III. Administración de Justicia Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento de Murcia Primera Instancia número Cinco de Murcia 271 Procedimiento ordinario 2.061/2013. Equipo/usuario: MHO Modelo: 1140K0 N.I.G.: 30030 42 1 2013 0021911 ORD Procedimiento ordinario 2.061/2013 Sobre otras materias Demandante: Mariana Beatriz Gálvez Ponce, Jesús Miguel Moreno Gálvez Procurador Sr. Vicente Rafael Marcilla Onate. Abogado Sr. Ramón Luis Bernabé Muñoz. Demandadas: María Dolores Moreno Rodríguez, Juana Moreno Azaustre Fuensanta Azaustre Medrano, Mariano del Carmen Moreno Sánchez, Beatriz de Jesús Moreno Gálvez, Violeta Moreno Gálvez. Procurador/a Sr/a. Leopoldo González Campillo, Manuel Sevilla Flores, Guillermo Navarro Leante, Ana Bernabé Muñoz. Abogado Sr. Francisco José Ortuño Muñoz Doña María del Mar Garcerán Donate, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Murcia. Hago saber: Auto Juez/Magistrado-Juez Sra. Carmen Cano García. En Murcia, a 14 de septiembre de 2017. Antecedentes de hecho Primero.- En el presente procedimiento se ha dictado Sentencia en fecha 15 de abril de 2016, y por la parte actora se ha presentado escrito solicitando se complete la resolución. Segundo.- De dicha solicitud se ha dado traslado a las demás partes por plazo de cinco días, con el resultado que obra en autos. Parte dispositiva Acuerdo: Completar Sentencia de fecha 15 de abril de 2016, en los términos siguientes, dispuestos en el fallo de la misma, concretamente como se recoge a continuación remarcando en negrita el complemento interesado: ?Estimando totalmente la demanda interpuesta por doña Mariana Beatriz Gálvez Ponce y don Jesús Miguel Moreno Gálvez contra doña Beatriz y doña Violeta Moreno Gálvez, don Mariano del Carmen Moreno Sánchez, doña María Dolores Moreno Rodríguez, doña Juana Moreno Azaustre y doña Fuensanta Azaustre Medrano y declarando que la vivienda sita en la planta primera del edificio del número 34 del Camino de Enmedio de La Albatalía, Murcia, es propiedad exclusiva, por iguales y terceras partes indivisas con carácter privativo, por título de usucapión, de los herederos del fallecido don Jesús Moreno Sánchez, concretamente de don Jesús Miguel Moreno Gálvez, soltero, D.N.I: 48.492.464-T, doña Beatriz de Jesús Moreno Gálvez, soltera, DNI: 34.830.867­N y doña Violeta Moreno Gálvez, soltera, DNI: 48.492.463-D; sin perjuicio de la cuota viudal usufructuaria de doña Mariana Beatriz Gálvez Ponce, viuda, DNI: 22.447.403-R con todos los pronunciamientos inherentes y en especial los que se recogen en el Fundamento de Derecho segundo de esta resolución; sin hacer especial declaración en materia de costas.? Modo de impugnación: contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución que se acuerda completar, comenzándose a computar su plazo desde el día siguiente a la notificación de esta resolución. Así lo manda y acuerda S.S.ª. La Magistrada Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C. por el presente se notifique a D. Mariano del Carmen Moreno Sánchez a fin de que se notifique el Auto dictado en fecha 14/09/17, bajo apercibimientos legales. En Murcia a 17 de noviembre de 2017.?El/la Letrado de la Administración de Justicia. Equipo/usuario: MHO Modelo: 1135K0 N.I.G.: 30030 42 1 2013 0021911 ORD Procedimiento ordinario 2.061/2013 Sobre otras materias Demandantes: Mariana Beatriz Gálvez Ponce, Jesús Miguel Moreno Gálvez Procurador/a Sr/a. Vicente Rafael Marcilla Onate, Vicente Rafael Marcilla Onate. Abogado/a Sr/a. Ramón Luis Bernabé Muñoz. Demandados: María Dolores Moreno Rodríguez, Juana Moreno Azaustre Fuensanta Azaustre Medrano, Mariano del Carmen Moreno Sánchez, Beatriz de Jesus Moreno Gálvez, Violeta Moreno Gálvez Procurador/a Sr/a. Leopoldo González Campillo, Manuel Sevilla Flores, Guillermo Navarro Leante, Ana Bernabé Muñoz. Abogado/a Sr/a. Francisco José Ortuño Muñoz Diligencia de ordenación Sr./a. Letrado de la Administración de Justicia doña María del Mar Garcerán Donate. En Murcia, a 17 de noviembre de 2017. El anterior escrito presentado por el Procurador D. Vicente Rafael Marcilla Onate, únase y no ha lugar a lo solicitado toda vez que no consta la publicación en el B.O.R.M. del Auto de Aclaración. Habiendo resultado negativas las gestiones realizadas para conocer el domicilio o residencia actual de la parte demandada, y de conformidad con lo establecido en los artículos 156.4 y 164 de la L.E.C., acuerdo: 1.- Notificar a la parte demandada D. Mariano del Carmen Moreno Sánchez por medio de edicto, que se fijará en el tablón de anuncios de este órgano judicial. 2.- Hacer saber a la parte actora que se acuerda, de oficio al tener concedido el Beneficio de Justicia Gratuita, la publicación del edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 164 L.E.C., quedando la parte actora encargada de su diligenciamiento. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde el día siguiente al de su notificación, ante el Letrado de la Administración de Justicia que la dicta. Debiendo expresar en el mismo la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (arts. 451 y 452 LEC). Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. La Letrado de la Administración de Justicia. A-120118-271