III. Administración de Justicia Tribunal Superior de Justicia de Murcia Secretaría de Gobierno 68 Nombramiento de don Juan Francisco Ortiz Dólera como Juez de Paz Sustituto de Villanueva del Río Segura. Ilmo. Sr. Don Javier Luis Parra García, Secretario de Gobierno, el Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Certifico: Que la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en sesión celebrada el 22/11/2022, ha adoptado el siguiente acuerdo: Exp. Per. 23-2022.-Comunicación del Ilmo. Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura y Certificación del Secretario del expresado Ayuntamiento, de fecha 25.10.2022, del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura en sesión celebrada el día 28.09.2022, por el que, se propone a D. Juan Francisco Ortiz Dólera como Juez de Paz Sustituto para la expresada localidad. Dación de cuenta y decisión. La Sala de Gobierno, una vez comprobado que la propuesta reúne las condiciones y requisitos de capacidad y elegibilidad establecidos en el reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprueba la propuesta efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Rio Segura y acuerda efectuar los siguientes nombramientos. Juzgado de Paz de Villanueva del Río Segura Juez de Paz Sustituto: D. Juan Francisco Ortiz Dólera Advertir al nombrado que deberá tomar posesión del cargo en el Juzgado de Paz de Villanueva del Río Segura dentro de los tres días siguientes a la prestación del juramento o promesa, si procediere, y, en todo caso, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de la publicación de su nombramiento en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”; el juramento o promesa previos, si procediere, deberá prestarlo ante el Sr. Juez Decano de los Juzgados de Cieza; y si se negase a prestar juramento o promesa, cuando proceda o dejara de tomar posesión sin junta causa, se entenderá que renuncia al cargo (artículos 20 y 21 del Reglamento de los “Jueces de Paz”. Remítase certificación del presente acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Río Segura, Juzgado Decano de Cieza, Juzgado de Paz, interesado, Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, para conocimiento y demás efectos consiguientes y al Boletín Oficial de la Región de Murcia para su publicación. Llévese igual certificación al expediente personal de su referencia. Contra el presente acuerdo caben los recursos que se contienen en el artículo 12 del Reglamento 3/1995, de 7 junio, de los Jueces de Paz. Y para que conste extiendo el presente en Murcia, a 30 de noviembre del 2022.—El Secretario de Gobierno, Javier Luis Parra. A-050123-68