I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Empleo, Investigación y Universidades 1752 Resolución de la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acuerdo de tabla salarial año 2020 del convenio colectivo del Sector Oficinas y Despachos. Visto el expediente de convenio colectivo de trabajo y de conformidad con lo establecido en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, Resuelvo: Primero.- Ordenar la inscripción en el correspondiente registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, de Tabla Salarial para el año 2020, con número de expediente 30/01/0041/2021; denominado Oficinas y Despachos; código de convenio n.º 30001075011981; ámbito Sector; suscrito con fecha 16/02/2021 por la comisión negociadora. Segundo.- Notificar la presente resolución a la comisión negociadora del acuerdo. Tercero.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 23 de febrero de 2021.—La Directora General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, Purificación Cuadrupani Bosqued. Acuerdo de revisión salarial del convenio colectivo del Sector Oficinas y Despachos de la Región de Murcia para el ejercicio 2020 Reunidos en Murcia, el día 16 de febrero de 2021, los miembros Comisión Negociadora del convenio colectivo del Sector de Oficinas y Despachos que a continuación se relacionan: Por la parte empresarial: D. José Luis Caballero Nicolás D. José Luis Muñoz Martínez D. Miguel Camacho Ríos Asesor: D. José Ruiz Sánchez Por la parte Social: D. Manuel Ortega López - UGT Asesor UGT: D. Pedro Cánovas Cortés D.ª Irene Muñoz Zamora - CCOO Asesor CCOO: D. Roberto Sánchez Sánchez Se ha alcanzado el siguiente Acuerdo: Modificar el artículo 15.- Retribuciones, quedando de la siguiente manera: Artículo. - 15.- Retribuciones. El incremento salarial para el año 2020 será el 1%, reflejado en las tablas salariales anexas. Tendrá efectos retroactivos desde el día 1 de enero de 2020. A-170321-1752