III. Administración de Justicia Primera Instancia e Instrucción número Cuatro de Murcia 1577 Juicio ordinario 12/2011. N.I.G.: 30030 42 I 2010 0020742 Procedimiento ordinario 12/2011 Procedimiento origen: I Sobre: Otras materias Demandante: Lindorf Holding Spain, S.L.U. Procurador: Luis Tomás Hernández Prieto Demandado: Jorge Gualberto Vera Pérez, Fanny Teresa Valencia Doña María José Barceló Moreno, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Murcia, por el presente, Anuncio: En el presente procedimiento seguido a instancia de Lindorf Holding Spain, S.L.U. frente a Jorge Gualberto Vera Pérez, Fanny Teresa Valencia se ha dictado sentencia, cuyo tenor encabezamiento y fallo es del tenor literal es el siguiente: Sentencia Núm. 34/13 En la ciudad de Murcia a veintiocho de enero del año dos mil trece. Vistos por S.S.ª doña Ana Bermejo Pérez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Murcia y su partido, los precedentes autos de juicio declarativo ordinario n.º 12/11 seguidos en este Juzgado a instancias de la entidad Lindorff Holding Spain, S.L.U. representada por el Procurador Luis Hernández Prieto y defendida por la Letrada Carmen Lineros Quintero y de otra como demandados Jorge Gualberto Vera Pérez y Fanny Teresa Valencia declarados en rebeldía, que versa sobre reclamación de cantidad; y Fallo Que estimando la demandada interpuesta por el Procurador Luis Hernández Prieto en nombre y representación de la entidad Administración de Justicia Lindorff Holding Spain, S.L.U. contra Jorge Gualberto Vera Pérez y Fanny Teresa Valencia declarados en rebeldía, debe condenar a la parte demandada a que abone a la parte actora la suma de diecinueve mil ciento cuarenta y cuatro euros con cinco céntimos (19.144,05 ?), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de presentación de la demanda hasta el completo pago de la deuda, así como las costas causadas en esta instancia. Esta sentencia no es firme,y contra la misma cabe recurso de apelación que deberá ser interpuesto en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución, a través de escrito presentado en este Juzgado, en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para su conocimiento y fallo por la Audiencia Provincial de Murcia. Para la interposición de dicho recurso es necesario la constitución de deposito por importe de 50 ? en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado (3087-0000-02-12/11) de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, lo que deberá ser acreditado a la presentación del recurso. Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos lo pronuncio, mando y firmo. Y encontrándose dicho demandado, Jorge Gualberto Vera Pérez, Fanny Teresa Valencia, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo. Murcia, 31 de julio de 2013.?La Secretaria Judicial. A-120215-1577