II. Administración General del Estado 2. Direcciones Provinciales de Ministerios Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico Confederación Hidrográfica del Segura 5147 Anuncio de competencia de proyectos de concesión de aguas procedentes de la desalinizadora de escombreras para uso agrícola, ganadero e industrial. CSR-25/2021. Mediante Resolución de la Presidencia de este Organismo de 27/07/2021 en el expediente ASM 28/2019 se otorgó concesión de modificación de características (redistribución en el uso de los caudales concedidos) de la concesión de 22.854.747 m3/año de aguas de la desaladora de Escombreras (t.m. de Cartagena, Murcia) de la que es titular ESAMUR, cuyos volúmenes producidos por la desaladora de Escombreras tiene la siguiente redistribución: Uso Volumen (m3/año) Agrario de regadío en las zonas regables ubicadas en el entorno de su infraestructura de distribución 20.000.000 Industrial recreativo de ocio y turismo, en campos de golf y zonas verdes de urbanizaciones en el área de influencia de la instalación 2.790.000 Agropecuario ganadero 64.747 TOTAL 22.854.747 La zona de riego para la aplicación de las aguas con destino a riego agrario, y riego industrial recreativo en campos de golf y zonas verdes asociadas, será la que en su caso se defina tras el trámite de competencia de proyectos que se realice de todas las peticiones de aguas de la IDAM de Escombreras. Por lo anterior, en esta Comisaría de Aguas se tramita expediente CSR 25/2021 de concesión de los volúmenes producidos por la desaladora de Escombreras, para uso agrícola con un volumen de 20.000.000 m3, uso ganadero 64.747 m3 e uso industrial 2.790.000 m3 que actualmente explota ESAMUR: EXPEDIENTE: CSR-25/2021 PETICIONARIOS: Los enumerados en la tabla adjunta. DESTINO DEL APROVECHAMIENTO: REGADÍO AGRÍCOLA, GANADERO E INDUSTRIAL VOLUMEN DE AGUA A ASIGNAR PARA REGADIO AGRICOLA: 20.000.000 m3 VOLUMEN DE AGUA A ASIGNAR PARA USO GANADERO: 64.747 m3 VOLUMEN DE AGUA A ASIGNAR PARA USO INDUSTRIAL: 2.790.000 m3 PUNTO DE TOMA: IDAM de Escombreras TM Cartagena (Murcia). TÉRMINO MUNICIPAL DONDE RADICAN LAS OBRAS: varios de la provincia de Murcia De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se abre un plazo de un mes a contar desde la publicación de esta nota en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, para la presentación de peticiones en competencia que tengan por objeto el aprovechamiento de las aguas de la planta desalinizadora de Escombreras para el riego, para uso industrial y para uso ganadero. La obligación de presentar la petición en competencia de proyectos se extiende tanto a los iniciadores del procedimiento como a otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con ella. En la actualidad las aguas desaladas son un recurso ordinario de la Cuenca, la cual sufre un déficit estructural en la planificación hidrológica vigente y que estos recursos pretenden corregir. 1. Forma de presentar las peticiones: 1.1 Personas físicas: Las peticiones, indicando la referencia administrativa del procedimiento, deben presentarse por cuadruplicado (una copia en papel y tres en soporte digital), acompañadas de la documentación técnica que se describe en el punto 2 debidamente precintada. Alternativamente podrán optar por la presentación por medios electrónicos de igual forma que las personas jurídicas. 1.2 Personas jurídicas: Las peticiones, indicando la referencia administrativa del procedimiento, deben presentarse en el registro electrónico de la Administración General del Estado o en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Una vez presentada la petición por registro electrónico, deberán aportar la documentación técnica que se describe en el punto 2, debidamente precintada, en el registro de la Confederación Hidrográfica del Segura junto con el resguardo de la solicitud en el registro electrónico. No se admitirá la entrega de la documentación técnica después de la finalización del plazo otorgado para formular las peticiones, independientemente de la fecha de la solicitud telemática. 2. Contenido de la documentación: La documentación técnica debe estar suscrita por técnico competente y visada por el colegio profesional correspondiente en el caso de que fuese necesario, de conformidad con el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. Las peticiones deben contener todos los extremos indicados en el artículo 106 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y específicamente en las peticiones con destino a regadío planos a escala 1:5.000 o superior, con cuadrícula UTM, donde se defina la zona regable en papel y en formato digital shp. Se deberán excluir de dichas superficies el suelo urbano. Cuando la petición sea para superficies de riego que ya dispongan de derechos de agua y consten en la Confederación Hidrográfica del Segura, alternativamente a la presentación de planos podrá solicitarse que el Organismo considere la aplicación del recurso a la superficie con derechos en su conjunto. La documentación técnica debe definir con precisión y justificar el aprovechamiento propuesto. Para facilitar la elaboración de los proyectos de aprovechamiento, se adjunta plano de la actuación de “Tubería de distribución de la desaladora de Escombreras” de la que es titular ESAMUR en la página Web del Organismo http://www.chsegura.es/chs/servicios/informacionpublica En las peticiones para regadío se deberá acreditar la propiedad a favor de los peticionarios de las tierras que se pretenden regar mediante escritura cotejada, certificado del Registro de la Propiedad, certificación catastral, sentencia judicial firme o documento de validez equivalente. En el caso de concesiones solicitadas por comunidades de usuarios o en régimen de servicio público, los documentos que justifiquen haber sido aprobada la solicitud de concesión en Junta general o tener la conformidad de los titulares que reúnan la mitad de la superficie a regar, respectivamente. Las solicitudes de agua para riego u otros usos que formen parte de aprovechamientos ya legalizados, deberán ser formuladas por los titulares de dichos aprovechamientos, o alternativamente por los propietarios de las tierras o los titulares de los usos a que irían destinadas las aguas. En este último caso la solicitud deberá ir acompañada de la renuncia al aprovechamiento al que pertenece. El documento técnico justificativo de los aprovechamientos de regadío incluirá un estudio agronómico que abarcará como mínimo un cálculo de la dotación de agua referido a cada uno de los meses en que el riego es necesario. Asimismo, la solicitud se acompañará de un análisis y propuesta de buenas prácticas para limitar la contaminación difusa y exportación de sales, especialmente en las zonas declaradas vulnerables. Conforme al artículo 108 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, el Organismo de cuenca examinará los documentos técnicos y las peticiones de concesión presentados para apreciar su previa compatibilidad o incompatibilidad con el Plan Hidrológico de cuenca. Las disposiciones normativas del vigente Plan Hidrológico, en su artículo 8.9 establecen en cuanto a criterios de prioridad y compatibilidad de usos: «9. A igualdad de las demás condiciones, serán preferentes: a) Las actuaciones que se orienten hacia una política de ahorro de agua, de mejora de su calidad y de recuperación de los valores ambientales. b) La explotación conjunta y coordinada de todos los recursos disponibles, incluyendo aguas regeneradas y aguas desalinizadas, con la restricción de no incrementar las extracciones de aguas subterráneas, y las experiencias de recarga y/o menor sobreexplotación de acuíferos. c) Los proyectos de carácter estratégico, comunitario y cooperativo, frente a iniciativas individuales.» Asimismo se tendrán en cuenta los pozos de los que son titulares las Comunidades de Regantes a efectos de tenerlos en cuenta para la asignación de volúmenes para riego, hasta agotar la capacidad de producción de la IDAM de Escombreras para paliar el déficit coyuntural de sequía que sufren las Comunidades de Regantes, es igualmente compatible con las previsiones del plan, siempre que las asignaciones respeten lo estipulado en el mismo. 3. Desprecintado de la documentación técnica: El desprecintado de los documentos técnicos, a que se refiere el artículo 107 del mismo Reglamento, se realizará a las diez horas del décimo día hábil tras la conclusión del plazo de presentación de peticiones en la Sala Cenajo de la sede de la Confederación Hidrográfica del Segura, sita en plaza de Fontes n.º 1, Murcia. Se levantará acta del resultado. PETICIONARIO Referencia del expediente acumulado Agrar Systems, S.A.U. CSR-40/2020 Agrícola Alcaraz Parra, S.C.L. CSR-54/2020 Agrícola Alfonso Blaya, S.L. CSR-145/2020 Agrícola Ceferino, S.L. CSR-94/2020 Agrícola Cervantes, S.L. CSR-102/2020 Agrícola Conesa Marín, S.L. CSR-82/2020 PETICIONARIO Referencia del expediente acumulado Agrícola El Chalo, S.L. CSR-63/2020 Agrícola El Pasico, S.L. CSR-37/2020 Agrícola Escarpe, S.L. CSR-68/2020 Agrícola Galindo, S.L. CSR-111/2020 Agrícola Hermanos Alcaraz, S.L. CSR-33/2020 Agrícola Hermanos Pérez García, S.L. CSR-29/2020 Agrícola Inmaría, S.L. y otros CSR-115/2020 Agrícola La Rambleta, S.L. CSR-25/2020 Agrícola Lo Solano, Soc. Coop. CSR-105/2020 Agrícola Madrid Saura, S.L. CSR-24/2020 Agrícola Palmasol, S.L. CSR-41/2020 Agrícola Pedreño, S.L. CSR-77/2020 Agrícola Santa Eulalia, S.L. CSR/90/2020 Agrícola y Ganadera Villanieves, S.L. CSR-34/2020 Agrícolas El Toyo, S.L. CSR/89/2020 Agrícolas Esparcegesa, S.L. CSR-74/2020 Agrícolas López 2018, S.L. CSR-138/2020 Agrios Giner Ribes, S.L. CSR-38/2020 Agrobeivma, S.L. CSR-93/2020 Agro-Blaya, S.L. CSR-28/2020 Agrocachimanes, S.L. CSR-55/2020 Agro-Campano, S.L. CSR-157/2020 Agrochando, S.L. CSR-60/2020 Agrocisneros, S.L. CSR-103/2020 Agroexplotaciones La Cabaña, S.L. CSR-153/2020 Agromafri, S.L. CSR-75/2020 Agropecuaria Casas Nuevas, S.A. CSR-50/2017 CSR-51/2017 CSR-52/2017 CSR-53/2017 CSR-156/2020 Agropecuaria El Acebuche, S.L. CSR-101/2020 Agropecuaria El Mayorajo, S.L. CSR-11/2021 Agrotek El Pino, S.L.U. CSR-16/2020 Agrotomy, S.L. CSR-62/2020 Alquipeco, S.L. CSR-125/2020 Alto y Campero, C.B. CSR-72/2020 Andrés Navarro García CSR-121/2020 Ángel García Gómez CSR-67/2020 Ángel Olivo Manzanares CSR-118/2020 Antonio Aparicio García CSR-45/2020 Antonio Jiménez Romero CSR-83/2020 Antonio José Manzanares Cegarra CSR-143/2020 Antonio Miguel León García CSR/88/2020 Ascensión Galindo Conesa CSR-124/2020 Avícola Levantina, S.L. CSR-107/2020 Barbol 08, S.L. CSR-39/2020 C.R. Arco Sur Mar Menor CSR-58/2017 CSR-91/2020 C.R. Campo de Cartagena CSR-81/2020 Centro Garnés Camarena, S.L. CSR-30/2020 Cítricos Chacón, S.L. CSR-19/2020 Citricultura Ecológica 98, S.L. CSR-167/2020 Corporación Agroalimentaria del Mediterráneo, S.L. CSR-148/2020 Duerna, S.L. CSR-114/2020 Ecológica del Sureste, S.L. CSR-168/2020 Ecológica La Pinilla, S.L. CSR-169/2020 El Barranquillo, S.L. CSR-5/2019 CSR-155/2020 El Cortijo de la Palma, S.L. CSR-64/2020 El Hondo de Roda, S.L.U. CSR-56/2020 PETICIONARIO Referencia del expediente acumulado El Prado de Jumilla, S.L. CSR-31/2020 Espace Tecno Agrciola, S.L. CSR-61/2020 Explotaciones Agrícolas El Palmero, S.L. CSR/86/2020 Explotaciones Agrícolas Las Campanillas, S.L. CSR-134/2020 Explotaciones Agrícolas Los Cheriff, S.L. CSR-146/2020 Explotaciones Agrícolas Los Rigores, S.L. CSR-52/2020 Explotaciones Agrícolas Pedreño, S.L. CSR-50/2020 Explotaciones Alcón, S.L. CSR-112/2020 Felicia del Carmen Ros León CSR-35/2020 Felipe Martínez Roca CSR-173/2020 Frutas Esparza, S.L. CSR-23/2020 General de Galerías Comerciales Socimi, S.A. CSR-84/2020 GNK Desarrollos, S.L. CSR-80/2020 Gregal, S.Coop. CSR-21/2020 Grupo de Regantes Meroños-Santa Rosalía CSR-98/2020 G’s España Holdings, S.L. CSR-100/2020 Hacienda Los Claveles, S.L. CSR-175/2020 Herederos de José Armero Jiménez CSR-163/2020 Hermanos Martínez Jaén, S.L. CSR-42/2020 HIERSA, ACEROS CORRUGADOS, S.A. CSR-18/2021 Hortesca, S.L. CSR-66/2020 CSR-172/2020 Huerta de San Isidro, S.A. CSR/85/2020 INSTALACIONES AGRICOLAS ROBLES-FUENTES, S.L. CSR-22/2021 Intercrop Ibérica, S.L. CSR-113/2020 Invemel, S.L. CSR-57/2020 Isabel Aznar Ros CSR-117/2020 José Antonio Roca León CSR-43/2020 José García Jiménez CSR-141/2020 José López Hernández y Antonio Julián López Hernández, C.B. CSR-17/2020 José López Roca CSR-13/2020 José Madrid Egea CSR-26/2020 José María León Inglés CSR-160/2020 José Tomás Carrillo Gracia CSR-18/2020 José Zamora Soto CSR-65/2020 Juan Antonio Pedreño López CSR-76/2020 Juan Inglés Gómez CSR-120/2020 Juan José López Roca CSR-161/2020 Juan José Solana Pérez (hrdos.) CSR-92/2020 Juan Marín Espinosa CSR-69/2020 Juan Marín Vidal CSR-78/2020 Juan Pedro Sánchez Blaya CSR-150/2020 JuanJor, S.L. CSR-96/2020 KERNEL EXPORT S.L. CSR-7/2021 LA FORJA SELECCIÓN S.L. CSR-51/2020 Langmead España, S.L. CSR-73/2020 Lo Heredia, S.L. CSR-151/2020 Lo Triviño, C.B. CSR-71/2020 Los Zeneques, S.L. CSR-14/2020 María Sánchez Solana CSR/87/2020 Mariano Madrid Egea CSR-22/2020 Martín Marín Vidal CSR-70/2020 Mateo García Inglés, S.L. CSR-109/2020 Máxima Marín Manzanares CSR-119/2020 CSR-12/2021 Miguel Moreno Ros CSR-152/2020 Nilesán, S.L. CSR-142/2020 Nunhems Spain, S.A.U. CSR-53/2020 Pedro Antonio Garcia Cascales Eduardo Garcia Lopez CSR-6/2021 Pedro José Galindo Fernández CSR-11/2020 PETICIONARIO Referencia del expediente acumulado Pedro Mateo Saura CSR-144/2020 Pedro Sánchez García CSR-149/2020 Plantsur, S.C.L. CSR-44/2020 Producciones Agrícolas Sabas, S.L. CSR-147/2020 Productores y Comercializadores de Melón, S.L. CSR-46/2020 CSR-47/2020 CSR-48/2020 Quiteria Conesa Muñoz CSR-27/2020 Rainver Agrointensiva, S.L. CSR-79/2020 Raul García Santa Catalina CSR-97/2020 Recursos Hídricos Cartagena SL CSR-23/2019 Rincón de Pepe, C.B CSR-99/2020 Roda Golf & Beach Resort, S.L. CSR-104/2020 Roymaga, S.L. ASV-9/2020 S.AT. Nº557 Isidoro García Ráez CSR-106/2020 Salvador Martínez Sánchez CSR-36/2020 SAREB, S.A. (URBANIZACIÓN HACIENDA DEL ÁLAMO) CSR-158/2020 SAREB, S.A. (Urbanización Las Terrazas de La Torre) CSR-162/2020 SAREB, S.A. (Urbanización MAR MENOR GOLF RESORT) CSR-159/2020 Semilleros Jimenado, S.A. CSR-49/2020 Sociedad Cooperativa Vegetales de Murcia, S.C.L. CSR-32/2020 Teodoro Madrid Egea CSR-20/2020 Terra Inversis Nature, S.L. CSR-95/2020 Valentina Mª Luisa y Mª del Rosario Bolea González CSR-58/2020 Villar Alto Lo Navarro, S.L. CSR-59/2020 En Murcia, 29 de julio de 2021.—El Comisario de Aguas, Francisco Javier García Garay. A-310721-5147