IV. Administración Local Jumilla 6950 Convocatoria y bases reguladoras del proceso de selección como funcionario de carrera, a través del sistema de concurso oposición, modalidad promoción interna, de dos plazas vacantes de Chófer, incluidas en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla. Por Resolución de Alcaldía nº 3982 de 22 de Noviembre de 2023 se aprobaron las bases específicas reguladoras y la convocatoria para la cobertura, por el sistema de concurso-oposición, modalidad promoción interna, de dos plazas de chofer. Bases reguladoras del proceso de selección como funcionario de carrera, a través del sistema de concurso oposición, modalidad promoción interna, de dos plazas vacantes de Chófer, incluidas en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla Bases 1.- Objeto Las presentes bases tienen por objeto regir la convocatoria de las pruebas selectivas para la cobertura en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición, modalidad promoción interna, de dos plazas de chofer, funcionarios de carrera, pertenecientes a la Administración especial, vacantes en la plantilla del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, incluidas en la oferta de empleo público de 2023, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 139 de 19 de junio del 2023 Estas plazas tienen las siguientes características: Escala: Administración Especial. Subescala: Servicios especiales. Clase: Personal de oficios. Grupo: C. Subgrupo: C2. Denominación: Chófer. 2.- Publicaciones Las presentes bases y convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Un extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado, siendo la fecha de este anuncio la que servirá para el cómputo del plazo de presentación de instancias. Las bases y el anuncio de la convocatoria, además, se publicarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla: https://jumilla.sedipualba.es. El resto de publicaciones a que hagan referencia las presentes bases, referidas a la composición Tribunal, relación de aspirantes admitidos y excluidos, fechas de celebración de ejercicios, anuncios de celebración de los mismos y en general todas las relativas al desarrollo del proceso selectivo, se publicarán en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento. 3.- Requisitos de los aspirantes Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes han de reunir, a la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes, debiendo mantenerlos durante todo el proceso selectivo, los requisitos a que se refiere la base cuarta de las “Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Jumilla para la selección de personal funcionario por promoción interna”, publicadas en el BORM n.º 70 de 25 de marzo de 2020 (Bases Generales). De conformidad con lo dispuesto en dicha base cuarta, apartado 1,c), se establece, como requisito académico de acceso, estar en posesión de título de educación secundaria obligatoria (ESO) o titulación equivalente. De conformidad con lo dispuesto en dicha base cuarta, apartado 1, e), se establece, como requisito específico de acceso, la necesidad de que los solicitantes dispongan de permiso de conducir tipo B. 4.- Presentación de instancias Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo deberán ajustarse al modelo oficial disponible en las oficinas de registro e información al ciudadano del Ayuntamiento de Jumilla y en la sede electrónica. En las mismas los/las aspirantes deberán declarar, bajo su propia responsabilidad, que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base tercera anterior, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las instancias se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Jumilla. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, en la sede electrónica o a través de los lugares habilitados de conformidad con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y dentro del plazo de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, debiendo acompañar a la instancia los siguientes documentos 1. Copia simple del título de educación secundaria obligatoria (ESO) o titulación equivalente. 2.- Modelo de autobaremación (disponible en la sede electrónica) mediante el que se alegarán los méritos que los interesados quieran hacer valer. De no disponer de méritos la misma habrá de presentarse sin rellenar. No serán valorados aquellos méritos no invocados en plazo. La documentación referida al cumplimiento de los requisitos y la justificativa de los méritos alegados, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. 3.- Copia simple del permiso de conducir tipo B. 3.- Justificante que acredite el abono íntegro de la tasa por derechos de exámenes, en su caso, justificantes de las bonificaciones o exenciones establecidas en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la expedición de documentos y tramitación de expedientes administrativos del Ayuntamiento de Jumilla, las cuales se acreditaran conforme a la misma. Concretamente, se recogen las siguientes: Se establece una cuota especial 0 en esta tasa a las personas con discapacidad igual o superior al 33% y a las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo de al menos de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. A los miembros de familias numerosas se aplicaran las siguientes bonificaciones, para lo que se deberá aportar el titulo actualizado: Miembros de familias numerosas de categoría general: 50% Miembros de familias numerosas de categoría especial: 100% 5.- Lista de aspirantes admitidos y excluidos Se regirán por lo dispuesto en la base sexta de las Bases Generales, no obstante, las publicaciones a las que dicha base sexta se refiere se realizarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla. 6.- Tribunal Calificador Se regirán por lo dispuesto en la base séptima de las Bases Generales, no obstante, las publicaciones a las que dicha base séptima se refiere se realizarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla. 7.- Proceso Selectivo El proceso selectivo se realizará mediante concurso-oposición y se regirá por lo dispuesto en las presentes bases específicas y en la base octava de las Bases Generales. No obstante, las publicaciones a las que dicha base octava se refiere se realizarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla. 8.- Fases del proceso selectivo A. FASE DE CONCURSO (máximo 40 puntos) La fase de concurso, que representará un 40% de la nota total, precederá a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición. Se realizará, en primera instancia, con la puntuación que resulte de la autobaremación presentada. Se regirá por lo dispuesto en las bases octavas y novena de las Bases Generales, no obstante, las publicaciones a las que dicha base octava se refiere se realizarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla. Una vez superada la fase de oposición, el tribunal requerirá a los participantes que hubieran aprobado, en llamamiento único a través del Tablón de la Sede Electrónica, para que presenten la documentación acreditativa de los méritos autobaremados, a efectos de realizar la baremación definitiva. La documentación justificativa de los méritos alegados deberá referirse, como mucho, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. No se tendrán en cuenta, en ningún caso, méritos no incluidos en la autobaremación ni aquellos obtenidos por los aspirantes con posterioridad al plazo de presentación de solicitudes de participación. De acuerdo con la base novena de las Bases Generales, una vez publicada la calificación definitiva del Concurso en el tablón de la Sede Electrónica, los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso, para hacer alegaciones. B. FASE DE OPOSICIÓN (60%) La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios obligatorios que se indican a continuación y que serán eliminatorios. Para superar el primer ejercicio se deberá obtener al menos la mitad de la puntuación máxima y para la superación del segundo ejercicio se deberá obtener, en cada uno de los supuestos, la mitad de la puntuación otorgada por los miembros del Tribunal a cada uno de ellos. Primer ejercicio (máximo 30 puntos). Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 20 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, debiendo señalar solo una de las opciones. En caso de señalar más de una opción se considerará como respuesta en blanco. Las preguntas estarán relacionadas con el temario que figura como Anexo a estas Bases. El tiempo máximo de duración del ejercicio será de 50 minutos. Segundo ejercicio (máximo 30 puntos). Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos, con una duración máxima total de 60 minutos. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas la calificación máxima y mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes. 9. Calificación definitiva del proceso Se regirán por lo dispuesto en la base novena de las Bases Generales, no obstante, las publicaciones a las que dicha base novena se refiere se realizarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla. 10.- Lista de aprobados, presentación de documentación y nombramiento Se estará a lo dispuesto en las bases décima, undécima y decimotercera de las Bases Generales, no obstante, las publicaciones a las que dicha base décima se refiere se realizarán en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jumilla. 11.- Normativa aplicable A demás de por las normas del Estado que resultan del aplicación a los procesos de selección del personal funcionario al servicio de las Entidades Locales, en lo no dispuesto en las presentes bases específicas, el procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto en las “Bases generales por las que se regirán los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Jumilla para la selección de personal funcionario por promoción interna”, publicadas en el BORM n.º 70, de 25 de marzo de 2020. 12.- Protección de datos personales en la gestión del procedimiento selectivo El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo según lo establecido en la legislación vigente y, en particular, en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 94/46/CE. 13.- Incidencias y recursos El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las presentes Bases, y siempre que no se oponga a las mismas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. Contra estas bases cabe interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde dicha publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los arts. 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer el contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, no pudiendo simultanearse ambos recursos. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen procedente. ANEXO TEMARIO 1. Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: Normas de comportamiento en la circulación. Régimen sancionador. 2. Término municipal de Jumilla. Callejero- Vías urbanas e Inter- urbanas. 3. Inspección técnica de vehículos: Inspecciones periódicas, resultado de las inspecciones. Dotación de los vehículos: placas, señales, distintivos en los vehículos, accesorios, repuestos y herramientas que deben llevar los vehículos a motor. 4. Seguridad Vial (1).- Seguridad en los vehículos: elementos de seguridad en los vehículos. La seguridad activa. La seguridad pasiva. La distancia de frenado, concepto y elementos del vehículo que influyen en ella. La observación, la anticipación. Factores que influyen en las aptitudes del conductor: la fatiga, el sueño, el estrés, el tabaco, el alcohol, medicamentos, estupefacientes y sustancias psicotrópicas. 5. Seguridad Vial (2). Seguridad en la vía. Peligros concretos en curvas e intersecciones. Obstáculos en la calzada. Conducción nocturna. Conducción en condiciones climatológicas y ambientales adversas. La distancia en el frenado, elementos de la vía que influyen en ella. 6. Seguridad Vial (3). El exceso de velocidad: riesgo para la conducción. Las Limitaciones legales de velocidad. La adecuación de la velocidad a las circunstancias del tráfico. Travesías. El respeto a los viandantes y a otros usuarios de la vía pública (Ciclistas, transportistas, etc.) 7. El consumo de combustible: La resistencia al aire. Conducción suave y ligada. El consumo en la conducción urbana e interurbana. Mantenimiento adecuado del vehículo. Influencia en los automóviles en el deterioro del medio ambiente. Elementos contaminantes. Los catalizadores. Medidas a adoptar para evitar la contaminación 8. Limpieza viaria: Tratamientos rutinarios: barrido y baldeo de calles. Baldeo mecánico y baldeo mixto.- Cisterna de riego y baldeo: descripción y elementos. Barrido mecánico: Aplicación. Tipos de barredoras: descripción y elementos. Criterios de elección. Sistemas de barrido. Organización, medios y clases. Barrido mixto. 9. El personal al servicio de las Entidades Locales: Clases y régimen jurídico. Derechos y deberes. El acceso a los empleos locales: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. 10. Legislación en materia de prevención de riesgos laborales: Derechos y deberes, obligaciones de los empleados. Riesgos específicos en las tareas de conducción. Medidas ergonómicas. En Jumilla, 22 de noviembre de 2023.—La Alcaldesa, Severa González López. A-041223-6950