III. Administración de Justicia De lo Mercantil número Dos de Murcia 325 Juicio verbal 370/2012. Equipo/usuario: AVG Modelo: N28040 N.I.G.: 30030 47 1 2012 0000737 JVB Juicio Verbal 370/2012 Sobre Otras Materias Demandante: Carmen Martínez García Procurador: José Diego Castillo Gómez Abogado: Noelia Muñoz Higuero D. Wayhome Promociones, S.L., Juan Villagordo Espinosa Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número Dos de Murcia, por el presente, En el presente procedimiento JVB 370/2012 seguido a instancia de Carmen Martínez García frente a Wayhome Promociones, S.L., Juan Villagordo Espinosa se ha dictado sentencia de fecha 19 de junio de 2013, cuyo fallo literal es el siguiente: Fallo: Estimar la demanda interpuesta por el procurador Sr. Castillo en nombre de Carmen Martínez García por la que se declara que Wayhome Promociones s.l adeuda a la actora la cantidad de 6000 € más los intereses de demora devengados y que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, se declara que Juan Villagordo Espinosa es responsable solidario frente alactor del pago de la deuda de Wayhome Promociones s.l por la cantidad de 6000 € más los intereses de demora devengados y que se devenguen hasta el completo pago de la deuda. Se condena solidariamente a Wayhome Promociones s.l y en tanto que deudora principal y Juan Villagordo Espinosa en tanto que Admón. responsable solidario y responsable individual a pagar a Carmen Martínez García la cantidad de 6.000 € junto con los intereses legales que se devenguen desde la interposición de esta demanda hasta el completo pago de la deuda. Condenar en costas a la parte demandada. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en un plazo de veinte días. Así por esta mi sentencia lo acuerdo mando y firmo. Y encontrándose dicho demandado, Wayhome Promociones, S.L., Juan Villagordo Espinosa, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo. Murcia, 26 de octubre de 2021.—El Letrado de la Administración de Justicia. La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes. A-270122-325