I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Hacienda y Administración Pública 2231 Resolución de 11 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, de convocatoria de las acciones formativas del Programa de Formación Técnica Autonómica (PFT). El Plan de Formación del personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2016, aprobado por Orden de 30 de noviembre de 2015 de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BORM n.º 28, de 4 de diciembre), está estructurado en diversos programas. Entre otros, se contempla el Programa de Formación Técnica, que consta de las acciones formativas propuestas por las diferentes Consejerías y Ayuntamientos del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que se orienta a la adaptación y mejora permanente del personal al puesto de trabajo. El citado Programa se subdivide en los siguientes subprogramas: - Formación Técnica Autonómica (PFT), compuesto por acciones formativas dirigidas prioritariamente al personal al servicio de la Administración regional. - Formación Técnica Local (AL1), con actividades formativas para el personal al servicio de las Entidades Locales de la Región de Murcia. - Formación para Policías Locales (PL1) que prestan servicios en la Región de Murcia. Mediante Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios (BORM n.º 284, de 10 de diciembre), se convocaron los primeros programas del Plan de Formación y se establecieron las Bases Específicas reguladoras de la convocatoria para las acciones formativas que realizará la Escuela de Formación e Innovación durante el ejercicio 2016. En esta Resolución se procede a efectuar la convocatoria de las acciones formativas del Programa de Formación Técnica Autonómica (PFT), previo informe favorable de la Comisión Paritaria de Formación de la Comunidad Autónoma de Región de Murcia, para ejecutarlo de forma escalonada durante el ejercicio 2016. Por ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo séptimo del Decreto 105/2015, de 10 de julio (BORM n.º 158, de 11 de julio) por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública. Resuelvo: Primero.- Convocatoria del Programa de Formación Técnica Autonómica (PFT). Convocar, para su celebración en el año 2016, las acciones formativas cuyas fichas descriptivas figuran en el Anexo, integrantes del Programa de Formación Técnica Autonómica (PFT). Segundo.- Personal destinatario. Será personal destinatario del Programa de Formación Técnica Autonómica, el personal empleado público integrante de la Función Pública Regional de Murcia, excluido el personal docente de la Consejería competente en materia de Educación y el personal estatutario del Servicio Murciano de Salud. No obstante lo anterior, podrá incluirse el personal docente, el personal estatutario y el personal de los Ayuntamientos de la Región de Murcia, incluidos los cargos electos y el personal perteneciente a los Cuerpos de Policía Local y auxiliar de Policía Local de la Región de Murcia, en las acciones formativas en que así se determine en la ficha descriptiva de la correspondiente acción formativa. Tercero.- Forma de solicitud. Las solicitudes para participar en alguno de las acciones formativas convocadas se deberán presentar en modelo normalizado a través del formulario Web que estará disponible en la dirección de internet http://efiapmurcia.carm.es y en la dirección de intranet http://rica.carm.es Cuarto.- Número de peticiones y plazo de presentación de solicitudes. 4.1 Se podrán solicitar hasta un máximo de dos acciones formativas de las contempladas en el Anexo de esta convocatoria según el interés personal. 4.2 El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta las 14:00 horas del día 12 de abril de 2016. Quinto.- Criterios de selección y priorización del alumnado. 5.1. La selección del alumnado para las acciones formativas se realizará teniendo en cuenta el personal destinatario y los criterios de selección/priorización establecidos en cada una de las fichas descriptivas que figuran en el Anexo de esta convocatoria. 5.2. En el caso de no ser suficientes o no constar los criterios de selección/priorización en la ficha señalada en el apartado anterior, serán de aplicación los criterios de selección que aparecen en la base quinta de las Bases Generales, aprobadas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de fecha 21 de marzo de 2000 (BORM n.º 83, de 8 de abril), en su redacción dada por Orden de 13 de junio de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BORM n.º 140, de 18 junio). 5.3. En el caso de quedar vacante alguna plaza prevista para alguna de las acciones formativas convocadas, la Dirección de la Escuela de Formación e Innovación podrá designar nuevo alumnado entre el personal de las distintas Administraciones que reúna los requisitos exigidos en la convocatoria. Sexto.- Financiación. El Programa de Formación Técnica Autonómica se abonará con cargo a la partida presupuestaria que corresponda, de conformidad con lo previsto por la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 25/06/2002 (BORM n.º 178, de 2 de agosto), por la que se establecen las estructuras funcional y económica de los Presupuestos de la Administración Pública regional y de sus Organismos Autónomos. Séptimo.- Información adicional. La información de las acciones formativas se podrá consultar a través de la Web de la Escuela de Formación e Innovación disponible en la dirección de internet http://efiapmurcia.carm.es Octavo.- Bases generales y específicas. Lo no previsto en la presente Resolución se regirá por las Bases específicas establecidas en la Resolución de 2 de diciembre de 2015, de la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, de convocatoria de acciones formativas del Plan de Formación del Personal al servicio de la Administración regional y local de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para 2016 (BORM n.º 284, de 10 de diciembre) y por las Bases Generales para las acciones formativas que convoque la Escuela de Formación e Innovación, aprobadas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de fecha 21 de marzo de 2000 (BORM n.º 83, de 8 de abril), modificada por Orden de 13 de junio de 2008, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública (BORM n.º 140, de 18 junio). Disposición final primera. La presente Resolución y su Anexo se publicarán en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y entrarán en vigor a partir del día siguiente al de su publicación. Disposición final segunda. Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 11 de marzo de 2016.?El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, Enrique Gallego Martín. A-170316-2231