IV. Administración Local San Javier 5988 Bases para la provisión en propiedad de seis plazas de Agente de la Policía Local del Ayuntamiento de San Javier mediante oposición libre y una de turno restringido a militares profesionales de tropa y marinería. La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 29 de julio de 2021, acordó convocar oposición para proveer en propiedad, por el turno libre, seis plazas vacantes de Agente de la Policía Local, y una de turno restringido a militares profesionales de tropa y marinería, incluidas en la Oferta de Empleo Público correspondiente a los años 2019 y 2021. La convocatoria se regirá por las siguientes: Bases Primera.- Objeto de la convocatoria. 1.1. Es objeto de esta convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, mediante oposición libre, de siete plazas de Agentes de la Policía Local, vacantes en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier, dotadas con los emolumentos correspondientes al Grupo C, Subgrupo C1, e incluidas en la Oferta de Empleo Público para los años 2019 y 2021, con la siguientes características: Grupo C, Subgrupo C1 (según artículo 76 del R.D. Leg 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con la Disposición Transitoria Tercera del mismo). Escala: Administración Especial (Escala Básica, según artículo 22 de la Ley 6/2019, de 4 de abril). Subescala: Servicios Especiales. Clase: Policía Local. Categoría: Agente (artículo 22 de la Ley 6/2019, de 4 de abril) Denominación: “Agente de Policía Local”. Plazas convocadas: · 6 plazas por turno libre · 1 plaza por turno restringido a militares profesionales de tropa y marinería, 1.2. El sistema escogido por el Ayuntamiento de San Javier para el acceso a la categoría de Agente es el de oposición, seis por el turno libre y una por turno restringido a militares profesionales de tropa y marinería, de conformidad con lo indicado en los artículos 33.5 a, 33.7 y 36.1 de la Ley 6/2019, de 4 de abril). 1.3. La presente convocatoria, se ajustará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, 7/1985, de 2 de abril; en el Real Decreto-Legislativo número 781/1986, de 18 de abril; Real Decreto número 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto número 364/1995, de 10 de marzo; Ley 6/2019, de 4 de abril, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; Decreto número 82/1990, de 16 de octubre, por el que se aprueban los criterios a que deberán atenerse las Bases de las convocatorias que se aprueben por las Corporaciones Locales de la Región de Murcia, para el ingreso y ascensos en los Cuerpos de la Policía Local, y demás legislación concordante en la materia. Segunda.- Publicación. 2.1. La convocatoria y sus bases se publicarán íntegramente en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, y un extracto de la primera en el “Boletín Oficial del Estado”. 2.2. El resto de publicaciones a que haga referencia la legislación vigente, se entenderán referidas exclusivamente al “Boletín Oficial de la Región de Murcia” y al Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Tercera.- Requisitos de los aspirantes. 3.1.- Para tomar parte en la oposición será necesario cumplir los siguientes requisitos: a) Tener la nacionalidad española. b) Tener cumplidos los 18 años y no exceder de la edad de jubilación. c) Estar en posesión del título académico de bachiller o técnico y de los permisos de conducción de las clases B y A2. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. d) Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigidas para el desempeño de las funciones. La aptitud física para realizar las pruebas señaladas en la convocatoria, deberá acreditarse mediante certificado médico. e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial. f) Carecer de antecedentes penales. g) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. h) Comprometerse a portar armas y a utilizarlas, mediante declaración jurada, que deberá incorporarse a la instancia de participación en el procedimiento selectivo, conforme al modelo que se adjunta como Anexo IV. 3.2.- Los interesados en optar al turno restringido a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito, cuando les sea requerido, comportará la adscripción a las plazas de turno libre. 3.3.- Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria. Cuarta.- Solicitudes. forma y plazo de presentación. 4.1.- La solicitud deberá ajustarse al modelo oficial que figura como Anexo I de las presentes Bases, y deberán cumplimentarse electrónicamente, modelo al que se accederá, con carácter general, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de San Javier para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos que se establezcan. 4.2.- La presentación de la solicitud se realizarán en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos de Pruebas Selectivas (https://sede.sanjavier.es/) ----- Registro electrónico ----- Cátologo de Servicios Ámbito ----- Recursos Humanos ----- Medio de presentación ----- Trámite on line. Todo ello, siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. La presentación por esta vía permitirá: – La inscripción en línea del modelo oficial. – Anexar documentos a la solicitud. – El pago electrónico de las tasas. – El registro electrónico de la solicitud. En cualquier caso, podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas. 4.3.- Las solicitudes en soporte papel se efectuará solamente para la forma de presentación establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante cumplimentación de la instancia en el modelo oficial establecido que se adjunta como Anexo I a las Bases Generales. En este caso, deberá remitirse copia de la solicitud al e-mail rrhh@sanjavier.es, dentro del mismo día de su presentación. No será necesaria dicha comunicación cuando la solicitud se presente en sede electrónica. 4.4.- El domicilio que figure en la instancia se considerará el único válido a efectos de notificación, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante la comunicación al Ayuntamiento de San Javier de cualquier cambio de domicilio. 4.5.- Los aspirantes deberán hacer constar que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en las Bases, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. 4.6.- En cada convocatoria se especificará el importe y el pago de la tasa por derechos de examen, conforme a lo se disponga en la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derechos de examen del municipio de San Javier. Cuando la solicitud se presente de modo electrónico, el ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos de Pruebas Selectivas (https://sede.sanjavier.es/). La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro. Cuando la solicitud se presente en soporte papel, el importe de las tasas por derechos de examen se practicará mediante autoliquidación, exclusivamente en los impresos habilitados al efecto por la Oficina de Recaudación municipal del Ayuntamiento realizando su ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora indicada en el reverso del impreso de autoliquidación, y especificándose en el mismo, los siguientes conceptos de derechos de examen, nombre, apellidos, DNI, convocatoria y/o plaza por la que se opta. No se tramitará ninguna solicitud en la que no se acredite previamente el pago de la tasa. La falta de pago de la tasa en el plazo de presentación de instancias, determinará la inadmisión del aspirante a las pruebas selectivas. 4.7.- Las instancias irán acompañadas de la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI. b) Declaración jurada relativa al compromiso de portar armas, conforme al modelo que figura como Anexo III a las presentes bases. c) Certificado médico acreditativo de la aptitud para realizar las pruebas físicas señaladas en las presentes bases. d) Reguardo acreditativo del ingreso de la cantidad de 28 €, en concepto de derechos de examen, en los casos que la solicitud haya sido presentada en soporte papel para la forma de presentación establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La tasa por derecho de examen solamente será devuelta en el supuesto de no ser admitido el/la aspirante por falta de cumplimiento de los requisitos exigidos para tomar parte en la oposición. Quinta.- Admisión de aspirantes. 5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente de la Corporación dictará, en el plazo máximo de un mes, Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, determinando en la misma el lugar, día y hora de comienzo de los ejercicios, el orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan ser realizados de forma conjunta y simultánea, y la composición del Tribunal calificador. 5.2. La Resolución indicada en el apartado anterior se publicará en el “Boletín Oficial de la Región”, y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, constando en ella el nombre de los aspirantes admitidos y excluidos y la causa de exclusión, y estableciendo un plazo de diez días para la subsanación de errores. 5.3. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese formulado reclamación alguna, la lista provisional pasará a definitiva sin necesidad de nueva publicación. En caso de que se hubieren presentado reclamaciones, las mismas serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que apruebe la lista definitiva, la cual será publicada en la forma prevista en el apartado segundo de la presente Base. Sexta.- Tribunal Calificador. 6.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros: a) Presidente/a: El Responsable de la Jefatura del Cuerpo de la Policía Local. b) Secretario-vocal: el Secretario de la Corporación o funcionario/a de la misma en quien delegue. c) Tres vocales: - Un/a funcionario/a a propuesta de la Dirección General competente en materia de coordinación de policías locales. - Un/a integrante de la plantilla de Policía Local de este Ayuntamiento, de igual o superior categoría a la que corresponde a las plazas objeto de esta convocatoria, propuesto conforme a lo establecido en el artículo 17 del Acuerdo de Condiciones de trabajo vigente del Ayuntamiento de San Javier. - Un/a funcionario/a del Ayuntamiento nombrado/a por el Sr. Alcalde. 6.2. El nombramiento de los miembros del Tribunal corresponderá al Sr. Alcalde, e incluirá el de sus respectivos suplentes. Todos los miembros habrán de ser funcionarios de carrera, y deberán pertenecer a un grupo de clasificación profesional de personal funcionario igual o superior a aquel en el que se integran las plazas objeto de convocatoria. 6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, podrán ser recusados por los aspirantes en los términos establecidos en el artículo 24 de la mencionada norma. 6.4. No podrá formar parte del órgano de selección el personal funcionario que hubiera realizado tareas de formación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. 6.5. El Tribunal podrá contar con el asesoramiento de especialistas para todas o algunas de las pruebas, nombrados por el Sr. Alcalde. Dichos asesores prestarán su colaboración, exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidades técnicas. 6.6. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente y del Secretario, ni de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente. Sus decisiones se adoptarán por mayoría. 6.7. A efectos de percepción de asistencias por los miembros del Tribunal, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, así como a las disposiciones posteriores que actualicen el importe de dichas indemnizaciones. 6.8. La composición del Tribunal se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad. La pertenencia de los distintos miembros al Tribunal Calificador lo será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. Séptima.- Sistema de acceso. La selección se realizará mediante el sistema de turno libre y turno restringido. 7.1. El turno libre es el sistema de acceso a los Cuerpos de Policía Local que permite la participación de todos aquellos que reúnan los requisitos específicos establecidos en las bases de la convocatoria. 7.2. El turno restringido es el sistema de acceso a los Cuerpos de Policía Local que permite la participación de militares profesionales de tropa o marinería, siempre que cuenten con más de 5 años de servicio y cumplan los requisitos exigidos para el ingreso, con una reserva de un máximo de un 20% de las plazas de Agente incluidas en la Oferta de Empleo Público. Las plazas convocadas por el turno restringido que no sean cubiertas, se adicionarán a las convocadas por el turno libre. A efectos del cálculo del porcentaje establecido el párrafo anterior, cuando de la aplicación del mismo al número de plazas resulte una fracción superior a las cinco décimas, se redondeará al alza hasta alcanzar el número inmediatamente superior entero. Las fracciones iguales o inferiores a cinco décimas no se tendrán en consideración. Octava.- Fases del proceso selectivo. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: 1. Fase de oposición. 2. Curso selectivo de formación teórico-práctico impartido por el Centro de Formación competente de la Administración Regional. Novena.- Fase de oposición. 1. Los ejercicios de la fase de oposición darán comienzo una vez transcurrido, al menos, un mes desde la fecha de la publicación del extracto del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. 2. Con una antelación de, al menos, 15 días naturales, se publicará en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento el lugar, día y hora de comienzo de la primera prueba de la oposición. 3. Desde la total terminación de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo cuya duración será de un mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales. 4. Los/las aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos los que no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, antes de la finalización del ejercicio en cuestión. 5. El orden de actuación de los/las opositores/as, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjunta y simultáneamente, dará comienzo por los aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra que se determine en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas por la que se hace público, para el año 2021, el resultado del sorteo a que se refiere el artículo 17 del RD 364/1995, de 10 de marzo, de no haberse aprobado dicha Resolución, por la letra determinada en la Resolución por la que se hacía público el resultado del sorteo para el ejercicio 2020. 6. Con el fin de garantizar el anonimato de los aspirantes en la realización de los ejercicios, y siempre que las características de los mismos lo permitan, no podrá constar en éstos ningún dato de identificación personal de los/las aspirantes. 7.- La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios, obligatorios y eliminatorios cada uno de ellos: 9.1.- Primera prueba. 9.1.1.- Talla y pruebas de aptitud física 1.- Entrega al tribunal del certificado médico oficial por parte de los aspirantes de ser apto/a para la realización de las pruebas físicas. 2.- Talla y demás medidas antropométricas. La prueba se calificará de apto o no apto. 9.1.2.- Aptitud física, que comprenderán: Pruebas de aptitud física que acrediten la capacidad del aspirante, de acuerdo con lo dispuesto en el Anexo II del Decreto 82/1990, de 16 de octubre. Para su realización el Tribunal deberá contar con el asesoramiento de un profesor de educación física, que preparará y evaluará las pruebas, correspondiendo su nombramiento al Sr. Alcalde. Las pruebas físicas se puntuarán de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II del Decreto 82/1990, de 16 de octubre. La calificación global de esta tercera prueba será, para quienes hayan superado todas las pruebas físicas, el cociente resultante de dividir la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas físicas realizadas, de acuerdo con el baremo antes señalado, entre el número de pruebas. 9.2.- Segunda prueba. Conocimientos del temario de la oposición (Anexo II): Comprenderá de dos ejercicios escritos, ambos eliminatorios. El primero ejercicio consistente en contestar a un tema de los que componen el temario, extraído al azar, por un/a de los/as aspirantes presente, entre todas las bolas que representan a los temas que integran el temario y que serán introducidas, una a una, en una bolsa en presencia de todos/as los/as aspirantes. El segundo ejercicio consistente en la realización de un test de 50 preguntas sobre el temario de la oposición. El Tribunal determinará el número de respuestas alternativas de cada pregunta y el régimen de penalización, en su caso, de las respuestas erróneas. La prueba escrita de conocimientos del temario tendrá una duración máxima de 3 horas, determinando el Tribunal la duración concreta de cada uno de los ejercicios de esta prueba, debiendo valorarse en el primer ejercicio la claridad en la exposición del tema, la facilidad de expresión escrita y, esencialmente, los conocimientos sobre la materia. Cada uno de los ejercicios se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación global de la prueba escrita de conocimientos será la media aritmética resultante de dividir la suma de la puntuación obtenida en cada una de los dos ejercicios, entre dos. Debiéndose obtener al menos un cinco en cada prueba para superar la prueba. 9.3.- Tercera prueba. Aptitud psicotécnica. Dirigidas a determinar la aptitud psicológica y la adecuación al perfil del puesto de Agente de Policía Local. El Tribunal deberá contar, para la realización de estas pruebas, con el asesoramiento de un Graduado o Licenciado en Psicología, que las preparará y evaluará, debiendo estar presente en la realización de las mismas, correspondiendo su nombramiento al Sr. Alcalde. Las pruebas psicotécnicas, consistirán en la administración de uno o varios test psicométricos de evaluación de las aptitudes intelectuales, entre las que pueden encontrarse las aptitudes: espacial, numérica, verbal, abstracta, lógica, atención, memoria y la inteligencia general. La duración total de esta prueba se determinará por el Tribunal dependiendo del número de test elegidos para la prueba. Además, se administrarán uno o varios test psicotécnicos para realizar un análisis global de la estructura de la personalidad, orientado a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial y que se ajusten al perfil propuesto para el puesto de Agente de Policía Local de San Javier. Los aspectos que se evaluarán para valorar si la persona opositora cumple adecuadamente el perfil de Agente de Policía Local serán elegidos entre los siguientes: - Estabilidad psíquica, con la finalidad de conocer si el/la aspirante presenta un nivel de equilibrio emocional suficiente para desempeñar el puesto de trabajo de Agente de Policía Local. Así como si presenta tendencia a experimentar desajustes psicológicos y emociones negativas y su capacidad de autocontrol emocional, conductual y de los impulsos. - Distintas habilidades sociales y conductas interpersonales que permitan conocer la capacidad de la persona opositora para trabajar en equipo y para adaptarse a diferentes grupos de trabajo que presentan turnos rotativos. Es necesario conocer, su capacidad para relacionarse con la estructura jerárquica policial, el ajuste a las normas y el cumplimiento de órdenes. Se valorará la motivación laboral e iniciativa. También se medirá su capacidad para comunicarse y de atender adecuadamente al ciudadano. La capacidad empática e interés por los demás. - Funcionamiento cognitivo y conductual para el desempeño profesional. Se medirán diferentes parámetros que nos aporten información sobre su adaptabilidad a las situaciones difíciles o cambiantes y su forma de interaccionar con el entorno. La capacidad reflexiva de la persona opositora y su flexibilidad cognitiva para afrontar las situaciones policiales. Habilidades para la resolución de conflictos, la resistencia a la adversidad y el afrontamiento de situaciones de alto nivel de estrés. - Será valorada la integridad y honestidad a la hora de afrontar las pruebas, midiendo la sinceridad en las respuestas del candidato/a y/o su nivel deseabilidad social que podrían invalidar la prueba ya que no representarían la realidad del sujeto. - Por otra parte, los/as opositores/as cumplimentaran un cuestionario biográfico y socio-laboral que servirá de base y guía para la entrevista personal. - Antes del comienzo de las pruebas, se informará a los/as aspirantes del perfil del puesto de Agente de Policía Local de San Javier que haya sido aprobado por el órgano de selección en la sesión celebrada el mismo día de la realización del ejercicio y que incluirá los puntos de corte establecidos. - Se realizará una entrevista personal, la cual, tiene por objeto contrastar y ampliar los resultados de la prueba psicotécnica de personalidad, para valorar que el/la aspirante presenta en grado adecuado las competencias y cualidades para el desempeño del puesto de Agente de Policía Local de San Javier. La prueba se calificará de apto o no apto. 9.4.- Cuarta prueba. Prueba oral de conocimientos: Consistirá en contestar oralmente, durante una hora, a tres temas del temario del grupo II del ANEXO II, sacados a suerte por cada uno de los aspirantes, uno del grupo de temas 1 a 9, otro del grupo de temas 10 al 20 y el último del grupo de temas 21 al 32. La celebración de este ejercicio será pública. Se valorará el conocimiento sobre los temas expuestos. Si una vez desarrollados los dos primeros temas, o transcurrida media hora de exposición, el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la actuación del aspirante, podrá invitar a éste a que desista de continuar el ejercicio. Concluida la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante, sobre el contenido de los temas expuestos y solicitarle cualquier explicación complementaria. El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos. 9.5.- Quinta prueba (Opcionales. Se puede realizar una, las dos o ninguna). 9.5.1.- Conocimiento del municipio de San Javier historia y geografía: Pedanías que integran el municipio, callejero de las principales avenidas y vías de comunicación en las que se articula el tráfico rodado, edificios e instalaciones municipales y las principales fiestas locales durante todo el año. Consistirá en contestar por escrito a 20 preguntas de la información que se encuentra localizada en la pagina web del Ayuntamiento. Las preguntas podrán ser tipo test, abiertas, o bien, una combinación de ambas, para evaluar el grado de conocimiento general de los aspirantes sobre el municipio de San Javier y sus pedanías. El ejercicio se calificará de 0 a 2 puntos. 9.5.2.- Conocimientos de idioma inglés: Consiste en contestar a una prueba de conocimiento del idioma de Inglés con el fin de poder comunicarse en el ejercicio de las funciones policías en situaciones muy cotidianas, con expresiones de uso muy frecuentes y utilizando vocabulario y gramática básica (correspondiente a un nivel de inglés tipo B1). La prueba consistirá en contestar por escrito a 20 preguntas del temario del ANEXO III que podrán ser tipo test, abiertas, o bien una combinación de ambas. El ejercicio se calificará de 0 a 2 puntos. 9.6.- Reconocimiento médico. Reconocimiento médico, de acuerdo con el cuadro de exclusiones que figura en el Anexo I del Decreto 82/1990, de 16 de octubre. La prueba se calificará de apto o no apto. Décima.- Puntuación de las calificaciones. 10.1.- Todos los ejercicios de la oposición tendrán carácter eliminatorio. En los ejercicios que se califican de 0 a 10 puntos será preciso obtener un mínimo de cinco puntos para superarlos y poder pasar al siguiente. En los ejercicios que sean tipo test cada tres respuestas incorrectas se penalizara con una correcta. 10.2.- Las puntuaciones de los aspirantes que hayan superado cada ejercicio se harán públicas una vez otorgadas, y siempre antes del comienzo del ejercicio siguiente, siendo expuestas en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en la sede electrónica de este Ayuntamiento. 10.3.- La calificación obtenida por cada uno/a de los aspirantes en los ejercicios y pruebas calificables de 0 a 10 puntos, será la media aritmética de las otorgadas, de forma secreta, por cada uno de los miembros del Tribunal Calificador, a cuyo efecto se sumarán los puntos otorgados por 10 cada miembro del Tribunal, dividiendo el resultado por el número de asistentes de aquel, siendo el cociente la calificación del ejercicio o prueba. En la calificación, deberán desecharse las puntuaciones que difieran en 2,5 puntos, por exceso o por defecto, de la media, en cuyo caso se obtendrá un nueva y definitiva nota media excluyendo éstas. 10.4.- La calificación definitiva de la fase de oposición estará determinada por la suma aritmética de la calificación obtenida en las pruebas de acuerdo con los criterios antes señalados, de los aspirantes que hayan superado previamente con la calificación de apto, las pruebas de aptitud psicotécnica, reconocimiento médico, aptitud física y prueba de conocimiento de inglés. 10.5.- Se velará por el anonimato de los aspirantes en cada una de las dos pruebas escritas de conocimientos de la fase oposición. Para ello, a los aspirantes se les facilitará un código anónimo, que solamente sabrán ellos/as mismos/as, y con el que se les identificaran, a partir de ese momento, en cada uno de los ejercicios de cada prueba, sin poder poner o referenciar en los msmos, nombre, apellidos, firma o cualquier otro signo, señal o símbolo que les pudiera identificar. Para ello, los aspirantes, en cuando se les entregue el código anónimo, deberán identificarlo en una hoja aparte, con su nombre, apellidos y número de DNI, dicha hoja deberá ser introducida en un sobre que a tales efectos se les habrá entregado previamente a los aspirantes, lo cerrarán y entregarán a un miembro del Tribunal. El Tribunal recogerá todos los sobres con los códigos que identifican a los aspirantes, y los introducirán, a su vez, en otro sobre, el cual será cerrado, firmado y sellado por todos los miembros del Tribunal. Las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y pruebas escritas se expondrán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento con el código anónimo. Al final cada una de las pruebas de conocimientos de la fase de oposición, el Tribunal de selección, expondrán en el Tablón de anuncios el día, hora y lugar donde se abrirán, de manera pública,los sobres que contienen las identidades de cada código a fin de poder identificar a los aspirantes y sumar las diferentes calificaciones de las fase de oposición. Este procedimiento de repetirá para las pruebas segunda y tercera de la fase de oposición. Undécima.- Publicación de los aspirantes seleccionados y presentación de documentación. 11.1.- Terminada la calificación definitiva de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados, por orden de puntuación, con indicación del nombre de los aspirantes que, por haber superado todos los ejercicios de la oposición y ostentar la máxima calificación global, hayan sido seleccionados. En caso de empate en la puntuación global por parte de dos o más aspirantes, la prelación se determinará atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la quinta prueba. 11.2.- El Tribunal elevará al Sr. Alcalde propuesta de nombramiento como funcionarios en prácticas y de realización del correspondiente curso selectivo a favor de dicho aspirante, no pudiendo contener la propuesta más nombres que plazas convocadas. 11.3.- Los aspirantes propuestos aportarán, en el Negociado de Recursos Humanos del Ayuntamiento de San Javier, en el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día en que se efectúe la publicación indicada en el apartado primero de la presente base, los documentos acreditativos de reunir las condiciones y requisitos de capacidad exigidos en la base tercera, a saber: _Fotocopia compulsada de la titulación exigida en la convocatoria. _Fotocopia compulsada de los permisos de conducir. _Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado por resolución judicial para el desempeño de empleo o cargo público. _Certificado expedida por el Registro Central de carecer de antecedentes penales. 11.4.- Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaran la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia. 11.5.- En el caso de que los aspirantes seleccionados no llegara a ser nombrado por fallecimiento, renuncia, o por no reunir los requisitos exigidos, o no llegara a tomar posesión, se dará traslado al Tribunal, para que eleve propuesta de aprobado a favor del opositor que, habiendo superado todos los ejercicios de la oposición, tenga la segunda puntuación más alta en la relación a que se refiere el apartado primero de la presente base. Duodécima.- Nombramiento en prácticas. 12.1.- Una vez aportada la documentación exigida y acreditado el cumplimiento de las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria, se dictará por el órgano municipal competente la correspondiente resolución, efectuando el nombramiento del aspirante como funcionario en prácticas, agente de policía local. 12.2.- El aspirante deberá tomar posesión como funcionario en prácticas, y prestar el juramento o promesa legalmente establecido en el plazo máximo de 30 días a contar desde la fecha de notificación del nombramiento. El funcionario en prácticas percibirá las retribuciones inherentes a tal condición. 12.3.- El/la aspirante nombrado en prácticas deberá realizar el curso selectivo de formación teórico-práctico, impartido u homologado por el centro de formación correspondiente de la Administración Regional, a que hace referencia el artículo 37 de la Ley 6/2019, de 4 de abril. El periodo de prácticas se prolongará hasta que el funcionario haya superado, y por una sola vez, el citado curso selectivo con la calificación de apto. 12.4.- Cuando durante el desarrollo del curso selectivo se detectase que el funcionario/a en prácticas observara una conducta que no se ajustara a las normas dictadas por el tutor del curso, sobre faltas de asistencia, puntualidad, trato con el profesorado o compañeros/ as o adopción de comportamientos o conductas que puedan desmerecer el buen nombre de la Institución Policial a la que pretende pertenecer, se dará cuenta de tal situación, por el tutor, al Sr. Alcalde-presidente, quien, oído el/la interesado/a, resolverá lo conveniente, pudiendo adoptarse resolución de pérdida de la condición de funcionario/a en prácticas y baja del curso. 12.5.- Cualquier falta de asistencia no justificada durante la realización del curso conllevará la disminución proporcional de los derechos económicos. 12.6.- El aspirante que no supere el curso selectivo perderá todos los derechos a su nombramiento como funcionario de carrera, declarándose así mediante resolución motivada del Alcalde. Decimotercera.- Curso selectivo de formación teórico-práctico impartido por el Centro de Formación competente de la Administración Regional. El curso selectivo se estructurará en dos fases, a saber: - Primera Fase - Formación Teórico Práctica, en la manera que que organice la Escuela de Formación e Innovación de la Administración Pública (EFIAP), adscrita a la Dirección General de Función Pública. - Segunda Fase - Formación en las Plantillas, se desarrollará en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de San Javier, ajustándose a la Resolución de la Dirección General de Función Pública que apruebe la Guía Didáctica del curso selectivo. Durante el periodo de prácticas en el Cuerpo, el personal funcionario irá realizando, bajo la supervisión de un miembro de la plantilla del propio Cuerpo, los distintos cometidos existentes en la organización funcional de la plantilla, no pudiendo estar incluidos en el cuadrante ordinario de servicios ni desempeñar un puesto de trabajo. Decimocuarta.- Nombramiento como funcionario de carrera. 14.1.- El nombramiento como funcionario de carrera, agente de la policía local, del aspirante propuesto, únicamente podrá efectuarse a favor de éste, una vez superado con aprovechamiento el curso selectivo de formación teórico-práctico, debiendo ser declarado “apto”, una vez finalizado el mismo, en la resolución que remitirá al Ayuntamiento el Órgano Directivo competente en materia de coordinación de policías locales, o el centro de formación correspondiente de la Administración Regional. 14.2.- Finalizado el curso selectivo, y superado el mismo con la calificación de “apto”, el Sr. Alcalde-Presidente procederá al nombramiento como funcionario de carrera del aspirante. Dicho nombramiento será objeto de publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”. El aspirante deberá tomar posesión del cargo en el plazo máximo de diez días a contar a partir del día siguiente a aquel en que se le notifique el nombramiento. En el supuesto de no tomar posesión en dicho plazo, sin causa justificada, perderá todos sus derechos a la plaza. Decimoquinta.- Incidencias. 15.1.- El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas, en todo aquello no previsto por las presentes bases, siempre que no se oponga a las mismas y de acuerdo con la legislación vigente. 15.2.- En el caso de que durante la celebración de las pruebas selectivas se observase por el Tribunal que alguno de los aspirantes no reúne uno o más de los requisitos exigidos por la convocatoria, podrá, previa audiencia del/la aspirante afectado, proponer al Alcalde su exclusión de las pruebas, haciendo constar expresamente las causas en la propuesta. Decimosexta.- Protección de datos. 16.1.- Responsable. Se informa a los/as interesados/as que sus datos personales van a ser objeto de tratamiento por parte del Ayuntamiento de San Javier, con CIF P-3003500J, y dirección en Plaza de España, Nº 3, C.P. 30730, San Javier, Murcia. 16.2.- Delegado de Protección de Datos. Puede contactar con el Delegado de Protección de Datos (DPD) preferentemente por correo electrónica a la dirección dpo@sanjavier.es, mediante correo postal a la dirección indicada anteriormente o bien mediante el registro de entrada en las instalaciones del Ayuntamiento. 16.3.- Finalidades de sus datos. Sus datos personales se trataran con la finalidad de: · Finalidad 1.ª Gestionar la selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante ofertas de empleo. Por lo tanto, sus datos serán tratados para poder tramitar su solicitud y resolver el proceso en la que participa. · Finalidad 2.ª Formar parte de la bolsa de trabajo elaborada por el Ayuntamiento. De este modo se gestionará su currículum para su valoración en futuras ofertas de empleo. 16.4.- Plazo de supresión de datos. Sus datos serán conservados durante el periodo establecido por el tratamiento, la legislación aplicable y los requerimientos aplicables a la conservación de información por parte de la Administración Pública. Por ello se le informa que: · Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y patrimonio documental español en relación a la Finalidad 1. · En relación a la Finalidad 2, sus datos se mantendrán mientras la bolsa de trabajo se encuentre abierta o hasta que el interesado retire el consentimiento. El Ayuntamiento de podrá verificar telemáticamente los datos necesarios para acreditar su identidad y/o el cumplimiento de otros requerimientos, requisitos o condiciones de esta convocatoria (a menos que el interesado se oponga expresamente, en cuyo caso deberá aportar fotocopias de los documentos pertinentes), sin perjuicio de la solicitud de aportación de documentos que el Ayuntamiento pueda dirigirle al interesado. 16.5.- Categoría de datos personales: El responsable tratará datos identificativos del interesado, de contacto, características personales, detalles de empleo, y datos académicos y profesionales. 16.6.- Destinatarios: Sus datos personales, así como las calificaciones obtenidas en el proceso de selección, podrán ser publicados por el Ayuntamiento en base al principio de transparencia que rige estos procesos. Asimismo, dichos datos pueden ser cedidos a las Administraciones Públicas cuya intervención pudiera ser necesaria para la tramitación y/o control de estos asuntos, a las entidades cuyo concurso sea necesario en la tramitación de los mismos y en el resto de supuestos previstos por la Ley. En su caso, sus datos identificativos podrán ser publicados de conformidad a lo dispuesto en el proceso de selección a través de diarios de difusión local, autonómica y/o nacional. 16.7.- Ejercicio de derechos: Para ejercitar los derechos que procedan conforme a la normativa de protección de datos (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación, portabilidad, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan) frente al tratamiento de sus datos personales, puede dirigirse al Delegado de Protección de Datos por correo electrónico a la siguiente dirección: dpo@sanjavier.es, facilitando copia de su DNI o documento identificativo equivalente. Decimoséptima.- Recursos. Las presentes Bases, la correspondiente convocatoria, y cuantos actos se deriven de éstas, o de las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En San Javier, 13 de septiembre de 2021.—El Concejal de Personales, Antonio Martínez Torrecillas. Anexo II Grupo I. Materias comunes. Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Derechos y deberes de los españoles contenidos en la Constitución. Garantías y supuestos de suspensión de los mismos. Tema 2.- Organización política del Estado Español: La Corona. Las Cortes Generales, composición y funciones. El Gobierno. El Poder Judicial. La Unión Europea, Organización Institucional. Tema 3.- La Organización territorial del Estado: Administración Central. Administración autonómica. La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Estatuto de Autonomía y Organización Institucional. Tema 4.- La Administración Local. Principios constitucionales. La Provincia. El Municipio. La isla. Otros entes locales. Tema 5.- El Municipio. Concepto y elementos del municipio: población, territorio y organización. Tema 6.- Personal al servicio del Municipio. Funcionarios. Personal Laboral. Derechos y deberes. Sindicación. Seguridad Social y derechos pasivos. Tema 7.- Fuentes del derecho. El principio de legalidad. La jerarquía normativa. Tema 8.- El Reglamento: fundamento, concepto y clases. Límites de la potestad reglamentaria. Especial consideración de la potestad reglamentaria municipal: ordenanzas y bandos. Otras fuentes del Derecho Administrativo. Tema 9.- Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los actos administrativos. El Procedimiento administrativo. Actos y acuerdos de los entes locales. Procedimiento administrativo local. Notificaciones. Tema 10.- Conocimiento del municipio de San Javier historia y geografía: Pedanías que integran el municipio, callejero de las principales avenidas y vías de comunicación en las que se articula el tráfico rodado, edificios e instalaciones municipales y las principales fiestas locales. Grupo II. Materias específicas. Tema 1.- Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Tema 2.- Real Decreto 1428/2003 de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación. Tema 3.- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. Tema 4.- Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos. Tema 5.- Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Tema 6.- La conducción etílica. Alcoholemia. Estudio especial de los preceptos contenidos en la normativa de seguridad vial y en el Código Penal. Tema 7.- La retirada de vehículos de la vía pública. Estudio de los preceptos contenidos en la normativa de seguridad vial. Vehículos abandonados: Ordenanza municipal de limpieza viaria. Tema 8.- Transporte de viajeros y mercancías: estudio de los principales preceptos contenidos en la normativa de seguridad vial y en la legislación de transportes. Tema 9.- El transporte de mercancías peligrosas. Concepto y reglamentación especial. Tema 10.- La Policía. Concepto y funciones. La Policía y el Estado Social y Democrático de Derecho. Policía y sociedad. Tema 11.- Ética policial. Normativa Internacional sobre Deontología Policial. Tema 12.- Modelo policial español. Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Tema 13.- Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Región de Murcia y normativa de desarrollo. Tema 14.- La Policía comunitaria: la Policía de barrio. La prevención policial. Tema 15.- Ley de Enjuiciamiento Criminal: La Policía Judicial. Concepto. Funciones. Normativa reguladora. Aspectos más relevantes de esta Ley. Procedimiento abreviado para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. Tema 16.- La detención. Casos en que procede la detención. Requisitos. Supuestos especiales. Tratamiento de los detenidos. Los derechos del detenido. La asistencia letrada. Puesta a disposición judicial de los detenidos. Tema 17.- El atestado. Concepto, naturaleza y valor procesal. Requisitos de fondo y forma. Actuaciones sumariales. Inspección ocular. Cuerpo del delito. Identificación del delincuente. Declaraciones de los procesados y de los testigos. Tema 18.- Ley Orgánica 6/84, de 24 de mayo, de “Habeas Corpus”. La entrada y registro en locales cerrados. Tema 19.- Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana. Tema 20.- Ley sobre Derechos y Deberes de los Extranjeros en España y su Integración Social. Tema 21.- Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000. Tema 22.- Consideraciones sobre el Derecho Penal y sus principios generales. Delitos: concepto y elementos. Delitos leves. Tema 23.- Personas responsables. Responsabilidad criminal y responsabilidad civil. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal: eximentes, atenuantes y agravantes. Tema 24.- Las penas, conceptos, clases y efectos con especial referencia a las penas privativas de libertad. Tema 25.- Ley Orgánica 10/95, de 23 de noviembre, del Código Penal: Delitos contra la vida e integridad corporal. Título I al VII. La violencia doméstica. Tema 26.- Delitos contra la libertad sexual. Omisión del deber de socorro. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. Delitos contra el honor. Delitos contra las relaciones familiares. Tema 27.- Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. Delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Delitos contra los derechos de los trabajadores. Tema 28.- Delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente. Tema 29.- Delitos contra la Seguridad Colectiva. De las falsedades. Tema 30.- Delitos contra la Administración Pública. Delitos contra la Administración de Justicia. Delitos contra la Constitución. Tema 31.- Delitos contra el Orden público. Delitos de traición y contra la paz e independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional. Delitos contra la Comunidad Internacional. Tema 32.- Delitos contra la Seguridad Vial. Anexo III TEMARIO PRUEBA CONOCIMIENTOS DEL IDIOMA INGLÉS Tema 1.- Los tiempos verbales y sus usos en el idioma inglés. el verbo BE y HAVE. Tema 2.- Pronombres y artículos. Tema 3.- Pronombres interrogativos y formación de preguntas en inglés. Tema 4.- Los adjetivos; comparativos y superlativos. Tema 5.- Los adverbios de modo y su colocación en la frase. Tema 6.- Los verbos modales. Tema 7.- Aspectos generales: días de la semana, estaciones y meses del año. El tiempo atmosférico. La hora. Los numerales (cardinales y ordinales). Los colores. Tema 8.- Las coletillas en la oración. Tema 9.- Las preposiciones. Tema 10.- Los relativos. Tema 11.- Los determinantes. Tema 12.- El nombre y el genitivo sajón. Tema 13.- Las oraciones condicionales. Tema 14.- Verbos que rigen gerundio, infinitivo con TO o infinitivo sin TO. Tema 15.- Las conjunciones. Tema 16.- Otros elementos gramaticales, partículas. Tema 17.- Las oraciones pasivas. Tema 18.- Estilo indirecto ejercicios. test general. Anexo IV DECLARACIÓN JURADA D/D.ª _________________________________________________, con DNI n.º____________________________,declara bajo juramento o promete, a efectos de su participación en el proceso selectivo para Agente de Policía Local, en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Javier, que se compromete, en caso de ser nombrado, a portar el arma reglamentaria y, en su caso, llegar a utilizarla, según la normativa vigente, a conducir vehículos policiales, así como a usar cuantos medios técnicos destine el Ayuntamiento de San Javier al servicio de policía local. En_________________, a ____de__________de 2020 El/la interesado/a Fdo. ____________________________________ A-300921-5988