III. Administración de Justicia Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Social de Murcia De lo Social número Cuatro de Murcia 8740 Procedimiento ordinario 806/2011. NIG: 30030 44 4 2011 0007794 074100 N.º Autos: Procedimiento ordinario 806/2011 Demandante: Estelda de Lourdes Esmeraldas Abogado: Manuel Lorente Sánchez Demandado/s: Abetal Agrícola S.L., FOGASA Doña María del Carmen Ortiz Garrido, Secretaria del Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Sección Social de Murcia. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D.ª Estelda de Lourdes Esmeraldas contra Abetal Agrícola S.L., FOGASA, en reclamación por ordinario, registrado con el n.º procedimiento ordinario 806/2011 se ha acordado citar a Abetal Agricola S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de Lo Social 004, situado en Ronda Sur, Esquina Senda Estrecha, s/n, 30011,Murcia el día 12-02-14 a las 10:15 horas para la celebración de los actos de conciliación (sala de vistas n.º 1) y en su caso Juicio, a las 10:30 horas (en la sala de vistas nº 4) pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno e oficio. la falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Y para que sirva de citación a Abetal Agrícola S.L., así como para la práctica de prueba de interrogatorio de parte solicitada se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios. En Murcia, a 25 de mayo de 2012.?La Secretaria Judicial. A-050612-8740