I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 11282 Resolución de 1 de agosto de 2014, de la Directora General de Centros Educativos, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 31 de julio de 2014, por la que se autoriza la modificación de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil ?Mi Pequeña Escuela? de La Alberca, (Murcia) por cambio de titularidad. (Código 30013827). Con el fin de dar publicidad a la Orden de fecha 31 de julio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil ?Mi Pequeña Escuela? de La Alberca, Murcia, código 30013827. Resuelvo Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la parte dispositiva de la Orden de fecha 31 de julio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se modifica la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil ?Mi Pequeña Escuela? de La Alberca, Murcia, código 30013827, que se inserta a continuación como Anexo. Murcia, 1 de agosto de 2014.?La Directora General de Centros Educativos, María Dolores Valcárcel Jiménez. Anexo Primero. Modificar la autorización de apertura y funcionamiento del Centro Privado de Educación Infantil ?Mi Pequeña Escuela? de La Alberca, Murcia, (código 30013827), por cambio de titularidad, quedando configurado el centro en los siguientes términos: a) Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil. b) Denominación específica: ?Mi Pequeña Escuela?. c) Código de centro: 30013827. d) Titulares: Doña María Inés Sánchez Piñera y Doña Olimpia Esther Selva García. e) NIF: 34816032N y 74224450T. f) Domicilio: Calle Emilio Macabich, 14, planta baja, puerta 2. g) Localidad: 30150 La Alberca. h) Provincia: Murcia. i) Enseñanzas autorizadas: Educación Infantil de Primer Ciclo. j) Número de Unidades: 3 unidades. k) Capacidad: 1 unidad de 0 a 1 años con 8 puestos escolares. 1 unidad de 1 a 2 años con 13 puestos escolares. 1 unidad de 2 a 3 años con 20 puestos escolares. Segundo. La modificación se inscribirá de oficio en el Registro de Centros Docentes de niveles no universitarios de la Región de Murcia. Tercero. La presente Orden surtirá efectos desde el día de su firma. Cuarto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación o publicación de la misma, de acuerdo a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Murcia, 31 de julio de 2014.?El Consejero de Educación, Cultura y Universidades, Pedro Antonio Sánchez López. A-080914-11282