III. Administración de Justicia Servicio Común de Ordenación del Procedimiento Social de Murcia De lo Social número Ocho de Murcia 2685 Procedimiento ordinario 1.003/2012. Doña Isabel María de Zarandieta Soler, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Ocho de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento ordinario 1.003/2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de don Antonio José Nicolás Rodríguez, José Antonio López Franco, José Bernabé Parra, Ines Murcia González contra la Empresa Origen Mobiliario Internacional, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Parte dispositiva Acuerdo: Tener por formulado desistimiento de su acción a la parte actora doña María Carmen Alcázar Gambin, acordándose la continuación del procedimiento con respecto al resto de codemandantes. Se tiene por ampliada la demanda frente a la empresa Origen Mobiliario Internacional, S.L., a quien se citará al acto de juicio con entrega de copia de la demanda y de la presente resolución. Se señala para que tenga lugar el juicio el próximo día 23 de enero de 2015 a las 10,20 horas en la sala de vistas número 8, con los mismo apercibimientos y advertencias que en la citación inicial. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de consignaciones del Juzgado de lo Social n.º 4 del Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código ?31 Social- Revisión?. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación ?recurso? seguida del ?código 31 Social- Revisión?. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El Secretario Judicial. Y para que sirva de notificación en legal forma a Origen Mobiliario Internacional, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a 17 de febrero de 2014?La Secretaria Judicial. A-270214-2685