III. Administración de Justicia Primera Instancia número Once de Murcia 1335 Procedimiento ordinario 1.373/2014. Modelo:1140KO N.I.G.:3003042120140016003 ORO Procedimiento ordinario 1373/2014 Sobre Otras materias En Murcia, a 12 de diciembre de 2016. Demandante: Sabic Innovative Plastics España, Sociedad Comunitaria por Acciones. Procurador: Pablo Jiménez-Cervantes Hernández-Gil Demandado: Sistemas Fibralux S.L. Doña Concepción Martínez Parra, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo. Murcia, Hago saber: En Murcia, a 12 de diciembre de 2016. Su S.ª Ilma. Teresa Rizo Jiménez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia numero Once de esta ciudad, vistos los presentes autos de Juicio declarativo ordinario número 1373/2014 seguidos a instancia de Sabic Innovative Plastics España S.C.P.A., representada por el Procurador don Pablo Jiménez-Cervantes Hernández-Gil y asistida por la Letrada doña Inés Trelles Villanueva contra Sistemas Fibralux S.L., declarada en rebeldía; ha dictado en nombre de S.M. El Rey la siguiente. Sentencia Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Pablo Jiménez-Cervantes Hernández-Gil en nombre y representación de Sabic Innovative Plastics España S.C.P.A. Contra Sistemas Fibralux S.L., declarada en rebeldía, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora las siguientes cantidades: - Ochenta y seis mil setecientos treinta y siete euros con cincuenta y cuatro céntimos (86.737,54 euros) de principal; - Intereses, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre, hasta la interposición de la demanda (30 de julio de 2014) que ascienden a la cantidad de catorce mil quinientos noventa y cinco euros con noventa y nueve céntimos (14.595,99 euros); - Intereses desde el 30 de julio de 2014 hasta el completo pago de la cantidad debida en concepto de principal, al tipo previsto en la Ley 3/2004 de 29 de diciembre. Con imposición de costas procesales a la parte demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer en este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días desde la notificación, que será resuelto por la Iltma. Audiencia Provincial de Murcia. Será requisito preciso para tener por interpuesta la apelación, la constitución de un depósito de cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado, lo que así habrá de acreditarse, sin el cual no se dará trámite al recurso. Inclúyase la presente en el libro de sentencias poniendo en las actuaciones certificación de la misma. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C., por el presente se notifica a Sistemas Fibralux S.L. En Murcia a 7 de febrero de 2017.?El/La Letrado/a de la Administración de Justicia. A-240217-1335