I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Cultura y Universidades 16053 Resolución de 27 de noviembre de 2014, del Director General de Formación Profesional, por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se designa a los evaluadores/Comisión de Evaluación en el Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro de Competencias Profesionales (PREAR) de las cualificaciones de Operaciones de Grabación y Tratamiento de Datos y Documentos (ADG306_1/2014) y Actividades Auxiliares de Comercio (COM412_1/2014). Con el fin de dar publicidad a la Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se designa a los a los evaluadores / Comisión de evaluación en el Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro de competencias profesionales (PREAR) de las cualificaciones de operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos (ADG306_1/2014) y actividades auxiliares de comercio (COM412_1/2014), Resuelvo Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la parte dispositiva de la Orden de 20 de noviembre de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, por la que se designa a los a los evaluadores / Comisión de evaluación en el Procedimiento de Reconocimiento, Evaluación, Acreditación y Registro de competencias profesionales (PREAR) de las cualificaciones de Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos (ADG306_1/2014) y Actividades auxiliares de comercio (COM412_1/2014), que se inserta a continuación como Anexo. Murcia, 27 de noviembre de 2014.?El Director General de Formación Profesional, Joaquín Buendía Gómez. Anexo Dispongo Primero.- Designar a la Comisión de evaluación en 2014, compuesta por las siguientes personas como evaluadores titulares y suplentes, para la realización de las funciones de evaluación previstas en los artículos 24 y 28 del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio (BOE 25 de agosto de 2009), en el procedimiento de reconocimiento, evaluación y acreditación de las unidades de competencia incluidas en las cualificaciones profesionales de Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos y Actividades auxiliares de comercio, convocado por Orden de 6 de junio de 2014, de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades (BORM de 17 de junio de 2014): Presidente Titular: Don Juan Diego Miñarro Miñarro Suplente: Doña Francisca Martínez Escolar Secretario Titular: Don Francisco José Teruel García Suplente: Doña Pilar Macías Ortíz de Guzmán Vocales Titular: Don Francisco Alcolea López Suplente: Don Andrés Marín Muñoz Titular: Don Fermín Jesús Martínez Reche Suplente: Doña Antonia Riquelme Cárceles Titular: Doña María Puchades Quilis Suplente: Doña Lucrecia Peñaranda Rivera Segundo. Fijar en 24 el número máximo de asistencias a devengar por la Comisión de evaluación, teniendo en cuenta para ello tanto las actuaciones específicas que cada evaluador puede desarrollar como tal, en función del número de candidatos a los que evalúa y el número de unidades de competencia (UC) respecto de las cuales tiene que realizar su función de evaluación (en el caso de estas cualificaciones son un máximo de 3 y 4 UC por candidato), como las actuaciones de la Comisión de evaluación como órgano colegiado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12.4 de la Orden de convocatoria, en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 28 de marzo de 2014, por el que se autoriza la percepción del número máximo de asistencias para asesores y evaluadores, y en el Decreto Regional 24/1997, de 25 de abril, de indemnizaciones por razón del servicio al personal de la Comunidad Autónoma. Asimismo, el evaluador/a que para llevar a efecto esta fase de evaluación deba desplazarse percibirá la correspondiente indemnización por desplazamiento, de conformidad con lo previsto en el citado Decreto Regional. Tercero. Los lugares donde se podrá llevar a cabo la evaluación, en el procedimiento referido a las unidades de competencia de las cualificaciones de Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos y Actividades auxiliares de comercio, son los que determine la Comisión de Evaluación, por ser necesarios en función del método o instrumento de evaluación aplicado. A efectos de notificaciones, la sede de la Comisión de evaluación será la del Instituto de las Cualificaciones de la Región de Murcia, sito en Gran Vía Escultor Salzillo, n.º 32, Edificio Galerías, escalera 2.ª, 4.º, de Murcia (30005). Cuarto.- La presente Orden producirá efectos desde la fecha en que se dicta. Murcia, 20 de noviembre de 2014.?El Consejero de Educación, Cultura y Universidades, Pedro Antonio Sánchez López. A-181214-16053