III. Administración de Justicia Primera Instancia e Instrucción número Dos de Caravaca de la Cruz 2433 Familia, guarda, custodia hijo menor 245/2018. NIG: 30015 41 1 2018 0000755 F02. Faml. Guard. Custdo. Ali. Hij. Menor No Matri No C 0000245 Procedimiento origen: Sobre otras materias Demandante: Doña María Edelmira Loja Chillogalli Procuradora: Sra. Catalina Abril Ortega Demandado: Silvio Manuel Quevedo Castillo Cédula de notificación En el procedimiento de referencia se ha dictado la Resolución del tenor literal siguiente: Sentencia 42/2019 Caravaca de la Cruz, 16 de abril de 2019. Vistos por doña Antonia Moya Martínez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Caravaca de la Cruz los presentes autos de medidas paternofiliales interesadas por doña María Edelmira Loja Chillo Galli, representada por la Procuradora Sra. Abril Ortega, contra don Silvio Manuel Quevedo Castillo, en situación de rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción pública, produce dictar la siguiente resolución en base a los siguientes: Parte dispositiva Que estimando la demanda de medidas paternofiliales interesada por doña María Edelmira Loja Chillo Galli, representada por la Procuradora Sra. Abril Ortega contra don Rodolfo Cruz Romero, en situación de rebeldía procesal acuerdo: 1.- Se atribuya a la madre la guarda y custodia de la hija menor de edad, Katherine Silvana Quevedo Loja. Manteniéndose la patria potestad compartida por los dos progenitores. 2.- Se establece un régimen de visitas en favor del padre, que podrá tener a la hija en su compañia los domingos de siete fines de semana alternativos desde las 10:00 hasta las 20:00 horas, debiendo recoger y devolver a la menor en el domicilio materno. La elección del primer fin de semana corresponderá a la madre. 3.- Se establece a cargo del demandado y padre de la menor una pensión de alimentos de 250 euros mensuales que deberá ser ingresada por anticipado dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que señale la madre, revalorizables anualmente con arreglo a las variaciones del IPC, más la mitad de los gastos extraordinarios, incluyendo en los mismos expresamente las matrículas de centros de enseñanza, los libros y materiales escolares, uniformes escolares, costes de viajes de estudios, actividades extraescolares, academias y profesores de apoyo, gastos de dentista y oculista, aparatos de ortodoncia, gafas y cualesquiera otros de similar naturaleza. 4.- Se autoriza expresamente a la madre como progenitora custodia, para viajar con su hija al pais de origen de ambos padres, Ecuador, para visitar a la familia, sin necesidad de solicitar el permiso del padre, siempre y cuando el periodo de estancia fuera del territorio nacional español no supere los dos meses de duración. Para viajar al Ecuador de duración superior a dos meses, deberá contar con el permiso expreso del padre, o en su defecto autorización judicial. No hace expresa imposición a costas. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante este mismo juzgado y para su conocimiento por la Ilma. Audiencia Provincial de Murcia. Déjese testimonio de la presente sentencia incorporado a la pieza de su razón, con inclusión del original en el libro de resoluciones definitivas de este órgano. Y como consecuencia del ignorado paradero de Silvio Manuel Quevedo Castillo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación. Caravaca de la Cruz, 20 de febrero de 2020.?El/la Letrado/a de la Administración de Justicia. La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes. A-270520-2433