III. Administración de Justicia De lo Social número Dos de Cartagena 11276 Despido/ceses en general 423/2015. NIG: 30016 44 4 2015 0001288 074100 Despido/ceses en general 423/2015 Procedimiento origen: / Sobre despido Demandante: Ana León García Abogado: Andrés Galán Juan Demandados: Virvan Mantenimientos, SL, Mantenimientos Fesol S.L. Mantenimientos Fesol S.L., Fogasa Abogado: Fogasa Don Antonio Solano Barreto, Secretario del Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Ana León García contra Virvan Mantenimientos S.L., Mantenimientos Fesol SL Mantenimientos Fesol SL, Fogasa, en reclamación por despido, registrado con el n.º despido/ceses en general 423/2015 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Mantenimientos Fesol, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 11/02/16, a las 11:20 horas, en C/ Ángel Bruna, 21 - Sala 001, para la celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Y para que sirva de citación a Mantenimientos Fesol S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. En Cartagena, 27 de octubre de 2015.?El Secretario Judicial. A-111115-11276