I. Comunidad Autónoma 4. Anuncios Consejería de Fomento e Infraestructuras 1757 Levantamiento de actas previas a la ocupación. “Proyecto de trazado autovía de conexión de la autovía A7 en Santomera con la Comarca del Mar Menor. Tramo: Enlace de RM-330-enlace Santomera Sur. TT.MM. de Murcia y Santomera (T2)”. Por Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Carreteras de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de 23 de junio de 2020, se aprueba técnicamente el proyecto de: “Proyecto de trazado autovia de conexión de la autovia A-7 en Santomera con la comarca del Mar Menor. Tramo: Enlace de RM-330-enlace Santomera Sur. TT.MM. de Murcia y Santomera (T2)”, ordenándose la incoación del Expediente de Expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras. En cuanto al procedimiento se refiere, se ha tramitado la fase de información pública mediante anuncio que se publicó en los diarios “La Verdad” y “La Opinión de Murcia de fecha 21 de octubre de 2020, en el B.O.R.M. n.º 244, de 21 de octubre de 2020, así como en los Tablones de Edictos de los Ayuntamientos de Murcia y Santomera, junto a la relación de bienes y derechos afectados. En este periodo de información pública se han presentado veintiséis alegaciones a la relación de bienes y derechos a expropiar que han sido debidamente contestadas. Por Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Carreteras de 20 de enero de 2021 se ha aprobado el expediente de información pública. Es de aplicación el artículo 23 de la Ley 2/2008, de 21 de abril, de carreteras de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM n.º 111, de 14/05/08), a cuyo tenor, la aprobación de los proyectos de carreteras incluidos en el ámbito de aplicación de esta Ley implicará la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación de los bienes y adquisición de los derechos correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de servidumbres. La tramitación del correspondiente expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de urgencia previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957. En consecuencia, esta Dirección General, haciendo uso de las facultades que le otorga el artículo 98 de la Ley de Expropiación Forzosa, y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.ª y 3.ª del artículo 52 de la referida Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar a los propietarios afectados para que asistan al levantamiento de las Actas Previas a la ocupación, que se celebrará en el (Pabellón n.º 2, del Cuartel de Artillería, sito en C/ Cartagena, S/N, 30002, Murcia), en el Término Municipal de Murcia y en las dependencias de la “Casa del Huerto”, en C/ de los Huertanos, n.º 1, 30140, de Santomera, en el Término Municipal de Santomera, en los días y horas que a continuación se indican, Término municipal de Murcia DÍA HORA PARCELAS EQUIPO A EQUIPO B EQUIPO C 15/04/2021 09,00 1 2 16 09,20 4, 5, 7 11 09,40 13 18 10,00 12 10,20 15 14 10,40 19 37, 38, 39, 40, 43, 44, 47, 49, 128 11,00 21 52, 57 11,20 22 11,40 26, 33 68 12,00 12,20 32 77, 113 12,40 35 104 71 13,00 36 121 13,20 45 129 13,40 46 140 14,00 66 23 16,00 48 69, 82 64 16,20 50 16,40 70, 74 116 17,00 86 17,20 90 89 17,40 76 122 72, 141 18,00 80 126 18,20 83 142 18,40 29 146 DÍA HORA PARCELAS EQUIPO A EQUIPO B EQUIPO C 20/04/2021 09,00 27, 28 134 110, 111 09,20 135 09,40 50 102, 118 10,00 91, 131 10,20 51 10,40 53, 54, 55, 58, 59 65, 97, 117 11,00 11,20 123 11,40 94 75, 84 92, 95 12,00 112 12,20 109 20, 56, 73, 106, 132 12,40 108 13,00 101 13,20 8, 10, 143, 144, 145 124 13,40 14,00 16,00 81 61 125 16,20 103, 105 63, 79 16,40 17,00 87 67 3, 6, 9, 17, 31, 42, 60, 62, 78, 85, 88, 100, 119, 127, 130, 133, 136, 138, 139 17,20 120 99 17,40 105 93 18,00 137 96 18,20 30 98 18,40 107 114 Término municipal de Santomera DÍA HORA PARCELAS EQUIPO A EQUIPO B EQUIPO C 21/04/2021 09,00 3 2 6 09,20 5 10 09,40 8, 82 20 7 10,00 54 10,20 11 9, 12, 80 10,40 14, 15, 17 25, 26 11,00 24 11,20 81 32 11,40 22, 52 42 12,00 43 61 12,20 27, 30, 35 37 12,40 53 87 13,00 33 57 71 13,20 68 59 73 13,40 75 79 93 14,00 76 62 64 16,00 31 38, 46, 47, 49, 55, 56 60 16,20 34 65 16,40 40 66 70 17,00 77 63 58 17,20 41 67 4, 16, 18, 23, 28, 29, 36, 39, 44, 48, 74, 85, 88, 92 17,40 45 51 18,00 50 84 69 18,20 83 91 1, 13, 19, 21, 72, 90, 94 18,40 89 78 No obstante su reglamentaria inserción en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y la prensa regional, el presente señalamiento será notificado individualmente a cada uno de los interesados, que podrán concurrir al expresado acto asistidos de Perito y Notario a su costa, así como formular alegaciones al solo efecto de subsanar posibles errores en la titularidad de las parcelas, bien mediante escrito dirigido a este Organismo expropiante o bien en el mismo momento del levantamiento del Acta Previa correspondiente y habrán de aportar el Título de Propiedad, (escritura), Nota Simple del Registro de la Propiedad, así como copia del poder, en el caso de actuar bajo representación, y el último recibo de la contribución territorial. El presente Anuncio servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Murcia, 4 de marzo de 2021.—El Director General de Carreteras, José Antonio Fernández Lladó. A-170321-1757