III. Administración de Justicia De lo Social número Tres de Cartagena 10210 Ejecución de títulos judiciales 114/2015. Doña María Jesús Castellanos Ortega, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Tres de Cartagena. Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 114/2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Ginés María García contra la empresa Vita Breat Masters, General Bakery España S.L, sobre ordinario, se ha dictado Auto y Decreto de fecha 27/07/2015, cuya parte dispositiva se adjunta: Auto: ?Parte dispositiva Dispongo: Despachar orden general de ejecución Sentencia de fecha 21/04/2015 dictada en autos 529/14 a favor de la parte ejecutante, Ginés María García, frente a General Bakery España, S.L., Vita Breat Masters S.A., parte ejecutada, en forma solidaria, por importe de 6.770,59 euros en concepto de principal, más otros 677 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación? Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada?? Decreto: ?Parte dispositiva En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC., en concreto: 1) Requerir a Vita Breat Masters, General Bakery España S.L, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. 2) Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado. Efectuada dicha consulta: - El embargo de los saldos en cuentas corrientes o depósitos de cualquier clase que pudieran existir a nombre de Vita Bread Masters, General Bakery España S.L, en entidades bancarias para asegurar la responsabilidad del mismo hasta alcanzar las cantidades reclamadas, librándose al efecto orden vía telemática. - El embargo de las devoluciones que por cualquier concepto tenga pendiente de percibir VITA Bread Masters, General Bakery España S.L, de la AEAT, para lo cual líbrese orden telemática. - El embargo de los créditos que General Bakery España S.L, pudiera tener frente a Helvetia Cía. Suiza de Seguros y Reaseguros y frente al Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por relaciones comerciales mantenidas entre los mismos, librándose para su efectividad los correspondientes despachos. - El embargo de los créditos que Vita Bread Masters SA, pudiera tener frente a Bakery y Plavor, SL, Bakery Canarias Arinaga S.L. Unipersonal, Centro Especial de Empleo La Plata S.L., Makro Autoservicio Mayhorista S.A., Lider Aliment S.A., Musgrave España S.A., Barbera Pastelera S.L., Axa Seguros Generales S.A., Establecimientos Valle S.L., Piensos Cartagena S.L., Casa Pepe Vigo S.L., Almacenes Carmona S.A., NR Alimentación S.L., Javier Rubin S.L. Unipersonal, Madrid Abastecimientos y Distri, Alimen. S.L., por relaciones comerciales mantenidas entre los mismos, librándose para su efectividad los correspondientes despachos? Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma?? Y para que sirva de notificación en legal forma a Vita Breat Masters, General Bakery España S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Murcia. En Cartagena, a 28 de septiembre de 2015.?La Secretaria Judicial. A-081015-10210