III. Administración de Justicia Servicio Común Procesal de Ordenación del Procedimiento Social de Murcia De lo Social número Uno de Murcia 999 Seguridad Social 878/2017. Equipo/usuario: APL NIG: 30030 44 4 2017 0007208 Modelo: N81291 SSS Seguridad Social 878/2017 Sobre Seguridad Social Demandantes: Asepeyo Mutua Colaboradora de la Seguridad Social N.º 151 Abogado: Manuel Martinez Ripoll Demandados: Francisco Javier García Molina, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Finca Campoelena, S.L., Agro Alaga IV, SL, Agrícola J. González y Otros, SL, Aceniche Agrícola S.L., Agrícola Casa Pepa, SL, Frutyfoods, S.L., Samafru, SA, Import Export Candaya Frutas, S.L., Antonio Carrillo e Hijos S.A., José Rubio Valera, Agroalimentaria 89, SA, Pagna, S.A., Agrícola Gómez González SL, Frutas Torero, S.A., Carrillo Agrícola, S.L., Frutas Ulea SL, José Poveda Jiménez, Explotación Agrícola del Mare Nostrum SL, Frutas Félix Gómez e Hijos SL, Antonio Caballero Palazón, José García Milla, Sarqui S.A., Abaranera de Verduras Topi, S.L., Ecología del Sureste SL, Opera Bona SA, Frutas Piccadilly S.L, Anaheather, SL, Fesaru SL, Exportaciones Blanca SL Abogado: Letrado de la Seguridad Social, Letrado de la Tesorería de la Seguridad Social Doña Ana María Ortiz Gervasi, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Uno de Murcia. Hago saber: Que en el procedimiento Seguridad Social 878/2017 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Asepeyo Mutua Colaboradora de la Seguridad Social N.º 151 contra Francisco Javier García Molina, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Finca Campoelena, S.L., Agro Alaga IV, SL, Agrícola J. González y Otros, SL, Aceniche Agrícola S.L., Agrícola Casa Pepa, SL, Frutyfoods, S.L., Samafru, SA, Import Export Candaya Frutas, S.L., Antonio Carrillo e Hijos S.A., José Rubio Valera, Agroalimentaria 89, SA, Pagna, S.A., Agrícola Gómez González SL, Frutas Torero, S.A., Carrillo Agrícola, S.L., Frutas Ulea SL, José Poveda Jiménez, Explotación Agrícola del Mare Nostrum SL, Frutas Félix Gómez e Hijos SL, Antonio Caballero Palazón, José García Milla, Sarqui S.A., Abaranera de Verduras Topi, S.L., Ecología del Sureste SL, Opera Bona SA, Frutas Piccadilly S.L, Anaheather, SL, Fesaru Sl, Exportaciones Blanca SL sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución: Diligencia de ordenación Letrado de la Administración de Justicia, Ana María Ortiz Gervasi En Murcia, 8 de julio de 2020. El anterior escrito, con número 15238, presentado por el abogado demandante Sr. Martínez Ripoll, al que acompaña treinta copias de la demanda y documentos que le han sido requeridos, incorpórese a los autos de su razón y se tiene por cumplimentado el citado requerimiento. Se tiene por efectuada la aclaración realizada en escrito nº 14367, sin perjuicio de que la parte actora reproduzca su solicitud en el acto de juicio, de conformidad con lo preceptuado en el art. 85.1 de la LJS y de su contenido dese traslado a las partes. Visto el contenido del citado escrito acuerdo tener por ampliada la demanda frente a José Rubio Valera, Agroalimentaria 89, SA, Pagna SA, Agrícola Gómez González, SL, Frutas Toreo, SA, Carrillo Agrícola, SL, Frutas Ulea, SL, José Poveda Jiménez, Explotación Agrícola Mare Nostrum, SL, Frutas Félix Gómez e Hijos, SL, Antonio Caballero Palazon, José García Milla, Sarqui, SA, Abaranera de Verduras Topi, SL, Ecológica del Sureste, SA, Opera Bona, SL, Frutas Picadilly, SL, Anaheather, SL, Fesaru, SL, Agro Alaga IV, SL, Agrícola J. Gonzales y Otros, SL, Exportaciones Blanca, SL, Agrícola Casa Pepa, SL, Aceniche Agrícola, SL, Frutyfoods, SL, Samafru, SA, Import-Export Candaya Frutas, SL, Antonio Carrillo e Hijos, SL. Hágase entrega a las mismas, frente a las que se ha ampliado la demanda, de copia de ésta y del resto de documentos, advirtiendo a las partes de lo dispuesto en los arts. 82.2 y 83 de la LJS. Hágase saber a la parte actora que Finca Campoelena, SL, figura ya como parte demandada en la demanda inicial, teniéndose en cuenta la ampliación por los periodos comprendidos que se recogen en el apartado 30 del referido escrito. Conforme a lo ordenado se señala el acto de juicio para el día 15/02/2022, a las 10:10 horas, que tendrá lugar en la Sala de Vistas n.º 2. Para la citación al acto de juicio de José Rubio Valera, Antonio Caballero Palazón y José García Milla, dado que la parte actora desconoce sus domicilios, efectúese averiguación domiciliaria integral respecto a los mismos, a través de la aplicación del PNJ. Sirva esta resolución de cédula de citación a las partes, con los mismos apercibimientos y advertencias que en la resolución inicial. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. La Letrada de la Administración de Justicia. Y para que sirva de notificación en legal forma a, Francisco Javier García Molina, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General De La Seguridad Social, Finca Campoelena, S.L., Agro Alaga IV, SL, Agrícola J. González y Otros, SL, Aceniche Agrícola S.L., Agrícola Casa Pepa, SL, Frutyfoods, S.L., Samafru, SA, Import Export Candaya Frutas, S.L., Antonio Carrillo e Hijos S.A., José Rubio Valera, Agroalimentaria 89, SA, Pagna, S.A., Agrícola Gómez González SL, Frutas Torero, S.A., Carrillo Agrícola, S.L., Frutas Ulea SL, José Poveda Jiménez, Explotación Agrícola del Mare Nostrum SL, Frutas Félix Gómez e Hijos SL, Antonio Caballero Palazón, José García Milla, Sarqui S.A., Abaranera de Verduras Topi, S.L., Ecología del Sureste SL, Opera Bona SA, Frutas Piccadilly S.L, Anaheather, SL, Fesaru SL, Exportaciones Blanca SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de Murcia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, 5 de febrero de 2021.—La Letrada de la Administración de Justicia. A-170221-999