I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Sanidad y Política Social 5136 Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial (SOMUCA) para la aportación de contenidos al repositorio institucional en ciencias de la salud de la Región de Murcia (RICSMUR). Resolución Visto el convenio de la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial (SOMUCA) para la aportación de contenidos al repositorio institucional en ciencias de la salud de la Región de Murcia Resuelvo Publicar en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el texto del convenio de la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial (SOMUCA) para la aportación de contenidos al repositorio institucional en ciencias de la salud de la Región de Murcia Murcia, 25 de marzo de 2013.?El Secretario General, Martín Quiñonero Sánchez. Convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social y la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial (SOMUCA) para la aportación de contenidos al repositorio institucional en ciencias de la salud de la Región de Murcia (RICSMUR) En Murcia a 28 de febrero de 2013 Reunidos De una parte, D.ª María Ángeles Palacios Sánchez, Consejera de Sanidad y Política Social de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, autorizada para este acto por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 15 de febrero de 2013. Y de otra, D. Rafael Gomis Cebrián, como Presidente de la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial, en adelante SOMUCA, autorizado al efecto por acuerdo certificado de la Junta Directiva de fecha 17 de enero de 2013. Exponen Primero.- Que mediante Orden de la Consejería de Sanidad y Política Social de 16 de julio de 2012 se ha procedido a crear el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia (RICSMUR) en el ámbito de su departamento. El Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia (RICSMUR) conforme a su orden de creación tiene los siguientes objetivos: 1. Recoger los contenidos generados por la actividad investigadora del personal de la Consejería competente en materia de sanidad, Servicio Murciano de Salud y demás entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dependientes o vinculadas a dicha Consejería. 2. Proporcionar soporte a las iniciativas de comunicación científica en acceso abierto para el personal investigador de la Consejería de Sanidad y Política Social y Servicio Murciano de Salud. 3. Incrementar la visibilidad, difusión e impacto de la literatura científica, garantizando su preservación, organización y libre acceso en un marco interoperable y normalizado. 4. Promover el retorno de la inversión efectuada por la Consejería de Sanidad y Política Social y Servicio Murciano de Salud en investigaciones, estudios y publicaciones, facilitando la reutilización de la información y el conocimiento generados por el sector público. 5. Promocionar y apoyar el movimiento mundial por el libre acceso a la información. Segundo.- Como personal destinatario de Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia (RICSMUR) en la mencionada Orden de creación, se incluye: El personal de la Consejería de Sanidad y Política Social, Servicio Murciano de Salud y demás entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dependientes o vinculadas a dicha Consejería. El personal contratado para la realización de trabajos de investigación por la Consejería de Sanidad y Política Social, Servicio Murciano de Salud y demás entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia dependientes o vinculadas a dicha Consejería, de acuerdo con lo dispuesto en los correspondientes contratos. En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ostente los derechos a la explotación de la propiedad intelectual o industrial la aportación se realizará de oficio. Los beneficiarios de ayudas o subvenciones a la investigación científica y técnica, otorgadas o gestionadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de acuerdo con lo dispuesto en las correspondientes bases. El personal de otras entidades, previo Convenio de Colaboración. Tercero.- Que la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial (en adelante, SOMUCA), se constituyó en Murcia como una Asociación sin ánimo de lucro, de ámbito regional con personalidad jurídica propia y capacidad plena de obrar. Constituyen los fines primordiales de la SOMUCA la promoción de las actividades de evaluación, monitorización, diseño y mejora de la Calidad Asistencial, y todos aquellos aspectos relacionados con la docencia e investigación en temas relativos a la gestión de la Calidad, agrupando para tales fines a todos aquellos profesionales interesados y relacionados con la actividad sanitaria y socio-sanitaria. Para el cumplimiento de sus fines, la SOMUCA desarrolla y organiza, entre otras, el intercambio de información y experiencias en todos los aspectos relacionados con la gestión de la calidad. Para un adecuado cumplimiento de las finalidades expuestas de ambas partes, las mismas consideran necesario la suscripción del presente Convenio de Colaboración conforme a las siguientes, Cláusulas Primera.- Objeto. Es objeto del presente Convenio articular la colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Sanidad y Política Social, de la cual depende el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia (RICSMUR) y la Sociedad Murciana de Calidad Asistencial (SOMUCA) para la aportación de la documentación científica y técnica que remita SOMUCA y/o sus miembros al Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia. Segunda.- Compromisos de las partes. Primero.- El Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia aceptará los documentos de investigación de carácter científico y técnico que le remita SOMUCA y/o sus miembros que se encuentren en los siguientes casos: a) Clases de documentos Informes técnicos. Documentos de trabajo. Documentos de congresos. Materiales de investigación. Trabajos de investigación ya publicados. Trabajos de investigación no publicados. Bases de datos. Libros. Actas. Revistas o artículos electrónicos. Tesis. Materiales de aprendizaje. Registros institucionales. Objetos históricos digitalizados. b) Tipo de documentos que serán aceptados: Texto. Imágenes. Audio. Vídeo. c) Materias que serán aceptadas. Biología y Biomedicina. Bioquímica. Bioinformática. Ciencia y Tecnología de los alimentos. Ciencias de la Salud en general (Medicina, Enfermería?) y todas aquellas relacionadas con la investigación biosanitarias. d) Formato de documentos que serán aceptados: Tipo de fichero Extensión Portable document Format PDF Extensible markup language XML Texto plano TXT Hypertext Markup Languag HTML Microsoft Word DOC Microsoft Powerpoint PPT, PPS Microsoft Excel XLS Joint Photographic Experts Group/JPEG File Interchange Format JPG Graphics Interchange Format GIF Portable Network Graphics PNG Tag image File Format TIF Broadcase Wave Format WAV Moving Picture experts Group MPEG, MPG Rich Text Format RTF Microsoft Windows bitmap BMP Photoshop PSD LateX documental LATEX, TEX Mpeg Audio Layer MP3 Open document ODT, ODS, ODP Otros formatos previa aceptación por el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia. Segundo.- Todos los contenidos que se intenten subir al Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia estarán sujetos a la evaluación y valoración del equipo moderador de esta plataforma digital, quien decidirá en última instancia la adecuación o no, mediante la aprobación o rechazo, de dicho contenido antes de proceder a su publicación en acceso abierto. El rechazo será comunicado a SOMUCA y/o sus miembros interesados, previa audiencia de los mismos. Tercero.- El Repositorio cumplirá, en todo caso, las medidas de seguridad establecidas por Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Disposición Final. Cuarto.- Para que el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia pueda reproducir y comunicar públicamente un documento SOMUCA y/o sus miembros interesados, proceden a la aceptación de los siguientes términos: 1. El autor/es o el propietario/s de los derechos de explotación de los derechos de autor garantiza al Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia el derecho no exclusivo de archivar, reproducir, convertir, comunicar y/o distribuir su documento en formato electrónico. 2. También está de acuerdo con que el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia pueda convertirlo a cualquier formato de fichero, medio o soporte, para propósitos de seguridad, preservación y acceso. 3. Declara que el documento es un trabajo original suyo que no infringe los derechos de autor de ninguna otra persona o entidad. 4. Si el documento contiene materiales de los cuales no tiene los derechos de autor, declara que ha obtenido el permiso del propietario para depositarlos en el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia. 5. En el caso de obras en colaboración, se requiere el consentimiento de todos los autores. 6. En el caso de obras colectivas la autorización corresponderá al coordinador de la misma. 7. El Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia identificará claramente su/s nombre/s como el/los autor/es o propietario/s de los derechos del documento, y no hará ninguna alteración de su documento diferente a las permitidas en este acuerdo. Si estas condiciones no son aceptadas, no es posible el depósito en el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia Con la aceptación de estas condiciones los autores e investigadores continúan reteniendo todos sus derechos de autor y, por lo tanto, pueden hacer uso del trabajo depositado como estimen oportuno (publicarlo en medios comerciales, depositarlo en otros repositorios, etc.). Quinto.- Gestión de documentos: En el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia, los autores autorizan bien el archivo de sus documentos, bien autoarchivan sus propios documentos digitales. Sexto.- Propiedad intelectual. 1. Depósito de una obra no publicada. En el proceso de autoarchivo, el autor, por una parte acepta se pueda reproducir, transformar, distribuir y comunicar públicamente el material depositado en el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia; y por otra, autoriza el uso posterior de dicha obra bajo los términos de una licencia ?Creative Commons?. Los documentos incorporados al Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia podrán ser copiados, distribuidos y comunicados públicamente siempre que: - Se cite al autor(es) original. - Que el uso que se haga de la obra no sea comercial. - Y que no se pueda crear una obra derivada a partir de la original. 2. Depósito de una obra ya publicada. Cuando lo que se quiere depositar es un trabajo ya publicado, antes de proceder al depósito hay que conocer las condiciones en que se han cedido los derechos de autor a los editores. En caso de desconocer la situación de los derechos de una obra, el autor debe solicitar expresamente autorización a la editorial o persona que ostenten tales derechos para depositar la obra en el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia. 3. Trabajos de investigación cuyos derechos de explotación pertenezcan a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Estos documentos se incorporarán al Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia garantizando a los usuarios del mismo el derecho gratuito, irrevocable y mundial, de acceder al documento, así como licencia para copiarlo, usarlo, distribuirlo, transmitirlo y comunicarlo públicamente para cualquier propósito responsable bajo el reconocimiento de autoría, así como a hacer copias para uso personal. Con la concesión de esta licencia, los autores continúan reteniendo todos sus derechos de autor y, por lo tanto, podrán hacer uso del trabajo depositado como estimen oportuno. Para que se produzca el acceso al Repositorio, el autor deberá aceptar expresamente y de acuerdo con el formulario las condiciones señaladas. Tercera.- Financiación. La coordinación de actuaciones que el presente Convenio establece no requiere de la aplicación de fondos específicos para su ejecución. Cuarta.- Seguimiento del Convenio. El seguimiento de las acciones que el Convenio contempla, se llevará a cabo a través de una Comisión de Seguimiento con participación de las partes firmantes del mismo, que tendrá como funciones la programación, aprobación, seguimiento y valoración de las actividades derivadas del presente Convenio. La Comisión se reunirá, con carácter ordinario dos veces al año, a convocatoria del Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia, y con carácter extraordinario cuando lo solicite al menos una de las partes, rigiéndose en lo no establecido en el presente Convenio por el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Su composición será la siguiente: - Por el Repositorio Institucional en Ciencias de la Salud de la Región de Murcia, el Director del Centro Tecnológico de Información y Documentación Sanitarias o persona en quien delegue, que la presidirá, y dos Técnicos del mencionado Centro designados por su titular. - Por SOMUCA, su Presidente y dos miembros más, designados al efecto por sus órganos competentes. Quinta.- Vigencia. El presente Convenio de Colaboración surtirá efectos desde la misma fecha de su firma y tendrá vigencia hasta 31 de diciembre de 2016, salvo denuncia expresa de alguna de las partes que deberá ser puesta en conocimiento de la otra parte con un mes de antelación. El Convenio podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes por años naturales sucesivos, de forma condicionada a la vigencia de las actividades objeto del mismo. Sexta.- Resolución. El Convenio podrá ser rescindido, preavisando con un mes de antelación a la finalización de su vigencia, por las siguientes causas: a) Incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas y obligaciones. b) Mutuo acuerdo de las partes, en sus propios términos. c) Las demás causas previstas en la legislación vigente. Séptima.- Jurisdicción. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y las cuestiones litigiosas que pudieran surgir serán competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa. Y en prueba de conformidad con lo acordado firman las partes el presente Convenio, por triplicado ejemplar en el lugar y fecha consignados en el encabezamiento. La Consejera de Sanidad y Política Social, María Ángeles Palacios Sánchez.?el Presidente de SOMUCA, Rafael Gomis Cebrián. A-060413-5136