III. Administración de Justicia Servicio Común Procesal de Ejecución Social y Contencioso-Administrativo de Murcia De lo Social número Seis de Murcia 719 Ejecución de títulos judiciales 7/2013. Ejecución de títulos judiciales 7/2013 Procedimiento origen: Procedimiento ordinario 151/2012 Sobre ordinario Ejecutante: José Martínez Ibáñez Ejecutado: Esabe Vigilancia, S.A. Doña Concepción Montesinos García, Secretaria Judicial del Servicio Común de Ejecuciones, Juzgado de lo Social número Seis de Murcia, Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 7/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de José Martínez Ibáñez contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., se ha dictado la siguiente resolución para notificar a Esabe Vigilancia, S.A.: D e c r e t o Secretaria Judicial doña Concepción Montesinos García En Murcia, a veintidós de octubre de dos mil trece. Antecedentes de hecho PRIMERO.- En las presentes actuaciones se dictó auto despachando ejecución a favor de José Martínez Ibáñez frente a Esabe Vigilancia, S.A. por la cantidad de 1.740,95 euros en concepto de principal, más otros 278,00 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas. SEGUNDO.- Se ha realizado averiguación patrimonial de la parte ejecutada a través del acceso directo a la aplicación correspondiente por este Servicio Común de Ejecución y cuya copia queda unida a las actuaciones. TERCERO.- Se ha dado audiencia al Fondo de Garantía Salarial a los efectos del art. 276.1 LRJS en fecha 26-06-13 y con posterioridad se ha tenido constancia del mantenimiento de su actividad a efectos de su solvencia para hacer frente a las obligaciones de la presente ejecución. Parte dispositiva En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - El embargo telemático de las posibles devoluciones pendientes de la Agencia Tributaria de Murcia para asegurar la responsabilidad de la parte ejecutada hasta cubrir las cantidades indicadas. - El embargo telemático de los saldos bancarios que ostente la ejecutada en las cuentas a la vista de las entidades adheridas a la Plataforma del C.G, P.G. (Sistema ECCV) - El embargo de los vehículo/s titularidad de la ejecutada matrícula: Para el caso de pago se designa la Cuenta de Depósitos abierta en el Banesto, S.A. correspondiente a la UPAD Social nº 3128-0000-64-0007-13. Notifíquese a las partes. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 3128-0000-31-0007-13 abierta en Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código ?31 Social- Revisión?. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación ?recurso? seguida del ?código 31 Social- Revisión?. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. El/la Secretario/a Judicial. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, 8 de enero de 2014.?La Secretaria Judicial. A-220114-719