III. Administración de Justicia Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento Social de Murcia De lo Social número Uno de Murcia 8028 Despido/ceses en general 377/2019. NIG: 30030 44 4 2019 0003366 Modelo: N81291 DSP despido/ceses en general 377/2019 Sobre: Despido Demandante: Ángel Ilario Cruz Baltran Abogada: Lucía Martínez Sánchez Demandado/s: Siempre en Ruta S.L, Fondo de Garantía Salarial Abogado: Letrado de Fogasa El/la Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento despido/ceses en general 377/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Ángel Ilario Cruz Baltran contra Siempre en Ruta S.L. sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Diligencia de ordenación Letrada de la Administración de Justicia Sra doña Ana María Ortiz Gervasi En Murcia, a veintitrés de octubre de dos mil diecinueve. Recibidos los presentes autos de la UPAD Social 1, con los actos de conciliación y juicio suspendidos, al no estar citada la empresa demandada, conforme a lo ordenado se señalan nuevamente el acto de juicio para el día 18/03/2020, a las 9:50 horas, que tendrá lugar en la Sala de Vistas n.º 2 y el acto de conciliación a las 9:40 horas en la Sala de Vistas n.º 1. Respecto al interrogatorio del legal representante de la empresa demandada, a la vista de lo solicitado, conforme al art. 90.3 LJS, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (art. 87 LJS), cítesele en legal forma con la notificación de la presente resolución y hágase saber a la parte demandada que deberá comparecer personalmente o a través de persona con poder suficiente y, en caso de personas jurídicas, a través de quien legalmente las represente y tenga facultades para responder a tal interrogatorio, con apercibimiento de que en caso de no comparecer podrán considerarse reconocidos como ciertos en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas. Líbrese Exhorto al Juzgado de Paz de Alguazas para la citación al juicio señalado de la empresa demandada Siempre en Ruta, S.L., al que se acompañará copia de la demanda, de la documentación acompañada y del decreto de admisión, para su notificación, despacho que se remitirá por correo ordinario con acuse de recibo. Sirva esta resolución de cédula de citación a las partes, con los mismos apercibimientos y advertencias que en la resolución inicial. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia Y para que sirva de notificación en legal forma a Siempre en Ruta S.L. en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, 12 de diciembre de 2019.?El/la Letrado/a de la Administración de Justicia. La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes. A-241219-8028