPAD, Social 2 n.º 3093-0000-64-0015-12, abierta en Banesto. Únase a los autos el escrito presentado por el Letrado del ejecutante Sr. Ippólito Jiménez; se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta n.º 3093-0000-31-0015-12 abierta en Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código ?31 Social-Revisión?. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación ?recurso? seguida del ?código 31 Social-Revisión?. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El/La Secretario/a Judicial Y para que sirva de notificación en legal forma a Nuevo Empleo ETT. S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a 10 de mayo de 2012.?La Secretaria Judicial. A-180512-7781