I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes 6438 Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, por la que se dispone la publicación de la adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, y CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. e Imaginersgen, S.A., para la promoción y gestión del Carné Joven Europeo (EYCA). Con el fin de dar publicidad a la adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, y CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. e Imaginersgen, S.A., para la promoción y gestión del Carné Joven Europeo (EYCA), suscrita el 27 de octubre de 2022, y de conformidad con el Artículo 14 del Decreto 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional, Resuelvo: Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, y CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. e Imaginersgen, S.A., para la promoción y gestión del Carné Joven Europeo (EYCA), que se anexa a esta Resolución. Murcia, 16 de noviembre de 2022.—El Secretario General, Juan Antonio Lorca Sánchez. Adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, y Caixabank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. e Imaginersgen, S.A. para la promoción y gestión del Carné Joven Europeo (EYCA) En Murcia Reunidos: De una parte, D. Marcos Ortuño Soto, Excmo. Sr. Consejero de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, nombrado por Decreto del Presidente n.º 6/2022, de 8 de febrero (BORM n.º 3, de 8 de febrero de 2022), de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y en virtud de las funciones conferidas por el artículo 16.2 de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Facultado para este acto por acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha uno de julio de dos mil veintiuno. Por otra parte, CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. (en adelante, “CaixaBank Payments & Consumer”), con domicilio social en Madrid, Avda. Manoteras, 20, Edificio París (28050) y NIF A08980153, representada en este acto por D. David Griera Perramon, mayor de edad, en su calidad de apoderado de la misma, autorizado a tal efecto por escritura de poder otorgada ante el Notario de Barcelona D. Santiago M. Giménez Arbona, con fecha 13 de febrero de 2020, con el n.º de Apoderamiento 465, que manifiesta expresamente vigente y no revocada. Y por otra parte, Imaginersgen, S.A., con domicilio social en Barcelona, Calle de l’Estany 1-11 y NIF A61363339, representada en este acto por D. David Urbano Martín, mayor de edad, en su calidad de apoderado de la misma, autorizado a tal efecto por escritura de poder otorgada ante el Notario de Barcelona D. Salvador Farrés Ripoll, con fecha 13 de septiembre de 2019, con el n.º de Protocolo 2019/7699, que manifiesta expresamente vigente y no revocada. Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen capacidad para obligarse y suscribir la presente adenda de prórroga al convenio firmado y, a tal efecto, Exponen Primero.- Que con fecha 27 de octubre de 2021, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes, suscribió un Convenio de Colaboración con CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. e Imaginersgen, S.A., para la promoción y gestión del Carné Joven Europeo (EYCA). Segundo.- Que la cláusula decimotercera del citado convenio establecía una vigencia inicial de un año desde la fecha de su firma, hasta el 27 de octubre de 2022, prorrogable por acuerdo unánime de las partes, por un periodo de hasta cuatro años adicionales, siempre que no se hubiera manifestado por escrito por alguna de las partes su voluntad de no prorrogar el convenio, en el plazo mínimo de tres meses antes de terminar su duración final. Tercero.- Que ninguna de las partes ha manifestado por escrito dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, su voluntad de no prorrogar el convenio. Cuarto.- Que de conformidad con lo expuesto, manifestando las partes su voluntad de formalización de la presente adenda de prorroga al convenio, que se regirá con arreglo a las siguientes Cláusulas Primera. Prórroga del convenio Las partes firmantes acuerdan prorrogar el Convenio de Colaboración suscrito con fecha 27 de octubre de 2021, entre la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a través de la Consejería de Presidencia, Turismo y Deportes, y Caixabank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U. e Imaginersgen, S.A., para la promoción y gestión del Carné Joven Europeo (EYCA), por un periodo de dos años comprendido entre el 28 de octubre de 2022 y el 28 de octubre de 2024. Segunda. Subsistencia del resto del convenio. En todo lo no estipulado expresamente en la presente prórroga se estará a lo establecido en el Convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable. Tercera. Registro. La presente prórroga del Convenio deberá inscribirse en el Registro General de Convenios previsto en el capítulo primero del Decreto Regional n.º 56/1996, de 24 de julio, por el que se regula el Registro General de Convenios y se dictan normas para la tramitación de éstos en el ámbito de la Administración Regional de Murcia. Y en prueba de conformidad con el contenido de este documento, que los comparecientes aceptan en el respectivo interés con que actúan, firman la presente adenda de prórroga, en el lugar y en la fecha de la firma electrónica. Por la Consejería de Presidencia, Turismo, Cultura y Deportes, Marcos Ortuño Soto.—Por Imaginersgen, S.A., David Urbano Martín.—Por CaixaBank Payments & Consumer, E.F.C., E.P., S.A.U., David Griera Perramon. A-131222-6438