I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias 3791 Extracto de la Orden de 12 de julio de 2022, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias, por la que se convocan ayudas relativas a la sub.19.2 no programados, Gal Vega del Segura BDNS (Identif.): 638998 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/638998) Primero. Beneficiarios. a) Promotores públicos: proyectos ejecutados por personas de derecho público: Ayuntamientos, Mancomunidades, Entidades Locales Menores, Sociedades o Asociaciones de derecho privado formadas mayoritariamente por personas de derecho público o que disponen de la mayoría de derechos de los votos o de capacidad efectiva de decisión. - Entidades de derecho público de base asociativa privada (comunidades de regantes, consejos reguladores de las indicaciones de calidad, …) - Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial. b) Promotores privados: proyectos ejecutados por personas de derecho privado - Autónomos y personas físicas En el caso de autónomos, deberán acreditar su alta en el epígrafe correspondiente con anterioridad a la fecha establecida en la resolución de concesión para la finalización de las operaciones. - Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales, Fundaciones y Asociaciones, así como cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica. También podrán solicitar ayudas aquellas entidades que estén en fase de constitución, siempre y cuando adquieran la personalidad jurídica con anterioridad a la fecha establecida en la resolución de concesión para la finalización de las operaciones. - Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal, que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades que motivan la concesión de la subvención. En estos casos, los comuneros nombrarán un representante o apoderado único y en un documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas de la ayuda. - Los grupos de Acción Local, para proyectos específicos especificados en esta convocatoria. Segundo. Objeto. Convocar las ayudas LEADER, a la realización de operaciones, incluidas en la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022 para proyectos no programados en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo de la Vega del Segura. Tercero. Bases reguladoras. Orden de 29 de marzo de 2022, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas LEADER financiadas por la submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2022, para proyectos no programados. (BORM 2 de abril de 2022). Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima asciende a un importe de 1.041.273,65 €. El gasto se realizará con cargo a la partida presupuestaria 17.03.00.531A.770.29, proyecto 44389, Subproyecto 4438922192F correspondiente al 63% de la ayuda financiado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), (656.002,40 €), Subproyecto 4438922192C correspondiente al 37% de la ayuda financiado por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (CARM) por un importe de (385.271,25 €) y la línea FEADER: 08.03.01.02.1931.113.6B. Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación de la ayuda en el BORM y finaliza el 30 de noviembre de 2022. Murcia, 12 de julio de 2022.—El Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias, Antonio Luengo Zapata. A-150722-3791