III. Administración de Justicia Servicio Común Procesal de Ejecución Social y Contencioso-Administrativo de Murcia De lo Social número Siete de Murcia 5007 Ejecución de titulos judiciales 168/2016. Equipo/usuario: FSM NIG: 30030 44 4 2014 0005626 Modelo: N28150 ETJ Ejecución de titulos judiciales 168/2016 Procedimiento Origen: Po Procedimiento ordinario 687/2014 Sobre Ordinario Demandante: Juan Fernández Teruel Abogado: José Miguel Palazón García Demandado: Talleres San Pancracio, S.L., Fogasa, Derivados y Lucha Biológica SL Abogado: Letrado de Fogasa Procurador: Aurelia Cano Peñalver Doña Concepción Montesinos García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de titulos judiciales 168 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de don Juan Fernández Teruel contra la empresa Talleres San Pancracio, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Decreto Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Juárez Arcas. En Murcia, 8 de julio de 2020. Antecedentes de hecho Primero.- En este Juzgado de lo Social se sigue Ejecución de Titulos Judiciales 168/2016 a instancia de Juan Fernández Teruel frente a Talleres San Pancracio, S.L., Fogasa, Derivados y Lucha Biológica SL Segundo.- En fecha 19/12/17 se dictó decreto de insolvencia parcial por cantidad de 10.632,73 euros. Tercero.- La parte ejecutante y Fogasa han presentado escritos manifestando que dicho organismo ha abonado al trabajador la cantidad de 10.163,90 euros. Fundamentos de derecho Único.- Habiéndose consignado por la obligada a su pago la totalidad de las cantidades que se reclaman en esta ejecución en concepto de principal e intereses y costas presupuestadas provisionalmente, procede decretar la cancelación de la totalidad de los embargos practicados, conforme al art. 585 L.E.C. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, Parte dispositiva Acuerdo: La cancelación de los embargos practicados en esta ejecución. Líbrese a tal efecto los oportunos despachos. Transferir la cantidad de 10.163,9 euros a la cuenta del Fogasa. Transferir la cantidad de 468,91 euros a la cuenta del trabajador ejecutante en concepto de resto de principal. Quede el resto consignado a resultas de las tasaciones y liquidaciones que se practiquen cuando por turno corresponda. Estese a la firmeza de la presente resolución y a lo que resulte de la tasación de costas y liquidación de intereses para librar mandamientos de cancelación de embargo a los Registros de la Propiedad de Bienes Inmuebles. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. El Letrado de la Administración de Justicia. Liquidación de intereses tasación de costas que practica el/la Letrado de la Administración de Justicia Concepción Montesinos García del Juzgado de lo Social número Siete en el procedimiento seguido a instancia de Juan Fernández Teruel contra Talleres San Pancracio, S.L., Fogasa. En Murcia, 17 de julio de 2020. Visto el estado que mantiene el presente proceso, habiéndose pagado el principal procede practicar liquidación de intereses y tasación de costas: INTERESES: (A) Del Art. 576 LEC sobre un principal de 10.792,82 ? desde 23-05-16 a 29-06-20 ..........................................2.189,20? TOTAL INTERESES................................................2.189,20? COSTAS: (B) Honorarios letrado parte ejecutante, según minuta que se adjunta Iva incluido...................................1.095,64? TOTAL COSTAS....................................................1.095,64? TOTAL IMPORTE LA PRESENTE TASACION (A+B......3.284,84 ? CANTIDAD DEPOSITADA EN ESTE JUZGADO ...........1.832,89? CANTIDAD A INGRESAR POR LA EJECUTADA............1.451,95? Notifíquese la presente diligencia de liquidación de intereses y tasación de costas a las partes, por plazo común de diez dias, para que puedan formular oposición si así les conviene por las causas previstas en el 245 de la LEC, y requiérase a la ejecutada para que ingrese la cantidad de 1.451,95 ? en la cuenta 3403-0000-64-0168-16, abierta en Banco Santander, S.A., en caso de transferencia desde otra entidad bancaria, se designa la cuenta (IBAN ES55) 0049-3569-92-0005001274), debiendo indicar en el campo concepto: los 16 dígitos indicados en el párrafo anterior (correspondiente al Nº de cuenta del órgano judicial beneficiario), con la advertencia de que si así no lo hace en el plazo de diez días se procederá a continuar con la ejecución siendo de cuenta de la ejecutada los nuevos gastos y costas que se generen. El Letrado de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación en legal forma a Talleres San Pancracio, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, 3 de septiembre de 2020.?La Letrada de la Administración de Justicia. La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes. A-220920-5007