III. Administración de Justicia De lo Social número Dos de Cartagena 3455 Ejecución de títulos judiciales 247/2014. NIG: 30016 44 4 2014 0200726 N28150 Ejecución de títulos judiciales 247/2014 Procedimiento origen: Despido objetivo individual 134/2014 Sobre: Despido Demandante: José Manuel Ayala González Demandado/s: Asesoria Ortega y Ayala S.L., Fogasa Don Antonio Solano Barreto, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena. Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 247/2014 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de José Manuel Ayala González contra la empresa Asesoria Ortega y Ayala S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, de fecha 09/01/15, cuya parte dispositiva se adjunta: Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, José Manuel Ayala González, frente a Asesoría Ortega y Ayala S.L. y Fogasa, parte ejecutada, por importe de 22.946?82 euros, en concepto de principal, más otros 2.294?68 euros, que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: - Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado incluida la AET y visto el resultado obtenido se acuerda: - Proceder al embargo de los saldos en cuentas a la vista en entidades financieras españolas colaboradoras con la Administración de Justicia de la que es titular la mercantil ejecutada accediendo a través del Punto Neutro Judicial. - Las devoluciones que pudiera tener el ejecutado en la Hacienda Publica por cualquier concepto. - Los créditos pendientes de pago a la ejecutada de la empresa Asesores Titulados S.A., Papilio Conn, S.L., Cervecería Juglar, S.L.L., Hospital de Urgencias Veterinarias, Supermercado Pedreño Ros SRL, Recuperaciones Metalsureste S.L., Pescados Nieto e Hijos S.L., Popoter S.L., Fruterías Hnos Chavo, S.L., Lajarín Motor, S.L., oficiándose a dicha empresa ara que las cantidades sean ingresas en la cuenta de este Juzgado. - Se requiere a la parte ejecutante para que en el plazo de cuatro días, designe un numero de cuenta bancaria mediante certificación de titularidad del trabajador donde transferir, en caso de caso de resultar afirmativo, las cantidades embargados, con el fin de no dilatar su percepción por el beneficiario. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Y para que sirva de notificación en legal forma a Asesoría Ortega y Ayala S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Cartagena, 5 de marzo de 2015.?El Secretario Judicial. A-180315-3455